MANUAL PARA REGISTRO DE JUNTA VECINAL COMUNAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LOS DISTRITOS DE LA PROV. MARISCAL LUZURIAGA
Fundado el 02.11.2007
Inscrita en SUNARP - Partida N° 12456899 Asiento A0001
MANUAL
PARA CONSTITUIR UNA JUNTA VECINAL COMUNAL Y DE SEGURIDAD CIUDADANA DISTRITAL EN
LA PROVINCIA MARISCAL LUZURIAGA ANCASH
PRESENTACIÓN
Cumpliendo con los fines y
objetivos de la Federación de Instituciones de Desarrollo de la Provincia
Mariscal Luzuriaga de la Región Ancash, fijados en la gestión 2021- 2023, se elabora
y reglamenta el procedimiento que deben seguir los ciudadanos de los 8
distritos, a fin de que se organicen y puedan participar en la toma de
decisiones de obras básicas para su jurisdicción, en coordinación con la Municipalidad
Distrital o Provincial.
Las comunidades de los
distritos de la Provincia Mariscal Luzuriaga, como ciudadanos y ciudadanas,
amparados en sus derechos constitucionales,
a obtener una mejor calidad de vida en lo social, económico, seguridad y
justicia, deben estar organizados en Juntas Vecinales Comunales y de Seguridad
Ciudadana.
Basta ya, de improvisaciones
de las gestiones ediles y trabajemos unidos para priorizar las obras básicas e
importantes que necesita la población para mejorar su calidad de vida.
ÁMBITO LEGAL
1.
Constitución Política del PERU
2.
Código Civil – Tributario
3.
Ley de Municipalidades del Perú
4.
Ley de Seguridad Ciudadana y de la Policía
Nacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.-
- Concertar y
proponer las prioridades de gasto e inversión pública/privada, dentro del
distrito (centros poblado/anexos, etc.
- Proponer y
solicitar se cumpla las políticas
de salubridad, forestación, capacitación técnica con recursos propios y/o apoyo del
gobierno provincial, regional o nacional.
- Apoyar la
seguridad ciudadana por ejecutarse en el distrito.
- Apoyar y evaluar
el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la
ejecución de obras municipales.
- Fomentar la
organización de los torneos y competencias vecinales y escolares del
distrito en el ámbito deportivo y en el cultural.
- Fiscalizar la
ejecución de los planes de desarrollo municipal.
- Representar a
todas las organizaciones sociales, comunales, agrarias, etc.
- Gestionar ayuda económica
ante las entidades estatales, privadas y organizaciones internacionales,
para el desarrollo social y económico del distrito.
- Realizar con apoyo
profesional, los debates de los candidatos.
- Participar en la
discusión del Presupuesto Participativo
- Solicitar la realización de cabildos abiertos en aras de la transparencia.
- Denunciar y coordinar con la defensoría del Pueblo, la Policía Nacional, la Fiscalía, el poder judicial, Controlaría, Congreso de la República, etc., a fin de defender los derechos constitucionales de los vecinos empadronados o no.
- Ser representantes
de los comités de parques, jardines, etc.
- Las demás que le
delegue la municipalidad distrital.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Convocar a una reunión vecinal de todos los sectores del distrito, mediante esquelas y con una anticipación de 7 días. El que suscribe debe indicar sus apellidos, nombres, DNI, Celular, la fecha, la hora y el lugar donde se realizara la reunión vecinal.
2. En dicha reunión, deben asistir vecinos de los
distintos sectores y deben sumar mínimo 10 pobladores.
3. Redacción del Acta de fundación, con 5 miembros
directivos: El Presidente, El Vicepresidente, El secretario de Actas y
Archivos, el Tesorero y el Vocal. Este documento debe estar firmado por el
nuevo consejo directivo y los asistentes.
4.
Redacción y aprobación del estatuto en la
asamblea de la fundación. Deben firmarlo todos los asistentes.
5. Redactar la carta solicitud, dirigida al
alcalde, presentando el acta de fundación, el estatuto, el libro de actas vacío,
copias de DNI del consejo directivo, pidiendo el reconocimiento y registro en
EL R.O.S. de la Municipalidad.
6. Posteriormente deben darle al consejo directivo
de la JUNTA VECINAL, una resolución de alcaldía, que lo acredite como organización
de la sociedad civil.
7.
En la primera hoja del libro de actas, debe ir
la legalización municipal.
8.
Para estos casos de registro de Junta Vecinal
Comunal, no se necesita la legalización
del juez de paz, ni notarial ni inscripción a registros públicos. Asi lo manda
la Ley de Municipalidades.
ASESORÍA DE FEDILUZ
La
institución a través de la Presidencia, les hará llegar los modelos, para que
solo adecuen los datos que sean necesarios para su jurisdicción distrital.
Igualmente,
los modelos de la legalización municipal que va insertada en la primera hoja
del libro de actas, así como de las resoluciones que emite la municipalidad
para el registro y reconocimiento de la Junta Vecinal.
Lima,
15 de enero del 2022
JUSTO PONTE CRUZ - PRESIDENTE
CELULARES
944491989 – 997746637 – 983971392
CORREO
fediluz2009@yahoo.es
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