GESTION DE JUSTO PONTE CRUZ EN EL CLUB PISCOBAMBA
GESTIÓN DE JUSTO PONTE CRUZ EN EL CLUB PISCOBAMBA COMO
SECRETARIO DE ACTAS Y ARCHIVOS. 2016- 2018
PRESIDENTE - PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE
PRESENTACIÓN
Estimados(as)
asociados(as):
Antes
de iniciar este informe memoria bianual de mi gestión, periodo del 5 de junio
de 2016 al 04 de junio 2018, deseo transmitirle a nombre mío y de mi Consejo
Directivo, el agradecimiento por confiar en mi persona. Asimismo, agradecer a
mis padres EPIFANIO OCAÑA VIA y MARIA VALVERDE MORA, por haberme formado en
valores, para no robar ni mentir. Igualmente agradecer a los 92 asociados que
apostaron por nosotros y apoyaron en el conducir de esta gestión.
Mi
mayor fortaleza en el año de las bodas de oro de nuestro Club y para lograr los
trabajos en estos dos años de dura tarea. ha sido la lealtad, la perseverancia y el
trabajo en equipo de mi Consejo Directivo, a quienes les doy mi sincero
agradecimiento y reconocimiento público. Desde el inicio de nuestra gestión
pareciera que no he sido del agrado de algunos socios, quienes nos dieron la
espalda en las principales actividades realizadas.
Recordarles que los hombres
pasamos y todos nos debemos al Club Piscobamba sin importar quien esté en el
consejo directivo de turno. -
Uno
de los principales logros conseguidos, luego de más de 50 años de vida
institucional es la confección y aprobación del nuevo ESTATUTO,
herramienta legal y guía importante para seguir mejorando como institución y
socio(a). Otra obra de beneficio para el Club es el techo parabólico valorizado
en S/.51, 500 soles, que dará protección y sombra al patio del primer piso,
beneficiando a los socios y clientes que hacen sus actividades sociales. -
Como
todo ser humano, estamos susceptibles a cometer errores, pero creo que las
buenas tareas lo han superado en creces. En las páginas siguientes les daré la
información detallada de las principales tareas realizadas, siempre pensando en
la mejora del Club.
Lima,
4 de junio de
2018.
PABLO
R. OCAÑA
VALVERDE.
INICIO
Y TERMINO DE LA GESTIÓN
El
Consejo Directivo anterior nos entrega los cargos después de la juramentación
de nuestro consejo y asumimos la responsabilidad un 8 de junio de 2016.
Nosotros entregamos al nuevo Consejo Directivo la transferencia un sábado 2 de junio
de 2018 en clara muestra de transparencia y siempre con el ánimo de colaborar
en la gestión de ellos. -
VISIÓN Y MISIÓN:
Recomendamos
por el bienestar de la Institución, que los modelos de gestión sean uniformes y
logremos en el futuro con la participación de los socios, confeccionar y
aprobar un ÚNICO SISTEMA DE GESTIÓN para que sea guía de lo que
deseamos en el futuro para el Club. El propósito de este documento, es que sea una herramienta
de hoja de ruta para todas las gestiones venideras. Actualmente estamos
ubicados en una zona comercial y estratégica para seguir creciendo. Debemos
estar preparados en manejo gerencial e institucional los directivos, para asumir los nuevos
retos y desafíos que exige la competitividad, la modernidad y el mundo
globalizado. Asimismo reiterar la necesidad que el propósito principal de nuestro Club, sea de promover y afianzar la unidad y solidaridad de la familia
piscobambina, dándole los espacios de esparcimiento y servicios que todos nos
merecemos.
CONSEJO DIRECTIVO - 2016- 2018 - Acorde con el nuevo estatuto.
Presidente Pablo
Rómulo Ocaña Valverde
Vicepresidente Hermenegildo
Trujillo Agüero
Secretario
de Actas y
Archivo Justo
Ponte Cruz
Sub
Secretario de Actas y
Archivo Jorge
Campomanes Apolinario
Secretario
de
Economía Mesías
David Alzamora Manrique
Sub-secretario
de
Economía Eloy
Antonio Egusquiza Valverde
Fiscal Emiliano
Pedro Vargas López
Secretario
de Cultura y
Turismo Luis
A. Limas Matta
Secretario
de Relaciones
Institucionales Feliciano
Apolinario Espíritu
Secretario
de Prensa e Imagen Institucional Oswaldo Cárdenas Apestegui
Secretario
de Asistencia
Social Octavia
Vidal de Blas
Secretario
de Deportes y
Juventudes Luis
Edgardo Valverde Manrique
Vocal Emiliano
Pastor Neyra.
COMO
RECIBIMOS EL CARGO
a) LA ECONOMÍA. -
Caja
Bancos al 31 de mayo
2016 S/.
21,916.84
Gastos
originados del 1 al 5 de junio
2016 S/. 4,131.10
Saldo
de Caja al 6 de junio de
2016 S/.17.785.74
SE
COMPONE O SE DISTRIBUYE EN:
A) Saldo
dejado de la directiva de Abraham
Lostaunau S/.
10,839.66
B) Saldo
positivo dejado por Horacio La
Torre S/. 6,946.08
Saldo
de Caja al 6 de junio de
2016 S/. 17,785.74
En
su informe contable, la gestión anterior indica como activo corriente el
concepto de cuentas por cobrar diversas y que corresponde a S/.4,000 soles que
estuvo de garantía en poder de la Asociación de Musga, por el campeonato inter
anexos y que fuera devuelta recién el año pasado.
Asimismo,
según el balance económico de la gestión anterior, informan que, al 31 de mayo
de 2016, el total de ingresos fue de S/. 237,635.60 y en cuanto al total de
egreso fue el importe de S/. 226,558.42 más los gastos del 1 de junio al
5 de junio 2016 de S/. 4,131.10 suman un total de egresos de S/. 230,689.52. -
En
conclusión, si restamos el ingreso menos el egreso, la utilidad real generada
por la gestión anterior (MANUEL HORACIO LA TORRE NEYRA) fue de S/. 6,946.08.
No
nos gustan las comparaciones, pero es necesario escribirlo para aclarar y sacar
sus propias conclusiones.
La
única obra visible y de utilidad fue el tanque cisterna subterráneo y su moto bomba que equivale a S/.10, 029.30. El resto de los gastos está distribuido
en un aporte de S/. 18,252.00 dado a la comisión de ex Presidentes, dirigida
por Paulino Julca, para la celebración de las bodas de oro del Club, pago
al abogado asesor de S/. 9,498.82, trámites documentarios y otros propios del
mantenimiento de nuestro Local.
b) ACTIVIDADES
OFICIALES DEL CLUB
En
el mes de junio 2016, la gestión de HORACIO LA
TORRE, nos dejaron sin programa y sin prioste para realizar las actividades de
San Pedro y San Pablo, así como de la Virgen de las Mercedes. Asumimos
estas responsabilidades con éxito en el 2016 y 2017 sin pensar en generar
utilidades, solo con el propósito de cumplir con la programación obligatoria de
las actividades oficiales del Club y por mantener latente nuestras costumbres y
tradiciones religiosas. - Así lo establece también el estatuto.
c) DECLARATORIA
DE FABRICA
Se
continuó la gestión iniciada en tres directivas anteriores. Logrando
culminarlo con éxito en nuestra gestión. Gracias también al apoyo del ex
presidente Horacio La Torre.
Pag.3
d) ASUNTOS
LEGALES
Nos
dejó la gestión anterior (HORACIO LA TORRE – ex PRESIDENTE) el proceso judicial
contra el inquilino precario AMANCIO NORABUENA ZACARIAS y que luego
de más de dos años parece que en Julio o agosto 2018, saldrá la sentencia en
primera instancia su desalojo. Tuvimos dos denuncias ante la fiscalía con
supuestas denuncias falsas de este señor Norabuena. El gasto pagado
por honorarios al abogado en nuestra gestión fue de S/. 2,485.00
Asimismo,
nos dejaron la imposición de multa de SUNAFIL- Ministerio de Trabajo por
supuestas omisiones y derechos laborales equivalente a S/. 127,000.00. -
DETALLE
DE LOS TRABAJOS Y LOGROS CONSEGUIDOS:
INDICE.
1. PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL DE GESTIÓN
2. MANUAL
Y GUÍA DE ARCHIVOS DOCUMENTARIOS DEL CLUB
3. DIGITALIZACION
EN LA PC DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS SOCIOS
4. DIGITALIZACION
EN LA PC DE LAS COTIZACIONES Y DONACIONES
5. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL NUEVO ESTATUTO
6. ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO DEL ESTATUTO
7. ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE USO DE LOS SALONES DE RECEPCIONES
8. REGISTRO
DE NUESTRO CLUB EN LA GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL DE LA MUNICIPALIDAD DE
LOS OLIVOS,
9. REINVIDICACION
DEL VERDADERO NOMBRE DEL PARQUE DE CAJAMARCA A MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y
MEJIA,
10. MINISTERIO
TRABAJO - MULTA DE 127,000
11. DECLARATORIA
DE FABRICA
12. PROCESO
JUDICIAL DE DESALOJO DEL INQUILINO PRECARIO
13. ENCHAPADO
CON CERAMICO DEL FRONTIS DEL CLUB
14. PROYECTOS
SANEAMIENTO CIUDAD DE PISCOBAMBA
15. CARRETERA
LONGITUDINAL DE CONCHUCOS
16. GESTION
ANTE EL MINISTERIO DEL INTERIOR- PROSTITUCIÓN
17. REGISTRO
DIARIO DE VISITANTES AL CLUB
18. COMPRA
DE VENTILADORES PARA EL SEGUNDO PISO
19. CAMBIO
NUMERACION DEL CLUB
20. CHIMAYCHE
21. ACTIVIDAD
CULTURAL POR PRESENTACION DE REVISTA BODAS DE ORO DEL CLUB Y NATALICIO DE
MARISCAL LUZURIAGA
22. PUBLICACIÓN DE SALUDOS DE ONOMÁSTICOS
23. PINTADO
DE TODO EL LOCAL INTERNO DEL CLUB
24. CUMPLIMIENTO
DE TODAS LAS ACTIVIDADES OFICIALES DEL CLUB
25. TECHO PARABÓLICO PARA EL PRIMER PISO
26. SOCIOS
VITALICIOS
DESARROLLO
DEL INDICE DE LOGROS Y TRABAJOS REALIZADOS
1-PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL. -
Al
iniciar nuestra gestión, nos reunimos todo el Consejo Directivo y comenzamos a debatir
y aportar con una lluvia de ideas, que el Secretario de Actas y
archivos anotó para preparar e insertarlo en el instrumento de guía de gestión
de los dos años y que nos serviría de hoja de ruta para realizar las
actividades a desarrollar.
Era
necesario que todos tengamos un concepto claro y objetivo de como teníamos que buscar
las mejoras que la institución necesitaba. La planificación es un primer paso
importante para ello. No era nada fácil debido a que éramos un grupo
heterogéneo de personas con distintas experiencias y teníamos que
concatenar pensamientos para lograr el consolidado. El Presidente en su campaña
electoral consideró como plan de trabajo principal el techado del tercer piso
cuyo valor en ese entonces a todo costo equivalía a S/. 60,000 aproximadamente.
Posteriormente por recomendación técnica de dos profesionales, era inviable
cumplir con esta promesa; el cual fue informado en Asamblea de Socios del mes
de diciembre de 2017.-
2-MANUAL
DE ARCHIVOS DOCUMENTARIOS DEL CLUB
El
Sistema de Archivos es la piedra angular de la actuación administrativa de la
institución y que se conserva históricamente y cronológicamente para la toma de
decisiones, apoyo en la tramitación y una mejor eficiencia en el cumplimiento
de las funciones y objetivos del Estatuto, su Reglamento y acuerdos de Asamblea
General de socios.
Al
empezar la gestión de nuestro Consejo Directivo, existían solo cuatro
archivadores de palanca donde contenía todos los ítems y encontramos diferentes
documentos sueltos en folders. En tal sentido para darle más dinamismo a la
ubicación inmediata de los documentos hemos dejado al consejo directivo
siguiente este importante manual y ordenado la documentación en ítems
importantes que se maneja habitualmente:
1. DOCUMENTOS
RECIBIDOS
2. DOCUMENTOS
ENVIADOS
3. SUNARP
/REGISTROS PÚBLICOS- Notarias.
4. SUNAT
5. SOCIOS
NUEVOS /VITALICIOS NUEVOS
6. CULTURA-
Proyectos – Programas y oficios - Secretaria Cultura
7. ESTATUTOS
– Reglamento del estatuto y de uso de los salones
8. CONTRATOS
– Suscritos con terceros.
9. MUNICIPALIDAD
DE LOS OLIVOS
10. INDECI
–Defensa Civil.
11. DECLARATORIA
DE FABRICA
12. PODER
JUDICIAL- Expedientes de Juicios -Poder Judicial- Fiscalía- Policial – Laboral
13. PROGRAMAS
EVENTOS- MODELOS
14. COMITÉ
ELECTORAL
15. APORTES
ADMINISTRATIVOS- Reportes de registro histórico de los socios.
16. PRESUPUESTOS
– PLAN DE INVERSIONES
17. TESORERIA
-Documentación de ingresos y egresos – sec. De economía
18. SECRETARIA
DE DEPORTES
19. PROCESOS
ADMINISTRATIVOS- FISCAL-TRIBUNAL DE HONOR
Hay
que buscar un espacio con anaqueles para el archivo histórico de toda la
documentación y libros de todas las gestiones. -
Se
espera en el futuro la digitalización de todos los documentos importante del
club.
3-DIGITALIZACION
EN LA PC DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS SOCIOS
De
los tres libros padrones legalizados que contamos hemos dejado registrado en el
programa Excel, toda la información relacionada al socio, como apellidos y
nombres, el número de libro donde figura su registro, el número de socio
asignado, DNI, número de teléfono fijo, celular, procedencia de nacimiento,
fecha de nacimiento, fecha de afiliación, dirección domiciliaria, si es socio
hábil, si tiene registro en Facebook. -
Se
espera en el futuro contar con software para registrar la actividad
histórica de cada socio(a).
4.-DIGITALIZACION
EN LA PC DE LAS COTIZACIONES Y DONACIONES
De
la información que maneja manualmente el Secretario de Economía, el Secretario
de Actas y Archivos, de la información encontrada ha digitalizado en hoja Excel
el registro histórico de aportaciones administrativas por cada socio, desde el
año 1998 hasta el 2018. Ahora con el nuevo estatuto debemos llevar el control
de años de aportaciones, así como también para la verificación de los
requisitos que establece el estatuto para ser candidato a la Presidencia,
Fiscal, Sec. De Economía y el de Actas y Archivos, así como socios
vitalicios. De igual manera en el Excel se cuenta con el registro de todos
los socios que contribuyeron con sus donaciones a la compra del terreno,
contribuciones a Piscobamba y el mejoramiento de nuestro local. -
Se
espera en el futuro contar con software para registrar la actividad histórica
de cada socio(a).
5.-
NUEVO ESTATUTO
En
el plan estratégico de gestión se planificó la confección y aprobación de un
nuevo estatuto para la institución. Para ello el Consejo Directivo acuerda en
su asamblea nombrar una comisión de redacción, integrada por (5) cinco
directivos (Pedro Vargas López, Justo Ponte Cruz, Jorge Campomanes Apolinario,
Emiliano Pastor y Mesías D. Alzamora M.)
Luego
la Asamblea General de Asociados, nombra una comisión revisora integrada por
(5) cinco socios (Julio O. Domínguez Jara, Miguel Neyra Rojas, Javier J. Neyra
Valverde y Amadeo León M.). Un 16 de Julio de 2017 en Asamblea Extraordinaria de
Socios con el quórum reglamentario en una fecha histórica y luego de más de 51
años se aprueba el nuevo estatuto de la Asociación.
El
Consejo Directivo, nombra la comisión revisora de la redacción gramatical integrado
por los señores Julio O. Domínguez Jara y Javier Justo Neyra Valverde y
actuando de Secretario el Sr. Justo Ponte Cruz. –
Posteriormente
se eleva a Registros Públicos y sale observado algunos artículos del estatuto
lo cual fue subsanado por un profesional en derecho.
Un
2 de marzo de 2018 se concreta su aprobación y registro de Sunarp.
6.-
REGLAMENTO DEL ESTATUTO. -
En
cumplimiento de lo establecido en el Art.91 del estatuto, donde fija que dentro
de los 60 días de su aprobación debe confeccionarse su reglamento y al no
fijarse en este documento los mecanismos de su redacción y aprobación, el
Consejo Directivo cumple con realizarlo y aprobarlo en su sesión del 10 de abril
de 2018. Esta insertado en el Libro de Actas del Consejo Directivo folios 309
al 314. Se publicó por las redes sociales, correo, vitrina del club y se hizo
entrega de un ejemplar al presidente del comité electoral.
7.-ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE USO DE SUS INSTALACIONES
Al
iniciar nuestra gestión se revisó el anterior donde solo otorgaban un 30% de
descuento a los socios. Tomamos la decisión de rebajar el costo de alquileres
para los socios – barrios y darles el beneficio del descuento del 50%. Para los
no clientes se elevó el primer piso a 1,800 soles y el segundo piso a 1,000 soles.
- También se registró normas y un manual de funciones del personal para la
operatividad de las actividades. -
8.-
REGISTRO DE NUESTRO CLUB EN LA GERENCIA DE PARTICIPACION VECINAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Por
vez primera, decidimos ser parte de las organizaciones vecinales del Distrito e
hicimos el trámite documentario para ser considerado como tal. Contamos ya con
la resolución municipal y cada nuevo consejo directivo deberá renovarlo. Es una
de las primeras acciones para buscar la exoneración del impuesto predial acorde
con la Ley de Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales. –
9.-
REINVIDICACION DEL VERDADERO NOMBRE DEL PARQUE QUE COLINDA CON NUESTRO CLUB –
DE CAJAMARCA A MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA
Esta
gestión, desde el inicio de su mandato, tramitó ante el Concejo de los Olivos,
la rectificación del nombre del parque que se encuentra a lado de nuestras
instalaciones. Se adjuntó la resolución de la Municipalidad de Lima (gracias al
trámite del finado RICARDO MURGA en el año 1980).
La
Gerencia de Catastro en el mes de Agosto del 2016, emitió un documento dando la
razón al Club Piscobamba, pero no se hizo efectivo en sus sistemas ni
tampoco retiraron el letrero de parque Cajamarca—En un martes del 31 de Octubre
de 2017 por decisión del CONSEJO MUNICIPAL, deciden aplicar el cambio en sus
sistemas y un 4 de mayo 2018 nuestro Consejo Directivo retira el letrero
antiguo y colocan uno nuevo con el nombre correcto de PARQUE
MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA, siendo los padrinos de este acto la
socia Lidia A. Cárdenas Apestegui y su esposo.-
10.-ANULACION
DE LA MULTA DE S/.127, 000 SOLES - IMPUESTA POR SUNAFIL (MINISTERIO DE TRABAJO)
Recibimos
este proceso laboral e inmediatamente hicimos la gestión ante las autoridades
de SUNAFIL, hablando primero en la gestión de Humala, con el ex Ministro Daniel
Maurate Romero, quien nos derivó ante un gerente de SUNAFIL. En el periodo del
presidente PPK con el abogado del Club se remitió sendos escritos solicitando
nulidad de la multa por carecer de sustento y falta a la verdad. No habíamos
cometido infracciones laborales porque no teníamos personal subordinado y que
la secretaria CARMEN ASENCIOS, era socia y directivo a la vez. Anteriormente
presentó su declaración jurada desmintiendo que era trabajadora del Club. En
el año 2017 SUNAFIL emite la resolución ministerial, ordenando su archivamiento y
anulación de la imposición de multa de 127,000 soles; y que fue realmente un
gran ahorro para la economía del club.-.
11.-DECLARATORIA
DE FÁBRICA
Este
importante documento que consolidad nuestra propiedad, fue iniciada en las tres
gestiones anteriores a la nuestra. Gracias al apoyo del ex presidente M.
Horacio la Torre, Arquitecto David Estrada, quien conjuntamente con el
presidente Pablo R. Ocaña, logran el registro y aprobación de Sunarp en el mes
de ENERO 2017. A nuestra gestión le costó cubrir un gasto de S/. 2,226.00.-.
12.- CONTINUAR CON EL PROCESO JUDICIAL DE DESALOJO DEL INQUILINO PRECARIO.
Durante
nuestra gestión este señor con argumentos falsos y expedientes de más de 500
folios ha estado entrampando el proceso a fin de dilatar su desalojo. Incluso
ha recusado a la jueza por supuesta parcialización con el demandante. Lo cual
es falso y se ha hecho acreedor a multas hasta en dos ocasiones. En este
año el club decide en contratar al Dr. Néstor Sifuentes Domínguez quien a
través de escritos y conversaciones con la jueza nos ha manifestado que en el
mes de Julio o agosto 2018 debe salir la sentencia de desalojo en primera
instancia.
Se
recomienda al nuevo Consejo Directivo, no renegociar su salida del club porque
es un tema judicializado.
13.-ENCHAPADO
CON CERÁMICO DEL FRONTIS DEL CLUB
Ante
el advenimiento de la fiesta patronal de San Pedro y San Pablo del año 2016,
decidimos con recursos propios la mejora de la fachada de la puerta principal
del primer piso con un cerámico presentable. -
14.-PROYECTOS
DE DESARROLLO DE PISCOBAMBA- SANEAMIENTO
Un
domingo por la mañana del mes de agosto 2017 en nuestras instalaciones,
exigimos al Alcalde que se priorice para la ciudad de piscobamba el proyecto de
contar con agua potable y su desagüe acorde con la modernidad actual. En diciembre
2017 presenta la Municipalidad Provincial el proyecto ante PROGRAMA DE PNSU-
PRESET DEL MINISTERIO DE VIVIENDA – SEDE HUARAZ.CODIGO SNIP 273767 HOJA DE
TRAMITE- Este proyecto fue observada y se regresa a Piscobamba para el
levantamiento de corrección. En este año 2018 en el mes de Abril, nos informa
el Alcalde que ya fue levantada las observaciones y ha sido derivada a Huaraz
para su aprobación y se va a direccionar hacia la oficina principal de
Lima de PRESET. -
Esperamos
que el nuevo CONSEJO DIRECTIVO, le haga el seguimiento respectivo a fin de que
para el año 2019 sea considerada en el presupuesto y su ejecución.
15.-
CARRETERA LONGITUDINAL DE CONCHUCOS – HUARI A SIHUAS
En
el mes de Julio 2016 nuestra institución envía un oficio felicitando al nuevo
Presidente de la República PPK y a su vez pide la ejecución de la Ley 30092 del
13 de octubre de 2013, que determina de necesidad pública nacional la
construcción y pavimentación de la carretera longitudinal de conchucos – de
Huari – Fiscarrald, Mariscal Luzuriaga, Pomabamba hasta la Provincia de Sihuas.
A raíz de este documento, nos derivan de palacio de gobierno al Ministro de
Transportes de ese entonces MARTIN VIZCARRA y nos dan cobertura de atención
hasta en dos oportunidades con sus principales asesores. Ellos nos manifiestan
que el Gobierno anterior, a través de PROVIAS, ha dejado aprobado un
presupuesto de 300 millones de soles para el mejoramiento y conservación de
esta vía por cinco años y no hay más presupuestos para estas provincias. Se
recurre al Congreso de la Republica al Presidente de la Comisión de Transportes
y tampoco hubo atención de nuestros reclamos.
El
día SABADO 5 de Noviembre del 2016, a horas 17.00, en las instalaciones del
Club Piscobamba, actuando como secretario el Sr. Justo
Ponte, con la presencia de los Alcaldes de Llumpa, ROSAS FLORES
ANTONIO, del distrito de FIDEL OLIVAS ESCUDERO, Lic. Alex Mancicidor Pasco, del
Alcalde de Chacas y director de la Mancomunidad de Alcalde de Conchucos, el
Lic. ELIAS QUIROZ AGUIRRE, del Sub Prefecto Provincial Sr. ISIDORO MARCELINO
VILLACORTA COTILLO, regidores, del Presidente del Club Piscobamba, PABLO OCAÑA
VALVERDE, del Presidente de FEDILUZ, Adán Ocaña Domínguez, del Presidente de la
FEPIP Don David Ambrosio Dámaso, directivos de estas tres instituciones, así
como directivos de las instituciones distritales residentes en Lima se llegaron
a constituir la PLATAFORMA colegiada de desarrollo de las Provincias
Conchucanas, cuyos acuerdos están fijadas en el acta e insertada en
el Libro de Actas que obra en los archivos del Club Piscobamba.- Se realizaron
diferentes gestiones con las tres instituciones y se dejó bien en claro que el
gasto del mantenimiento era solo paliativo y una inversión sin futuro para
nuestros pueblos.-
Esperamos
que el siguiente consejo directivo asuma esta tarea y logremos algún día tener
una carretera digna, segura y pavimentada de dos vías que desarrollará el
progreso integral de nuestra Provincia.
16.- ERRADICACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN CALLEJERA EN LOS OLIVOS
Cuando
asumimos nuestra gestión notamos que, en horas de la noche, la calle Salaverry
y nuestra frontera eran invadidas por féminas callejeras que ofrecen sexo en la
calle. Ello era perjudicial para nuestra institución y para la vecindad. Se
cursó oficios a la Municipalidad, a la Comisaria sol de oro y fue en vano.
Hacían operativos de erradicación por algunos días y aparecían nuevamente estas
chicas. Se ha cursado con fecha 14 de noviembre de 2017 un Oficio al Ministerio
del Interior, solicitando su intervención con sus agentes de inteligencia a fin
de ubicar y capturar a los proxenetas que hacen trabajar a las prostitutas. No
hubo resultados y vemos como han proliferado las trabajadoras sexuales,
originando un gran daño de prestigio e imagen al Club y como consecuencia,
disminuye la demanda de alquileres de nuestros salones de recepciones.
17.-
REGISTRO DIARIO DE VISITANTES AL CLUB
Apenas
empezamos la gestión, decidimos en aperturar un registro de visitantes a
nuestras instalaciones a fin de que cada martes en sesión de consejo estemos
enterados de las ocurrencias más importantes de la semana. De igual manera para salvaguardar los enseres de la institución. Este trabajo está a
cargo del guardián y es supervisado por el Fiscal. -
18.-COMPRA
DE VENTILADORES PARA EL SEGUNDO PISO
Notamos
que en época de verano hubo quejas de los clientes por el calor intenso e
insoportable que se sentía en el salón del segundo piso. Por ello decidimos comprar
un ventilador industrial y dos ventiladores normales, lo cual no cubre la
demanda de ventilación y aire. Se sugiere al nuevo consejo directivo
comprar un aire acondicionado.
Asimismo
se compró una escalera de seis metros con soporte de fierro y madera. Se
recomienda al nuevo Consejo Directivo instalar aire acondicionado.
19.-
CAMBIO DE NUMERACION DE LA PROPIEDAD
A
solicitud de la nomenclatura municipal de la propiedad de la jueza que ve
el tema del desalojo del inquilino precario, nos acercamos a la Municipalidad
de los Olivos y fue una sorpresa que el Nro. 3545 asignado casi toda una vida
institucional no existía en el catastro del distrito. Estaba con el 3501 la
entrada principal. Por ello solicitamos que nos den la información correcta
domiciliaria y nos confirmaron que efectivamente la puerta principal es Jr. C.
Salaverry 3501, la del segundo piso Jr. C. Salaverry 3525 y de la Calle
Maldonado era 225.- Se hizo las modificaciones en la cuponera municipal,
recibos de agua y luz. No se pudo en lo del teléfono cable, por estar a nombre
de Manuel Egusquiza Olivas.
20-CHIMAYCHE
EL
Sec. De Cultura Luis A.Limas, presenta un proyecto para solicitar a la
Municipalidad de Casca que expida una resolución declarando al género musical
del chimayche como patrimonio cultural de Vilcabamba, distrito de Casca,
Provincia Mariscal Luzuriaga, Región Ancash.- Viaja a la Sierra y no encuentra
apoyo del alcalde Francisco Flores, quien con evasivas dice que ha consultado
al Ministerio de Cultura de Huaraz y está esperando los resultados. El Sr.
Limas viaja a Huaraz y le manifiestan que no hay ninguna consulta de Casca. Los
directivos Emiliano Pastor y Octavia Vidal de Blas viajan también para entrevistarse
con el Alcalde de Casca y Piscobamba y tampoco hay eco de apoyo. Por lo que ha
quedado solo en proyecto de Lima. Esperamos que el siguiente secretario de
cultura del club asuma esta tarea y logremos algún día el reconocimiento
cultural del genero chimayche.-
21.-ACTIVIDAD
CULTURAL POR NATALICIO DE MARISCAL LUZURIAGA
El
Consejo Directivo decide en realizar esta actividad cultural un 16 de abril de
2017, a fin de resaltar el aniversario del natalicio del insigne huaracino
MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA, en honor a que nuestra provincia lleva
su grado y apellido. Contamos con el apoyo de la Asociación de Escritores
Ancashinos bajo la presidencia del Dr. JULIO VILLANUEVA
SOTOMAYOR. Tuvimos acogida de los socios y el secretario de actas colaboró
con su grupo musical para los intermedios. -
22.-SALUDOS
DE ONOMÁSTICOS
Por
vez primera en la historia del Club, decidimos hacerlo oficial y encargamos a
un responsable para que diariamente emita los saludos institucionales a los
socios que cumplen años a través del Facebook y en una emisora de los viernes
del programa que se emite por RADIO INDEPENDENCIA AM 1550 de 11 a 1 pm y que
esta conducido y dirigido por el socio Sr. Justo Ponte Cruz, sin costo
alguno para el Club. -
23.
PINTADO DEL LOCAL
En
el año 2017 se realiza la remodelación del tarrajeo, curación de salitres y el
pintado de todo el local interno del primer piso y fachada interna del segundo
piso. La pintura es satinada. Se observa que al lijar hay desprendimiento del
tarrajeo porque el cemento es pobre en consistencia. Se saca los espejos del
salón del primer piso por estar deteriorados y toda vez que cuando hay eventos
lo tapan. Además los espejos en lugares públicos están prohibidos por el tema
de defensa civil. Se gastó algo de 4,000 soles entre el pago de mano de obra y
la pintura. En el balance de la gestión anterior se observa por el pintado del
local algo de S/.16,880.00-
24.-
CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ACTIVIDADES OFICIALES DEL CLUB
Se
ha cumplido con éxito los eventos oficiales culturales, deportivos y folclore,
programado y organizado por el consejo directivo:
1.-Aniversario
de la Provincia- 2017-2018
2.-Homenaje
a Mama – 2017-2018
3.-
Aniversario del Club – 2017-2018
4.-
Homenaje a Papa – 2016-2017
5.-
Fiesta de San Pedro San Pablo (2016-2017)
6.-
Virgen de las Mercedes (2016)
7.-
Campeonato inter barrios (2016-2017)
8.-
Fiesta Navideña (2016-2017) con show infantil con entrega de más de 100 regalos
para los niños, pastorcillos, chocolatada y obsequios para niños y socios. Se
cumplió con entregar panetones de calidad, chocolate y leche para cada socio
hábil.-
(nota…
poner fotos de cada evento)
25.-
TECHO PARABÓLICO PARA EL PATIO DEL PRIMER PISO DEL CLUB.
Luego
de más de 30 años el patio del salón del primer piso, consientes de que era indispensable mejorar este ambiente sin techo, EL CONSEJO DIRECTIVO UNÁNIMEMENTE, decide hacer la
construcción de 350 mt2, con un moderno techo parabólico de una altura de
12 metros, valorizado en S/. 51,500 soles, que se encuentra ya instalado y ha
sido de buen agrado de todos los usuarios, menos de un pequeño grupo de asociados. Un beneficio importante para la institución, porque nos
dará, protección del sol, de las lluvias y que beneficiaran principalmente a los
clientes y socios que utilizan este ambiente. Para decidir esta obra se hizo una convocatoria de tres empresas en aras de transparencia
Con esta obra emblemática, los Clientes y asociados, se ahorrarán la instalación de toldos y sobre todo evitaremos el desgaste de las cerámicas del piso por la plantación de los fierros. - Obra necesaria y de urgencia que se construye, ante la exigencia verbal del Alcalde Lic. Pedro Del Rosario Ramírez, que se reunió con los vecinos, hasta en dos oportunidades en nuestro Local, para tratar el tema de la bulla intensa y la prostitución.
El Consejo Directivo tomó en cuenta la recomendación del burgomaestre el de solucionar y atender el reclamo vecinal por el tema de la bulla intensa que los afecta en su tranquilidad y salud. Hoy ha disminuido sustancialmente el ruido, pero se recomienda al nuevo Consejo Directivo en seguir mejorando el sistema acústico para que la bulla sea cero decibeles. -
Se
ejecuta este trabajo según las atribuciones por mi calidad de Presidente,
toda vez que en el estatuto anterior se señala que puedo autorizar gastos
del Club hasta el límite que faculta la Asamblea General o Junta Directiva, en
este último caso con cargo a dar cuenta al organismo máximo, así mismo
responsabilizarme de todo movimiento económico del Club. Recordarles que mi
plan de trabajo de techar el tercer piso tenía un costo aproximado de 60,000
soles y que fuera aprobado en Asamblea de asociados.-
Se programó la asamblea extraordinaria para informar la decisión de
hacer la obra, pero los socios PAULINO JULCA CRUZ, ELIAS OCAÑA OCAÑA y
otros, por dos horas antes del inicio del debate de la agenda se
encargaron de boicotear el proceso de la asamblea, argumentando que un acta de
diciembre de 2017 estaba mal elaborado por el sub secretario JORGE CAMPOMANES. Pretendían imponer al consejo directivo
el nombramiento de una comisión de socios para la redacción del
acta, lo cual es realmente aberrante y una flagrante usurpación de funciones.
En mi calidad
de Presidente suspendí la asamblea por falta de garantías y por infracciones
contra el estatuto. El acta de la suspensión esta insertada en el Libro de
Asambleas Generales de Socios. -
El
contrato con la empresa constructora, se firmó un 24 de febrero de 2018 y fue aprobada
por todo el Consejo Directivo según consta en el acta de su asamblea. El contrato y planos esta en el archivo del Club Piscobamba.
Lamentablemente
hubo algunos asociados, como MANUEL HORACIO LA TORRE NEYRA, PAULINO JULCA CRUZ,
JULIO ORLANDO DOMINGUEZ JARA, MIGUEL NEYRA ROJAS, AMADEO LEON MARTINEZ, ELIAS
OCAÑA OCAÑA, ELVA VIDAL RAMIREZ DE MATA, que se opusieron abiertamente a esta obra
emblemática y de beneficio para el club. Informaron por escrito a la
Municipalidad con fecha 9 de abril de 2018 (EXPEDIENTE e-1050618)
solicitando la paralización inmediata de la construcción y acusarnos de que
carecíamos de autorización municipal. ASOCIADOS en contra de su Institución....de ripley.
Producto de esta denuncia de los socios mencionados, se apersonaron personal de fiscalización y nos imponieron una multa sin asidero legal . Está en proceso de nulidad esta multa de 28,703.15 soles y
que es tarea del nuevo consejo directivo en hacer seguimiento para su anulación y archivamiento.
Esta
obra cuenta con el visto bueno escrito de defensa civil y aprobación municipal. El documento está en la oficina del Club Piscobamba- archivador de MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS.
Recordarles
estimados asociados que las personas pasamos y la institución queda a través
del tiempo. Mientras tanto los socios más antiguos dejemos docencia a fin de
formar cuadros dirigenciales probos para la conducción de los destinos del club.
–
26.-
SOCIOS VITALICIOS
En
mi calidad de Presidente pido al consejo directivo que el Secretario de Actas y
Archivos, Sr. Justo Ponte Cruz, evalué a los candidatos que propongo a fin
de darle un reconocimiento en vida de gratitud, derecho por su antigüedad, sus
participaciones en la vida institucional, su edad, donaciones y aportaciones.
En
asamblea del consejo directivo de fecha 24 de abril de 2018 cuya acta se
encuentra insertada en el Libro, folios 317-318 se aprueba la nominación de
vitalicios de los socios siguientes:
1. ABRAHAM
ALZAMORA AGÜERO
2. ALEJANDRO
VALVERDE SIFUENTES
4. PAULINO
JULCA CRUZ
5. ELMER
F. NEYRA VALVERDE
6. DEMETRIO
OBREGON REYNALDO
7. SOFIA
SOLIS BENITES
8. JAVIER
JUSTO NEYRA VALVERDE
9. AUGUSTO
ESTRADA CARRANZA
10. MANUEL
HORACIO LA TORRE NEYRA
11. PABLO
ROMULO OCAÑA VALVERDE
12. ROSA
P. OCAÑA VALVERDE
13. AVELINO
REYNALDO VIDAL
En
sesión solemne por el 52° aniversario de nuestra institución, realizada el 5 de
Junio de 2018, antes de la juramentación del nuevo Consejo Directivo, en calidad
de presidente vigente se hizo entrega pública de las resoluciones que los
consideran como socios vitalicios.

De acuerdo al estatuto, ellos gozan de exoneraciones de pagos administrativos y tienen todos los derechos de los socios hábiles-- a elegir y ser elegidos. Se entrega el oficio al nuevo Consejo Directivo de este hecho para sus registros respectivos. Se recomienda al nuevo Consejo Directivo a seguir evaluando a los socios antiguos a fin de que en vida tengan el merecido y reconocimiento del caso.
DONACIONES
1. Sr.
Rafael Salinas Cántaro por la fabricación del portón de ingreso principal del
Club- Gracias
2. Sr.
Enrique Castillo Matos, por la mejora de las grutas de San Pedro y San Pablo.
Gracias
3. Sr.
Emiliano Pastor y Justo Ponte, por la impresión de 1 millar de boletines
alusivos al aniversario de la Provincia Mariscal Luzuriaga. - Gracias
4. Ayuda
social humanitaria a socios enfermos
5. Donación
de 100 sillas al Colegio Mariscal Luzuriaga
TRANSFERENCIA
DE GESTIÓN:
Conscientes
de que no puede parar la institución y esperar la publicación y aprobación de
esta memoria que se presentará en asamblea de socios en la primera asamblea
ordinaria fijada por el estatuto, hemos entregado por
adelantado por escrito al Presidente electo Leopoldo Egusquiza Murga,
con fecha 4 de Junio de 2018, mediante un oficio la memoria descriptiva de
gestión de mi Consejo Directivo, de los trabajos y logros realizados en nuestra
gestión, los trámites pendientes, así como las sugerencias para seguir
mejorando las instalaciones del Club.-
INGRESO
DE NUEVOS SOCIOS
1. Ponte
Guerrero Jessica Maritza
– Abogada Libro
4 – socio Nro. 468
2. Cruz
Velásquez Marcial
– Ingeniero Libro
4 – socio Nro. 469
3. Valverde
Apestegui Filber
Aquiles- Transp. Libro
4 – socio Nro. 470
4. Portella
Medina Julio Cesar - Econ. Libro
4 – socio Nro. 473
5. Portella
Medina Ana María
– Docente Libro
4 – socio Nro. 474
6. Mendoza
Valverde María Celina
– Docente Libro
4 – socio Nro. 475
7. Vargas
Román Merly
– Medico Libro
4 - socio Nro. 476
8. Valverde
Pastor Lourdes María
- Docente Libro
4 – socio Nro. 477
9. Villanueva
Portella
Lincolm Docente Libro
4 – socio Nro. 478
10. Trujillo
Sánchez Lissete
Heydi Medico Libro
4 – socio Nro. 480
11. Valverde
Fernández Viviana
Margoth Libro
4 – socio Nro. 482
12. Valverde
Manrique Miguel
Ángel Libro
4 – socio Nro. 483
13. Ocaña
Izquierdo
Eduardo Libro
4 – socio Nro. 484
14. Valverde
Romero Lenin
Cristhian Ing. Libro
4 – socio Nro. 485
15. Martínez
Manrique Nelson
Godofredo Doc. Libro
4 – socio Nro. 486
16.Sifuentes
Domínguez Néstor
Leonell Abog. Libro
4 – socio Nro.487
PROCESO
ELECTORAL 2018 - PARA ELIGIR AL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO-
En
cumplimiento estricto de lo normado por nuestro estatuto, se hizo la
asamblea extraordinaria para elegir al comité electoral integrado por los ex
PRESIDENTES: Julio O. Domínguez Jara, Paulino Julca Cruz y Manuel Horacio La
Torre Neyra. Se hizo hincapié que este último socio había suscrito una denuncia
a la Municipalidad de los Olivos en contra del Club Piscobamba por la obra del
techo parabólico. A pesar de ellos los socios lo proclamaron
irresponsablemente.
En
mi calidad de Presidente y según lo establece el estatuto, con 60 días
anticipadas se anunció la fecha del 20 de mayo 2018 como el día del proceso de elecciones.
-
Lamentablemente
el Comité Electoral se parcializó con una sola lista, que confirmó su
inscripción para estas elecciones, dejando de lado a la lista del Sr. E. Pedro
Vargas López por supuestas faltas en la inscripción de su lista. Ello motivó la indignación de los asociados y del Consejo Directivo y los resultados es materia interna del Club Piscobamba y que la historia lo validará o juzgará.
Lima, 04 de Junio de 2020
PABLO R. OCAÑA VALVERDE
Presidente
**************************************************************************************************
ESTATUTO CLUB PISCOBAMBA
REGLAMENTO ADMINISTRATIVO
REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DEL CLUB PISCOBAMBA
**************************************************************************************************
ESTATUTO CLUB PISCOBAMBA
ACTA
DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
En
Lima, siendo las 10.00 am del día 16 de Julio de 2017, se reunieron en segunda
convocatoria los socios de la asociación Club Piscobamba en Jr. Carlos A. Salaverry 3501-3525 de la Urbanización Panamericana Norte del distrito
de los Olivos, Provincia y Departamento
de Lima, actuando bajo la presidencia del señor PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE,
y actuando como Secretario el Señor JUSTO
PONTE CRUZ.
La
presente asamblea, conforme al estatuto vigente, ha sido realizada por medio de
esquelas de convocatoria personal, prensa, radio y otros medios de
publicidad, con la debida anticipación. Instalada la mesa y existiendo el
quórum reglamentario se dio por inició la presente Asamblea Extraordinaria
AGENDA:
A. Nombramiento a PABLO ROMULO OCAÑA
VALVERDE para que formalice con su firma la minuta y escritura pública de
modificación total de estatutos de nuestra asociación.
B. MODIFICACIÓN TOTAL DEL ESTATUTO- El
Presidente Pablo Rómulo Ocaña Valverde, manifestó que resultaba necesario
modificar todo el estatuto vigente y para ello es necesario otorgar
nombramiento a PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE para que formalice con su firma la
minuta y escritura pública la modificación total de estatutos de nuestra
asociación. Por unanimidad acordó nombrar al Presidente Pablo Rómulo Ocaña
Valverde DNI Nro. 40524578 para que realice todas las gestiones a fin de
inscribir el estatuto aprobado ante la SUNARP – Lima.
Después
de una amplia discusión e intercambio de opiniones por todos los asistentes se
acordó por UNANIMIDAD la modificación total de nuestros Estatutos. Siendo su
texto literal como sigue:
ESTATUTO DEL CLUB PISCOBAMBA
CAPITULO
I
DENOMINACIÓN - DURACIÓN Y DOMICILIO- EMBLEMA
Art.
1°. La Asociación se denomina “El Club Piscobamba “es una asociación civil con
personería jurídica de derecho privado sin fines de lucro; fundado el 5 de junio
de 1966 con la unificación del Centro Juventud Evolucionista Hijos de
Piscobamba, Club Mariscal Luzuriaga de Piscobamba y Centro Social Piscobamba.
Art.
2°. La duración del Club es indefinida; se rige por el presente Estatuto, por
la Ley N° 29363- Ley de Clubes Departamentales, Provinciales, Distritales y su Reglamento, el Código Civil y demás disposiciones
legales pertinentes.
Art.
3°. El Club tiene como domicilio social,
ubicado en el jirón Carlos Augusto Salaverry N° 3501- 3525 y la Calle Faustino
Maldonado Nro. 225 de la Urb. Panamericana Norte, del distrito de Los
Olivos, provincia y departamento de Lima.
Art.
4°. El Emblema del Club está inspirado en: La plaza, la Iglesia Matriz, el Eucalipto
y el Cerro de Huancash de Piscobamba.
CAPITULO
II
FINES
Art.
5°. El Club tiene los siguientes fines:
Promover y afianzar la unidad y
solidaridad de la familia piscobambina y luzuriaguina.
b. Rescatar, preservar y difundir los
valores de la peruanidad para contribuir a la consolidación de la identidad
nacional mediante la difusión del acervo
cultural, histórico, folclórico, económico. gastronómico, social, geográfico,
entre otros de nuestra circunscripción.
c.
Defender
los intereses de sus socios y de Piscobamba.
d. Impulsar el progreso de la provincia y
de la región en sus aspectos: económico, social y cultural.
e. Promover el turismo en la provincia
y la región.
f. Valorar y difundir la historia, el
folclor, la cultura y paisajes de
Piscobamba y de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
g. Asesorar y defender los derechos
institucionales.
h. Organizar en las fechas establecidas las
actividades cívico- religiosas y deportivas de Piscobamba y de nuestra provincia,
conforme a lo establecido en la Ley N°29363 y su Reglamento.
i. Organizar, integrar y registrar a las
instituciones representativas de los Barrios de la jurisdicción de Piscobamba
como órganos de base.
j. Dar apoyo económico a los socios por
enfermedad o fallecimiento.
k. Mantener relaciones institucionales con clubes
distritales, provinciales, y departamentales.
CAPITULO
III
BIENES
QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO SOCIAL
Art. 6°. Constituyen el patrimonio
social del Club:
a. El inmueble ubicado en el Jr. Carlos A.
Salaverry N°3501-3525 y la calle Faustino Maldonado Nro. 225 del distrito de Los Olivos, de la provincia y departamento
de Lima.
b. El terreno en Manzana Pampa de la ciudad
de Piscobamba.-
c. Los inmuebles y muebles que adquiera
el Club.
d. Las cuotas de afiliación, cotizaciones
mensuales, aportes extraordinarios y multas a
sus socios
e. Los recursos que se obtiene por el alquiler
de sus instalaciones inmobiliarias.
f. Los ingresos provenientes de actividades
sociales, deportivas y culturales que realiza el Club.
g. Las donaciones.
h. Los créditos obtenidos con la aprobación
por mayoría absoluta de la Asamblea General Extraordinaria de los socios.
Art.7°.
El Club en concordancia con el artículo 5° de la Ley 29363 se encuentra
exonerado del pago de impuesto predial; asimismo
de acuerdo al artículo 6° de la misma ley
también está exonerado al pago de impuestos a las actividades de conservación,
difusión y creación de todas las expresiones de cultura y folclor; así como las sociales y deportivas vinculadas
a ellas debidamente calendarizados con sus fines.
Art.
8°. Los inmuebles y valores que tiene el Club en propiedad sólo pueden ser gravados
y/o enajenados con fines de mejorar el
patrimonio, en ampliaciones, remodelaciones y nuevas adquisiciones previo acuerdo
del 70% de los socios en Asamblea General Extraordinaria.
CAPITULO
IV
LA CONSTITUCIÓN DEL CLUB
Art.
9°. El Club está constituido por las
personas naturales del distrito de Piscobamba,
cónyuges y descendientes residentes en
Lima y Callao.
Art.
10°. El Club es de carácter social,
cultural y deportivo que mantiene la identidad de todos los pueblos de la
provincia de Mariscal Luzuriaga,
departamento de Ancash y es ajena a toda actividad política partidaria.
CAPITULO
V
FUNCIONAMIENTO
DE ORGANOS DEL CLUB
Art.11°.
Son Órganos de Gobierno:
a. La Asamblea General
b. El Consejo Directivo
Art.
12°. Son Órganos de Apoyo:
a. Tribunal de Honor
b. Comité de Damas
Art.13°
Órgano de Control
a.
Junta
Revisora de Cuentas.
Art.14°.
La Asamblea General es el órgano supremo del Club y sus acuerdos tienen
carácter obligatorio e inapelable.
Art.15°
Las Asambleas Generales son ordinarias y extraordinarias. Son convocadas por el
Presidente con acuerdo del Consejo Directivo ó cuando lo soliciten no menos de
la décima parte de los asociados.
Art.16°
La Asamblea General Ordinaria se realiza dos veces al año; en los meses de marzo
y julio.
Art.17°
Para la validez de las reuniones de la asamblea general ordinaria o
extraordinaria se requiere en primera convocatoria la concurrencia de más de la
mitad de los asociados. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier
número de asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de la mitad más uno de
los miembros concurrentes.
Art.18° Las citaciones para las asambleas se hace con no menos de ocho
días de anticipación, haciendo constar: lugar,
fecha, hora y agenda a tratar firmado por
el Presidente y Secretario de Actas y Archivos.
Art.19°.
Son atribuciones de la Asamblea
General Ordinaria:
a. Aprobar u observar el Balance del
Ejercicio Económico y Financiero Anual y Memoria del Consejo Directivo.
b. Aplicar las sanciones que establece el
Estatuto; previo informe del Fiscal, Tribunal de Honor y/o Junta Revisora de Cuentas.
c. Resolver y/o ratificar las sanciones
propuestas por el Consejo Directivo.
d. Otorgar estímulos y ratificar a los
socios vitalicios y honorarios
e. Nombrar las comisiones y/o ratificar las
nombradas por el Consejo Directivo.
f. Resolver los casos no previstos en el Estatuto.
Art.20°.
La Asamblea General Extraordinaria es convocada por el Presidente del Club con
acuerdo del Consejo Directivo o a
solicitud del 10% de socios hábiles y vitalicios,
para tratar casos específicos consignados en la agenda.
Art.21°.
Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria:
a. Elegir a los miembros del Consejo
Directivo.
b. Aprobar la modificación del Estatuto.
c. Aprobar la disolución del Club.
d. Elegir el Comité Electoral cada dos años.
e. Aprobar el gravamen y/o enajenación,
ampliación de los bienes muebles e inmuebles del Club.
f. Disponer investigaciones, auditorias y
balances extraordinarios.
g. Resolver los reclamos de los socios
contra los actos irregulares del Consejo Directivo y comisiones.
h. Revocar a uno o todos los miembros de
los Órganos elegidos, previo informe de
una comisión especial.
i. Aprobar la modificación de la cuota
mensual y aporte de inscripción de nuevos socios.
CAPITULO
VI
DE
LAS SESIONES – CONSEJO DIRECTIVO
Art.22°.
El Club sesiona en Asamblea General Ordinaria
dos veces al año, conforme el artículo 16°. En forma Extraordinaria cuando
lo considere necesario en cumplimiento del artículo 20° del presente
Estatuto. Es convocado por el Presidente
o por quien lo reemplaza. Puede
declararse en sesión permanente cuando sea necesario.
Art.23°.
El Consejo Directivo sesiona cada quince días y en forma extraordinaria cuando
sea necesario. Pudiendo declararse en sesión permanente.
Art.24°.
La Asamblea General Ordinaria seguirá el
orden siguiente:
a. Se establece el quórum reglamentario
b. Lectura del acta de la sesión anterior.
c. Despachos.
d. Informes.
e. Pedidos.
f. Orden del día
Art.25°.
La Asamblea General Extraordinaria se desarrollará en el siguiente orden:
a. Se establece el quórum reglamentario.
b. Lectura del acta de la sesión anterior.
c. Orden del día.
Art.26°.
Queda terminantemente prohibido hacer alusiones
personales, referencias y ataques de carácter político en asambleas y sesiones; de presentarse el caso, el
Presidente invitará al responsable a que
se retire.
Art.27°.
Cada asambleísta puede hacer uso de la palabra por tres minutos hasta por dos
veces. El proponente o autor del pedido, lo hará por tres veces de ser
necesario.
Art.28°.
El Presidente del Consejo Directivo tiene la facultad de suspender temporalmente
las sesiones cuando se producen incidentes. En este caso, si es grave suspende
la sesión.
Art.29°.
El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo del Club; tiene una duración de dos
años. El quórum para las sesiones en primera citación es con el 70% de sus miembros. En segunda
citación una hora después con no menos del 50% de sus miembros.
Art.30°.
Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere:
a. No tener ninguna deuda ni poseer bienes
y/o enseres del Club.
b. Estar al día con sus cotizaciones
mensuales.
c. Para Presidente, Fiscal, Secretario de
Economía y Secretario de Actas y Archivo, requiere ser piscobambino de
nacimiento, y/o descendiente en primer grado de consanguinidad.
d. Para el cargo de Presidente, requiere
tener cinco años de socio hábil. Los
cargos de Fiscal, Secretaría de Economía, Secretaría de Actas y Archivo, tres
años de antigüedad.
e. Para los demás cargos deben tener dos
años de antigüedad.
Art.31° Las atribuciones y obligaciones
del Consejo Directivo son:
a. Inscribir en los Registros Públicos al
Consejo Directivo, dentro de los sesenta días posteriores a las elecciones; gestión
que es responsabilidad del Consejo Directivo
saliente y entrante.
b. Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y
los Reglamentos, los acuerdos de las asambleas generales y sus propios
acuerdos.
c. Rendir homenaje a las personalidades que
hayan destacado en diferentes ramas del
saber.
d. Orientar, coordinar y evaluar las
funciones de las Secretarías y Comisiones.
e. Aprobar el proyecto del presupuesto
anual y dar cuenta en Asamblea General.
f. Otorgar los premios y estímulos
contemplados en el Estatuto.
g. Editar y publicar medios de información
en forma periódica.
h. Proponer a la Asamblea General la destitución de socios previo dictamen del
Tribunal de Honor, Comisión Revisora de Cuentas o informe documentado del
Fiscal.
i. Declarar vacante cualquier cargo de uno o más miembros
por fallecimiento, renuncia o inasistencia a tres sesiones consecutivas o cinco alternas en el periodo de un año.
j. Proponer a la Asamblea General
Extraordinaria el reemplazo de sus miembros
en caso de renuncia, abandono o expulsión e inscribir en los Registros
Públicos.
k. Aprobar el ingreso de socios nuevos.
l. Entregar bajo responsabilidad al nuevo Consejo
Directivo los bienes inventariado y saneado los fondos económicos patrimoniales y
el archivo documentario.
Publicar y hacer conocer trimestralmente a los socios el informe
económico.
n. Designar un delegado en Piscobamba,
cuyas funciones serán establecidas en el Reglamento Interno.
o. Formular el plan de trabajo, presupuesto
anual y presentar a la Asamblea General.
p. Aplicar las sanciones que son de su
competencia.
Art.32°.
El Consejo Directivo se compone de los siguientes miembros:
1-
Presidente
2-
Vicepresidente
3-
Secretario de Actas y Archivo
4-
Sub Secretario de Actas y Archivo
5-
Secretario de Economía
6-
Sub-secretario de Economía
7-
Fiscal
8-
Secretario de Cultura y Turismo
9-
Secretario de Relaciones Institucionales
10-Secretario de Prensa e Imagen Institucional
11-Secretario de Asistencia Social
12-Secretario de Deportes y Juventudes
13-Vocal.
Art.33°
Las atribuciones del Presidente son:
a. Representar formal y legalmente al Club.
b. Cumplir y hacer cumplir el Estatuto, Reglamento,
acuerdos de Asamblea General y Consejo Directivo.
c. Convocar y presidir la Asamblea General, el Consejo
Directivo y participar en las Comisiones.
d. Coordinar y evaluar las actividades del
Tribunal de Honor, secretarías, Comité de Damas, Junta de Delegados de Barrios
y Comisiones.
e. Expedir Resolución y otorgar credenciales a los integrantes de los Órganos
de Apoyo, Control y las Comisiones que se nombren.
f. Entregar distinciones a socios o particulares
mediante una resolución firmado por el Presidente y Secretario de Actas y
Archivo.
g. Abrir y/o cerrar las cuentas bancarias
en forma mancomunada con el Secretario de Economía.
h. Firmar los libros de actas, con el
Secretario de Actas y Archivo.
i. Firmar los contratos y otros convenios
que realiza el Club con los demás directivos autorizados por el presente
Estatuto y/o Asamblea General.
j. Presentar su memoria y balance anual, inventario
patrimonial y el archivo documentario al
término de su periodo en Asamblea General Ordinaria en el mes de julio.
Art.34°
Las atribuciones del Vicepresidente son:
a. Asumir las atribuciones del Presidente
en casos de ausencia, impedimento, fallecimiento o renuncia.
b. Coordinar los trabajos de las Secretarías,
Comité de Damas y Comisiones.
c. Presentar iniciativas en bien del Club.
Art.35°
Atribuciones del Secretario de Actas y Archivo son:
a. Llevar con responsabilidad los libros
de actas del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales firmando con
el Presidente.
b. Controlar la asistencia de los miembros
a sesiones del Consejo Directivo y de los socios a las Asambleas Generales.
c. Recibir conjuntamente con el Secretario
de Economía y el Fiscal los bienes del
Club bajo inventario y hacer entrega al término
de su gestión.
d. Dar trámite y seguimiento a toda la
documentación administrativa.
e. Redactar y firmar con el Presidente toda la documentación que emite el Club.
f. Supervisar la organización y llevar el
control del Libro de Padrón de Socios.
g. Otorgar el carné de identidad a los
socios.
h. Conservar el archivo general de la documentación, bajo responsabilidad.
i. Elaborar el Padrón Electoral para las
elecciones, en coordinación con el Secretario de Economía.
j. Ejecutar las convocatorias a sesiones
del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales, en coordinación con el
Secretario de Prensa e Imagen
Institucional.
Art.36°
Las atribuciones del Sub-secretario de Actas y Archivo son:
a. Asumir las atribuciones del Secretario
de Actas y Archivo en casos de ausencia temporal.
b. Colaborar ampliamente con el Secretario
de Actas y Archivo.
Art.37°
Las atribuciones del Secretario de Economía son:
a. Asumir la responsabilidad de los
ingresos y egresos económicos del Club y del procedimiento contable.
b. Formular el proyecto del presupuesto
anual del Club.
c. Realizar los gastos previa aprobación
del Consejo Directivo.
d. Formular trimestralmente el informe
económico y anualmente el balance para el conocimiento del Consejo Directivo,
Asamblea General de socios y/o cuando lo
solicite un asociado en cualquier momento.
e. Asumir la responsabilidad solidariamente con el Presidente y Fiscal del
movimiento económico del Club.
f. Abrir y/o cerrar la cuenta bancaria del Club con la firma con el Presidente.
g. Atender económicamente previo acuerdo
del Consejo Directivo al Tribunal de Honor, Secretarías, Comité Electoral,
Comité de Damas, Barrios, Junta Revisora de Cuentas y Comisiones.
h. Presentar por escrito el informe
económico de las actividades realizadas y publicar en el periódico mural dentro
de los quince días siguientes al evento.
i. Presentar proyectos para fortalecer el aspecto
económico y financiero del Club.
Art.38°
Las atribuciones del Sub-secretario de Economía son:
a. Asumir las funciones del Secretario de
Economía en caso de ausencia temporal, renuncia o enfermedad.
b. Efectuar las cobranzas a los que adeudan
al Club.
Art.39°.
Las atribuciones del Fiscal son:
a. Velar por el cumplimiento de las
disposiciones del Estatuto, el Reglamento y acuerdos de la Asamblea General.
b. Mantener el orden en las intervenciones
y conducta de los asistentes en la Asamblea General y el Consejo Directivo.
c. Revisar la cuenta económica que entrega
el Consejo Directivo cesante, los archivos de la Tesorería, Secretarías, Comité
de Damas, Comisiones y Comité Electoral, en coordinación con el Secretario de
Actas y Archivo.
d. Denunciar ante la Asamblea General y
autoridades competentes a los miembros del Consejo Directivo, comisiones y socios
por faltas cometidas.
e. Presidir las sesiones por ausencia del
Presidente y Vicepresidente.
f. Controlar mensualmente los ingresos y los egresos de
los fondos del Club.
g. Conformar un equipo de trabajo de
investigación en los casos que se requiera.
h. Coordinar acciones con el Tribunal de
Honor y la Comisión Revisora de Cuentas.
i. Fiscalizar todas las actividades que
realiza el Club.
j. Defender y cautelar los intereses del
Club.
Art.40°.
Atribuciones del Secretario de Cultura y Turismo:
a. Realizar actividades culturales para
conservar la identidad de la provincia de
Mariscal Luzuriaga.
b. Organizar: juegos florales, conferencias,
fórums, seminarios, congresos, obras teatrales-
literarias, talleres, estampas costumbristas, exposiciones de artesanías, muestras
arqueológicas, presentación de libros de autores luzuriaguinos y ancashinos.
c. Presentar al Consejo Directivo el
cronograma anual de actividades culturales.
d. Realizar campañas para recolección de
libros destinados a las bibliotecas de la capital de la provincia y demás distritos.
e. Fomentar y difundir el patrimonio cultural
y ecológico de la provincia a nivel nacional e internacional. Presentar
proyectos para registrar, patentar nuestras danzas y música de la provincia de Mariscal
Luzuriaga.
Art.41°.
Las atribuciones del Secretario de Relaciones Institucionales son:
a. Mantener relaciones institucionales con clubes
distritales, provinciales y departamentales.
b. Representar al Club como delegado ante otras instituciones.
c. Mantener actualizado el registro de instituciones distritales,
provinciales y departamentales.
Art.42°.
Las atribuciones del Secretario de Prensa e Imagen Institucional son:
a. Promover
y mantener la buena imagen interna y externa del Club.
b. Coordinar acciones con los medios de
comunicación; así como formular comunicados con el Presidente.
c. Proponer al Consejo Directivo la
conformación del Comité Editorial de la Revista Institucional.
d. Difundir las actividades culturales por los
medios a su alcance.
Art.43°.
Las atribuciones del Secretario de Deportes y Juventudes son:
a. Promover el fomento del deporte dentro y
fuera del Club.
b. Convocar a jóvenes piscobambinos,
luzuriaguinos y ancashinos a participar de las actividades del Club.
c. Mantener actualizado el registro de los
deportistas de los Barrios de Piscobamba.
d. Promocionar la formación de jóvenes
dirigentes institucionalistas e invitarlos a ingresar como socios del Club.
e. Organizar y realizar giras deportivas de
preferencia a la Provincia de Mariscal Luzuriaga.
f. Presentar un informe documentado de las cuentas
de los gastos y utilidades de las actividades deportivas realizadas.
Art.44.
Las atribuciones del Secretario de Asistencia Social son:
a.
Establecer
acciones de ayuda en caso de enfermedad
y fallecimiento de los socios.
b.
Promover
campañas de salud en beneficio de los socios, familiares y la comunidad.
c.
Mantener
la relación mensual del onomástico de los socios.
Art.45°.
Las Atribuciones del Vocal son:
a. Reemplazar a cualquiera de los miembros
del Consejo Directivo en ausencia temporal.
b. Integrar la comisión que asigne el
Consejo Directivo.
c. Colaborar con las secretarías que
requieran ayuda.
d. Realizar labor administrativa como la
supervisión del mantenimiento de los bienes patrimoniales.
TRIBUNAL
DE HONOR
Art.46°.
El Tribunal de Honor es el órgano encargado de velar por el prestigio e
integridad moral del Club, actuando como ente arbitral y conciliador por
diferencias surgidas entre dirigentes y socios.
Art.47°.
El Tribunal de Honor está constituido por tres miembros elegidos en la Asamblea
General del mes de julio, entre socios que hayan demostrado conducta intachable
e idoneidad comprobada.
Art.48°.
El tribunal de Honor elige entre sus
miembros a su Presidente, Secretario y Tesorero. Se reúnen para evaluar los
casos que son sometidos a su consideración y emite el dictamen correspondiente
en un plazo no mayor a sesenta días. Se reunirán en sesión una vez por semana o
cuando así lo juzgue necesario el Presidente, quien será el que suscriba la convocatoria
o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad
urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las
indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los
asuntos tratados, el resultado de la
votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros
concurrentes. La convocatoria a sus sesiones será realizada con una
anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas.
El quórum para la validez de las sesiones del tribunal de honor lo constituye
en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda
convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos
se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
COMITÉ DE DAMAS
Art.49°.
El Comité de Damas está constituido por tres miembros, que sean socias
(mujeres) conyugues de los miembros varones, del Consejo Directivo o de
cualquier asociado y son elegidas en Asamblea General Extraordinaria. Sus
atribuciones son:
a) Colaborar en forma estrecha con el
consejo directivo para el logro de los fines del Club.
b) Designar entre sus integrantes a su
Presidenta, Secretaria y Tesorera y acreditar ante el Consejo Directivo para
coordinar acciones.
Las
demás socias mujeres y las conyugues de los socios varones podrán colaborar y
apoyar las funciones del Comité de Damas.
Art.49A.
El Comité de Damas, se reunirá en sesión una vez por semana o cuando así lo
juzgue necesario la Presidenta, quien será la que suscriba la convocatoria, o
lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad
urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las
indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los asuntos tratados, el resultado de la votación y los
acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La
convocatoria a sus sesiones será realizada con una anticipación de dos días,
mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la
validez de las sesiones del Comité de Damas lo constituye en primera
convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria
basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran
por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
JUNTA
DE DELEGADOS DE BARRIOS
Art.50°.
Se considera Barrio a aquel espacio geográfico que tiene existencia real en el
distrito de Piscobamba.
Art.51.
La Junta de Delegados de los Barrios de Piscobamba no constituye un órgano de
la asociación y está integrada por los presidentes y/o delegados. Su
Presidente, Secretario y Tesorero son elegidos democráticamente entre ellos.
Sus atribuciones son:
a. Mantener la unidad de la familia
piscobambina en todas sus actividades
institucionales, debiendo acreditar un delegado ante el Consejo Directivo del
Club.
b. Realizar su inscripción en el Club,
presentando la nómina de sus directivos.
c. Dar a conocer al Club cada vez que
realiza elecciones de sus directivos
LAS COMISIONES
Art.52°.
Las comisiones son creadas por la Asamblea General, el Consejo Directivo y por
las Secretarías con fines específicos y no constituyen órganos de la
asociación. Pueden conformar su Directiva para su mejor funcionamiento, el secretario
del área correspondiente puede integrar la comisión. Al terminar su misión se extingue su
existencia.
Art.53°.
Las Comisiones, cumplida su misión presentarán el informe y la cuenta documentada
ante el Órgano que los eligió.
ORGANO DE CONTROL
JUNTA REVISORA DE CUENTAS
Art.54°.
La Junta Revisora de Cuentas es un órgano de auditoría Interna encargada de
revisar y dictaminar los estados económicos y financieros.
Art.
55°. La Junta Revisora de Cuentas, está constituido por tres miembros elegidos
entre los socios vitalicios o activos hábiles con no menos de dos años de antigüedad; uno de ellos
preferentemente contador público colegiado o profesión afín. Son elegidos en
Asamblea General Ordinaria del mes de julio posterior a las elecciones. Se
reunirán en sesión una vez por semana o cuando así lo juzgue necesario el
Presidente, quien será el que suscriba la convocatoria, o lo solicite uno o más
de sus miembros por escrito, por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán
constar en un libro de actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión,
nombre de los concurrentes, los asuntos
tratados, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las
actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La convocatoria a sus
sesiones serán realizadas con una anticipación de dos días, mediante citaciones
escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la validez de las
sesiones de la Junta Revisora de Cuentas lo constituye en primera convocatoria
la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria basta la
presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran por
mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
Arto.56°.
Elevará su dictamen anualmente y será presentado en la Asamblea General
Ordinaria del mes de julio.
CAPITULO VII
DE LOS SOCIOS
Art.57°.
Son socios los inscritos en el Libro Padrón de Socios que está a cargo del
Secretario de Actas y Archivo.
Art.58°.Para
ser asociado se requiere:
a. Ser ciudadano con solvencia moral en
ejercicio de sus derechos civiles.
b. Ser persona natural de Piscobamba,
descendiente o cónyuge.
Art.59.
Para ser asociado del Club debe ser propuesto por dos socios Vitalicios o
Hábiles, con un minino de dos años de antigüedad.
Art.60°.
El postulante deberá llenar el formato de una solicitud, la misma que será evaluada por el Consejo Directivo.
CAPITULO
VIII
DE
LA CATEGORIA DE SOCIOS
Art.61°.
Existen tres categorías de socios:
a. Activos.
b. Vitalicios.
c. Honorarios.
Art.
62°. Son socios activos los que están debidamente aceptados por el Consejo
Directivo, inscritos en el padrón y prestados
el juramento de estilo.
Art.63°.
Los socios activos gozan de todos los derechos que señala el Estatuto siempre
que estén al día en sus cotizaciones mensuales y obligaciones adquiridas que le permita su condición de socio hábil.
Art.65°.
Los socios vitalicios gozan de los mismos derechos que los socios activos hábiles. No están obligados al pago de la
cotización mensual.
Art.66°.
Son socios honorarios los ciudadanos a quienes la Asamblea General les confiere
tal distinción, a propuesta del Consejo Directivo a razón de sus méritos y
prestigio personal, así como por su interés en el progreso material y cultural
de la institución y de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
Art.67°.
Los socios honorarios gozan de los mismos derechos que los socios hábiles; con
la excepción que no pueden elegir ni ser elegidos.
CAPITULO
IX
DE LOS DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS
Art.68°.
Son derechos de los socios:
a. Elegir y ser elegido, con excepción de
los socios honorarios.
b. Tener voz y voto en las Asambleas Generales.
c. Gozar de los servicios y beneficios que
brinda la institución.
d. Ser informado de la marcha económica y
administrativa del Club y denunciar las irregularidades que observa.
e. Recibir un trato adecuado a su condición
de socio, por ser la célula fundamental de la Institución.
f. Recibir con antelación las invitaciones
y/o citaciones para las actividades programadas por el Consejo Directivo.
g. Intervenir en las sesiones del Consejo
Directivo con derecho a voz, pero sin voto.
Art.69°.
Son obligaciones de los socios:
a. Cumplir las disposiciones del Estatuto y
Reglamento del Club.
b. Abonar las cuotas ordinarias y
extraordinarias acordadas por la Asamblea General.
c. Cumplir con los cargos en las Comisiones
y delegaciones conferidas por acuerdo del Consejo Directivo y/o Asamblea General.
d. Asistir puntualmente a las Asambleas Ordinarias
y Extraordinarias; así como a las fechas jubilares que celebra el Club.
e. Cuidar el patrimonio del Club.
f. Defender el honor y prestigio del Club, de
Piscobamba y de la Provincia de Mariscal Luzuriaga.
g. Observar conducta honorable dentro y
fuera del Club.
h. El socio activo que ha dejado de cotizar las cuotas ordinarias por más de dos
años podrá habilitarse pagando los dos últimos años.
CAPITULO
X
PERDIDA
DE CALIDAD DE SOCIOS
Art.70°.
Se pierde la calidad de asociado por:
a. Fallecimiento
b. Renuncia escrita
c. Expulsión.
Art.71°.
De acuerdo a la gravedad de la falta se
puede aplicar las sanciones siguientes:
a. Amonestación.
b. Suspensión o separación temporal.
c. Expulsión.
Art.72°.
La amonestación lo hace el Consejo Directivo por escrito y tiene la calidad de invocación.
Art.73°.
La suspensión o separación temporal aplica el Consejo Directivo con cargo a dar
cuenta a la Asamblea General:
a. Por reiteradas faltas sin causa
justificada.
b. Por retención injustificada de bienes y
enseres del Club.
Art.74°.
La expulsión es impuesta por la Asamblea General a propuesta del Consejo
Directivo previo dictamen del Tribunal de Honor y/o Órgano de Control en
los siguientes casos:
a. Por daño comprobado a los bienes
muebles, inmuebles, a la economía del Club; sin perjuicio a la reparación
correspondiente.
b. Por actos que agravian al Club dentro
del local como escándalos graves,
conducta inmoral o agresión a los
miembros directivos y/o a los socios.
c. Por condena de tribunales comunes con
pena privativa de libertad mayor a un año.
d. Por actos de proselitismo político
partidario en el local institucional.
e. Por grave infracción o flagrante
incumplimiento al mandato estatutario.
f. Por utilizar el nombre del Club sin
conocimiento del Consejo Directivo y de la Asamblea General que signifique
beneficio personal o agravie la imagen de la institución.
g. Por actuar en contra de los intereses
económicos del Club en beneficio de terceros
h. Los miembros del Consejo Directivo que
al final de su mandato no entreguen los libros de actas, libros contables, cuentas
bancarias y patrimonio del Club, conforme a Ley.
CAPITULO
XI
MODIFICACION
DEL ESTATUTO- DISOLUCION Y LIQUIDACION DEL CLUB
Art.75°.
El Estatuto podrá ser modificado en los siguientes casos:
a. Cuando estime conveniente el Consejo
Directivo o el 15% de los socios hábiles y vitalicios.
b. La aprobación de la modificación del
Estatuto de acuerdo a la necesidad del Club; se hará con quórum de 65% de socios hábiles y vitalicios.
c. El Consejo Directivo presentará ante la
Asamblea General los motivos fundamentales para su modificación.
Art.76°.
El Club se disolverá por las siguientes causas:
a. Por acuerdo adoptado por mayoría
calificada de los socios en Asamblea General Extraordinaria con asistencia de 85% de los socios activos hábiles
y vitalicios.
b. Por sentencia judicial firme.
Art.77°.
Acordada la disolución del Club se abrirá el periodo de liquidación por la Comisión
ad-hoc, quienes se convierten en liquidadores, salvo lo que designe expresamente el juez.
Art.78°.
El patrimonio resultante después de atender sus obligaciones pasará a ser propiedad de otra asociación
civil del distrito de Piscobamba cuyos fines sean similares al Club.
CAPITULO
XII
LAS
ELECCIONES – CONVOCATORIA Y FECHA DE ELECCIONES.
Art.79°.
El Presidente del Consejo Directivo del Club convoca a elecciones con anticipación de sesenta días al aniversario del Club.
Art.80°.
El primer domingo de abril en Asamblea General, se elige al Comité Electoral, conformado
por tres miembros: Presidente, Secretario y Vocal. Deben ser socios vitalicios
y/o hábiles con más de dos años de
antigüedad y no ser miembro del Consejo Directivo en ejercicio.
Art.81°.
Las elecciones se realizan cada dos años, la que se lleva a cabo el tercer
domingo de mayo. Si el Presidente no convocara a elecciones del Consejo
Directivo dentro de los plazos establecidos; el 10% de los socios vitalicios
y/o hábiles solicitan la convocatoria
dándole un plazo de quince días. En su defecto la convocatoria se solicitará al
Juez.
Art.82°.
El Padrón Electoral se cierra indefectiblemente treinta días antes de las elecciones. Para tal efecto
el Secretario de Actas y Archivo, el Secretario de Economía y el Fiscal; presenta
la lista de los socios vitalicios y hábiles para sufragar, la misma que es
publicado y entregado al Comité Electoral.
Art.83°.
Las inscripciones se hacen por listas completas figurando todos los miembros
señalados en el Artículo 32° del presente Estatuto.
EL COMITÉ ELECTORAL
Art.84°.
El Comité Electoral es autónomo y cuenta con la máxima autoridad en la
organización y la ejecución del proceso electoral. Ejerce sus atribuciones y
funciones con sujeción al presente Estatuto y el Reglamento de Elecciones. El Comité
Electoral resuelve en última instancia los recursos de impugnación. Se reunirán en sesión una vez
por semana o cuando así lo juzgue necesario el Presidente, quien será el que
suscriba la convocatoria, o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito,
por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de
actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los
concurrentes, los asuntos tratados, el
resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por
los miembros concurrentes. La convocatoria a sus sesiones será realizada con
una anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante
esquelas. El quórum para la validez de las sesiones del Comité Electoral lo
constituye en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En
segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los
acuerdos se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
DEL
PROCESO ELECTORAL
Art.85°.
El proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones por el
Presidente del Consejo Directivo efectuándose de la siguiente forma:
a. El Comité Electoral tiene la responsabilidad de inscribir la lista
de candidatos; para cuyo efecto, solicita al Consejo Directivo, el padrón de
socios.
b. El Comité Electoral publica la
nómina del padrón de socios en los
espacios de publicidad del local del Club con quince días de anticipación al
acto electoral.
c. Dentro de los tres días siguientes a la publicación de la lista
de candidatos; cualquier socio hábil del Club o personero, puede formular tacha contra cualquier candidato que estime
pertinente. La tacha contra los candidatos, es resuelto en última instancia por
el Comité Electoral en término de dos
días. Si la tacha a uno o más
miembros de la lista de candidatos es declarada
fundada; no inhabilita la lista, pudiendo ser reemplazado por nuevos candidatos.
d. No son hábiles para ser candidatos los
que hayan cancelado sus cotizaciones atrasadas por más de un año faltando solamente
tres meses para las elecciones.
e. La lista de candidatos acreditará un personero que lo represente en
el proceso electoral.
f. La votación es por lista completa de
trece miembros.
g. El voto es personal, secreto y
obligatorio.
h. Los socios nuevos deben tener seis meses
de antigüedad, para estar en el padrón electoral.
Art.86°.
La votación se inicia a las ocho de la
mañana con la instalación de la mesa de sufragio y termina a las cuatro de la
tarde.
Art.87°.Terminada
la votación los miembros del Comité Electoral proceden a realizar el escrutinio
en el mismo local donde se efectuó la votación; la misma que debe superar a más
del 50% de socios hábiles y vitalicios para
que la elección sea válida. Luego
proclamar a la lista ganadora. Caso
contrario dentro de siete días
siguientes se realizarán nuevas elecciones.
Art.88°.
El Comité Electoral dentro de los tres días
siguientes al proceso electoral debe entregar el resultado de las elecciones al
Consejo Directivo en ejercicio, con las credenciales
correspondientes. La juramentación se lleva a cabo en acto público el
cinco de junio, fecha de aniversario de
la fundación del Club.
Art.89°.
No pueden ser reelegidos al mismo cargo, por lo menos hasta después de un
periodo: el presidente, el fiscal y el secretario de economía.
Art.90°.
El Comité Electoral cesa en sus funciones después de la juramentación del
Consejo Directivo. Entrega el informe
documentado de su gestión acompañando el padrón de socios y el Libro de Actas
utilizado en el proceso electoral en concordancia con el artículo 88°.
CAPITULO
XIII
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Art.91°.
El presente Estatuto debe ser reglamentado dentro de los sesenta días a partir
de su fecha de inscripción en los Registros Públicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art.92°.
Los socios activos registrados en el padrón a la fecha de la aprobación del
presente Estatuto, que no cumplieran el requisito establecido en el Art.9°
tendrán la oportunidad de confirmar como socios hábiles, pagar sus cuotas atrasadas, hasta
tres meses calendarios de vigencia del nuevo Estatuto. Para tal efecto el importe
a cancelar será conforme a lo establecido en el Art.69° inciso h.
Art.93°
El nuevo Estatuto entra en vigencia al
ser inscrito en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia
Nacional de Registros Públicos de Lima y Callao; quedando derogado el Estatuto
anterior.
El
Presidente señala que como último punto de agenda, se nombre al apoderado
especial para la protocolización del acuerdo adoptado y por unanimidad se
aprueba que el señor PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE Presidente de la
Institución, suscriba la minuta y escritura pública respectiva, así como
efectuar los trámites necesarios que permitan la inscripción de la modificación
total del estatuto en el Registro de Personas Jurídicas de la IX Zona Registral
Sede, Lima, Sunarp.
Siendo
la 3.05 p.m., del dia dieciséis de julio de dos mil diecisiete,
luego de que fuera leída y aprobada la presente acta, se dio por concluida la
presente asamblea general extraordinaria,
firmando el Presidente y el Secretario del Interior en señal de
conformidad por los acuerdos adoptados.
PABLO ROMULO OCAÑA
VALVERDE JUSTO PONTE CRUZ
DNI Nro. 40524578 DNI Nro.09040235
Presidente Sec. Del Interior
INSCRITO
EN SUNARP EL 2 DE MARZO 2018- PARTIDA 02295598- TITULO 2018-00128094- TOMO
DIARIO 0492-ESCRITURA PÚBLICA NOTARIA GOMEZ VERASTEGUI
SU REGLAMENTO
REGLAMENTO INTERNO
DEL CLUB PISCOBAMBA
DE LA ASOCIACION EN GENERAL - FINES
Artículo 1°. El
Club Piscobamba se rige por la Ley de Clubes Departamentales, Provinciales –
Distritales, del código civil y demás normas legales, por su estatuto aprobado
en asamblea de socios con fecha 16 de Julio de 2017, registrado y aprobado por
la SUNARP el 02 de Marzo del 2018, por el presente reglamento de régimen
interno. Piscobamba es la capital de la Provincia Mariscal Luzuriaga de la
Región Ancash
Artículo 2°. El presente
reglamento desarrolla los contenidos expresados en los Estatutos de la
asociación, fijando detalles operativos y en ningún caso podrá ir contra la
filosofía y articulado de los citados Estatutos.
DENOMINACION-
DURACION Y DOMICILIO- EMBLEMA
Artículo 3°. El
domicilio social principal, se establece en Jr. A. Carlos Salaverry 3501 de la
Urbanización Panamericana Norte – Del Distrito de los Olivos - El acceso al
Local del segundo piso es por el Jr. Carlos A. Salaverry 3525 y la puerta de
emergencia y para los pisos superiores es por la Calle Carlos Maldonado 225 del
distrito de los Olivos de la Provincia y Departamento de Lima.-
Artículo 4°. Se
establece como logotipo- emblema el indicado en el estatuto y que deberá
insertarse en los documentos oficiales, estandarte e indumentarias deportivas,
etc.
FINES
Artículo 5°. El
Consejo Directivo podrá fijar nuevos fines y objetivos.
BIENES QUE INTEGRAN
EL PATRIMONIO SOCIAL
Artículo 6. El Club
podrá agregar en el futuro nuevas propiedades a la que se indica en el artículo
6 del estatuto.
LA CONSTITUCION DEL
CLUB
Artículo 7. Se
califica a hijos y nietos como socios descendientes de los naturales de
piscobamba,
DE LA SESIONES –
CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 8. Con
relación al artículo 21, inciso a, del Estatuto, se aclara que la
complementación de uno o más miembros del consejo directivo es potestad del
Consejo Directivo con cargo a dar cuenta a la Asamblea General de Socios. En
cuanto a la elección de los miembros de un nuevo Consejo Directivo, se refiere
a que son elegidos mediante un proceso electoral cada dos años.
Artículo 9. El
Consejo Directivo podrá separar de sus funciones a uno de sus miembros o
socios, si éste, atenta contra el estatuto y el presente reglamento. La medida
podrá ser suspensión por un tiempo máximo de seis meses y expulsión por falta grave, con cargo a dar
cuenta de la próxima Asamblea General de Socios.
Artículo 10. El
derecho a voto en la asamblea de socios, está condicionado a estar al día en
sus cotizaciones. Pueden los socios 72 horas antes del inicio de la asamblea,
cumplir con sus obligaciones para ser hábiles.
Artículo 11. A
propuesta del Presidente, de los socios o directivos del Consejo Directivo por
mayoría simple, podrá elegir a un moderador o director de debates, si amerita
el caso, quien será el responsable de la conducción de la asamblea.
El moderador tendrá las siguientes funciones:
El moderador tendrá las siguientes funciones:
• Dar el inicio del tema en debate.
• Someter a votación en la sección de orden del día.
• dar recesos.
• Interpretar los estatutos y el presente reglamento y solventar todas aquellas dudas reglamentarias.
• Someter a votación en la sección de orden del día.
• dar recesos.
• Interpretar los estatutos y el presente reglamento y solventar todas aquellas dudas reglamentarias.
Artículo 12. Se
autoriza al Consejo Directivo, el uso moderado del fondo económico del Club,
para la atención de los socios y/o del consejo directivo en sus asambleas.
Artículo 13. Las
solicitudes o cartas de socios o terceros, no serán recepcionados ni tomados en
cuenta, si es que se presentan el mismo día de la asamblea. En la sección
despachos solo se dará lectura de los documentos más relevantes para la
institución.
Artículo 14. Para las asambleas
generales de socios, el procedimiento de votación para aprobar el tema de la
agenda o de las estaciones de despachos, informes y/o pedidos, en la estación
de la orden del día, será a mano alzado y el fiscal será el encargado de
verificar el conteo. El Presidente deberá también pedir la votación de las
abstenciones. En caso de empate, el presidente tiene el voto dirimente.
Artículo 15. Durante la celebración
de la asamblea podrá existir cuestión previa o de orden que podrán ser
solicitados por los socios hábiles y que tendrá prioridad frente a lo que se
esté tratando, excepto durante una votación, salvo que dicha cuestión de orden
se refiera a la votación en curso.
La cuestión previa o de orden se
referirá a los siguientes temas:
• Al funcionamiento de la asamblea o al debate y no al tema que se debate.
• Revisión de una decisión del Presidente o moderador
• Cuando desea previamente informar algún hecho que no está en agenda.
• Al funcionamiento de la asamblea o al debate y no al tema que se debate.
• Revisión de una decisión del Presidente o moderador
• Cuando desea previamente informar algún hecho que no está en agenda.
TRIBUNAL DE HONOR
Artículo 16. El
Tribunal de honor es elegido en la Asamblea General Ordinaria del mes de julio
y los integrantes deben gozar conducta intachable e idoneidad comprobada en el
tiempo de asociado. Su duración culmina conjuntamente con el consejo directivo
que lo eligió. El socio involucrado en investigación tiene todo el derecho a su
defensa y se debe seguir con un proceso transparente y justo. Su decisión debe
ser elevada al Consejo Directivo.-Es causa de vacancia de uno o demás miembros
por incumplimiento de obligaciones fijadas en el estatuto.
JUNTA DE DELEGADOS
DE BARRIOS
Artículo 17. El
Presidente o delegado deberá ser socio hábil del Club. Es obligatorio presentar
la nómina de su Consejo Directivo para efectos de registro. Para el beneficio
del descuento por uso de los salones de recepciones, mínimo 10 integrantes deben
ser socios del Club Piscobamba. Todos los enseres adquiridos para el campeonato
deportivo interbarrios, quedarán en custodia en las instalaciones del Club
Piscobamba y en calidad de patrimonio de los Clubes.
Artículo 18. La
Junta de Delegados de Barrios se refiere a los clubes deportivos y sociales de
Piscobamba.-
DE LAS COMISIONES
Artículo 19. El
Consejo Directivo podrá convocar profesionales y técnicos para que sean el
soporte técnico del Club, apoyando las funciones administrativas, legal,
contable, etc.-
ORGANO DE CONTROL –
JUNTA REVISORA DE CUENTAS
Artículo 20. Esta Junta Revisora deberá contar con el apoyo del
Presidente, del Secretario de Economía y del Fiscal. Sus decisiones serán
informadas en una Asamblea General Ordinaria de Socios del mes de Julio del año
siguiente.
DE LOS SOCIOS
Artículo 21. Podrán
ingresar en la asociación todas aquellas personas mayores de 18 años, y con los
requisitos establecidos en el estatuto y el presente reglamento.
Artículo 22. El
Secretario de Actas y Archivos deberá previamente evaluar la solicitud de
ingreso, copia de su DNI y/o familiar natural, con el aval de dos socios
hábiles o vitalicios para posteriormente ser informada y aprobada en sesión del
Consejo Directivo para su aprobación. En caso de no cumplir requisitos, será
informado(a).
De aprobarse su ingreso, el Secretario de Actas y Archivo procederá a comunicar al postulante para que abone la cuota de inscripción al secretario de economía; luego de ello, deberá de entregar dos fotos y registrarse en el Libro Padrón de Socios. En la sesión solemne por el aniversario de la Provincia Mariscal Luzuriaga o en el aniversario del Club, prestará el juramento de estilo y se le entregará una resolución del consejo directivo y su carnet de asociado.
De aprobarse su ingreso, el Secretario de Actas y Archivo procederá a comunicar al postulante para que abone la cuota de inscripción al secretario de economía; luego de ello, deberá de entregar dos fotos y registrarse en el Libro Padrón de Socios. En la sesión solemne por el aniversario de la Provincia Mariscal Luzuriaga o en el aniversario del Club, prestará el juramento de estilo y se le entregará una resolución del consejo directivo y su carnet de asociado.
DE LOS DERECHOS Y
DEBERES DE LOS SOCIOS.
Artículo 23. Los socios tendrán los
siguientes derechos en el Club:
• Para conocimiento y su aplicación, poseer un ejemplar de los estatutos, del presente reglamento y del reglamento de alquileres de los salones, desde su ingreso en la asociación.
• Solicitar por escrito, el acceso a la documentación interna de la asociación.
• Para conocimiento y su aplicación, poseer un ejemplar de los estatutos, del presente reglamento y del reglamento de alquileres de los salones, desde su ingreso en la asociación.
• Solicitar por escrito, el acceso a la documentación interna de la asociación.
Artículo 24. Los socios tendrán las
siguientes obligaciones:
• Abonar, además de las cuotas fijadas en el Estatuto, una penalidad económica por falta injustificada de asistencia a las Asambleas y Elecciones del nuevo Consejo Directivo. El importe debe ser fijado por el Consejo Directivo y puesto en conocimiento en la Asamblea General Ordinario de Socios.
• Abonar, además de las cuotas fijadas en el Estatuto, una penalidad económica por falta injustificada de asistencia a las Asambleas y Elecciones del nuevo Consejo Directivo. El importe debe ser fijado por el Consejo Directivo y puesto en conocimiento en la Asamblea General Ordinario de Socios.
• Cooperar en el desarrollo del
trabajo de la asociación y en la buena ejecución de las actividades que se
determinen.
• Desempeñar las funciones que les sean encomendadas por el CONSEJO DIRECTIVO para la buena marcha de la asociación.
• Desempeñar las funciones que les sean encomendadas por el CONSEJO DIRECTIVO para la buena marcha de la asociación.
DE LA PÉRDIDA DE LA
CALIDAD DE SOCIO.
Artículo 25. Los
socios y/o miembros del Consejo Directivo, podrán solicitar en cualquier
momento su renuncia voluntaria en el Club. Esta petición deberá realizarse por
escrito y deberá tratarse en reunión del Consejo Directivo, que acordará su
cese sin más trámites.
Artículo 26. Los socios
y/o miembros del Consejo Directivo, podrán ser expulsados de la asociación por
alguna de las siguientes causas:
·
Por incumplimiento grave de los estatutos y del presente reglamento.
Cuyo procedimiento debe seguirse según el estatuto.
·
Cuando impida deliberadamente el cumplimiento de los fines de la
asociación así como el actuar ejecutivo del Consejo Directivo.
·
Por solicitar las instalaciones del Club, a su nombre para uso de
terceras personas o instituciones ajenas al Club.
·
Por usurpación de funciones y afectar la economía del Club.
Artículo 27. En
cualquier caso, los expedientes de expulsión deberán ser tratados por el Comité
del tribunal de honor, donde el socio o miembro del consejo directivo deberá de
tener un debido proceso. Su decisión deberá informarse al Consejo Directivo,
quienes elevarán el dictamen a la Asamblea General Ordinaria de Socios.- En el
caso de no haber Comité del tribunal de honor, el Fiscal asumirá sus
funciones.-
LAS ELECCIONES –
CONVOCATORIA Y FECHA DE ELECCIONES
Artículo 28. Las funciones
del Comité Electoral están normadas en el Estatuto y su Reglamento.
Artículo 29. Del
Comité Electoral: Es un órgano autónomo en sus funciones, que se encarga de
organizar, conducir y controlar los procesos de elecciones, con transparencia y
justicia. Han sido propuestos y elegidos en la Asamblea General Extraordinaria
de socios del Club, convocado por el Presidente. Se encargan de elaborar su
propio reglamento electoral y sus decisiones son inapelables.
Artículo 30. El
padrón no podrá ser modificado y será la base única para el proceso electoral.-
Asimismo, recibirá del Consejo Directivo, la logística necesaria para el
solventar los gastos del proceso electoral.-
Artículo 31. De los
requisitos para postular.- Para ser candidato y elegido como miembro del
Consejo Directivo del Club, debe reunir los requisitos siguientes:
• Para Presidente, requiere tener
cinco (5) años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros
Padrones del Club.
• Para Fiscal, Secretario de Economía, Secretaria de Actas y Archivos se requiere tener tres (3) años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• Para los otros cargos se requiere tener dos años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• No tener antecedentes policiales, judiciales.
• Para Fiscal, Secretario de Economía, Secretaria de Actas y Archivos se requiere tener tres (3) años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• Para los otros cargos se requiere tener dos años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• No tener antecedentes policiales, judiciales.
Artículo 32. De las
Elecciones: El Comité Electoral aplicará correctamente y estrictamente lo
estipulado en el Estatuto-
Del proceso de las elecciones:
a) En caso de empate entre dos listas o más, se procederá a realizar las elecciones, también dentro de los siete días siguientes.
a) En caso de empate entre dos listas o más, se procederá a realizar las elecciones, también dentro de los siete días siguientes.
Artículo 33. El
Comité Electoral bajo responsabilidad, dentro de los tres días siguientes al
proceso electoral; entrega el resultado de las elecciones al Consejo Directivo
en ejercicio y credenciales correspondientes. Asimismo el informe documentado
de su gestión, acompañando el padrón de socios y el libro de actas del Comité
Electoral, utilizado durante el proceso de elecciones.
CAPITULO VII. DE LA
DISOLUCION.
Artículo 34. En
caso de disolución, la Comisión Liquidadora estará acompañada y supervisada por
el Consejo Directivo en ejercicio y una comisión de socios profesionales
elegidos en una Asamblea General.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Artículo 35. El
Consejo Directivo se hace responsable de la Administración de las Instalaciones
del Club. Está facultado en reglamentar los alquileres de sus ambientes, así
como normar las funciones del personal.
Artículo 36. El
Consejo Directivo está facultado para realizar contratos con empresas terceras
que den servicio a los eventos del Club. En las cláusulas de este convenio debe
fijarse las condiciones de uso y beneficios que el club tendrá durante la
vigencia de sus servicios.
Artículo 37. Con
relación al dinero que se destina a las Comisiones, si estas son considerables,
serán aprobadas por el Consejo Directivo hasta un tope máximo de 3 UIT. Si lo
supera, deberá ser aprobada por la Asamblea General Extraordinaria de Socios.
Artículo 38. Se
establece que el Club, asuma totalmente los gastos de la defensa legal, costas
y gastos judiciales diversos, hasta el término del proceso, por las denuncias
que pueda recibir el Consejo Directivo, de parte de socios y terceros y que no
tienen sustento y fundamento alguno.
Artículo 39. El
Club designará a dos delegados propuestos por el Consejo Directivo, ante la
solicitud de las Asociaciones de mayor jerarquía.
Artículo 40. Por
todo lo que no está previsto en el presente Reglamento rige el Estatuto, las
disposiciones del Código Civil sobre Asociaciones, Ley de Clubes
Departamentales, Provinciales y Distritales, La Constitución Política del país,
normas legales actuales y futuras y por la Asamblea General de Socios.
Artículo 41. De
acuerdo a las normas legales del código civil y tributario, nuestra Asociación
sin fines de lucro se encuentra inafectada al Impuesto a la Renta, Donaciones,
así como de otros impuestos vigentes y futuros.
Se aprueba en
asamblea del Consejo Directivo de fecha 10 de Abril de 2018 y se elevara a la
Asamblea General Extraordinaria de Socios para su conocimiento. Se entrega a
los socios un ejemplar. Publíquese, regístrese y aplicase el presente
Reglamento Interno del Estatuto del Club Piscobamba, a los 10 días del mes de
Abril de 2018.-
CONSEJO DIRECTIVO
FIRMA DEL PRESIDENTE Y DE TODO EL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO.
DEFINICION
Art. 1 – El presente Reglamento,
al amparo de las facultades conferidas por el Estatuto al Consejo Directivo,
presenta este documento que tiene por
objeto de controlar y normar la utilización de los salones de recepciones del
Club Piscobamba, así como de dar a conocer las obligaciones, derechos y
beneficios de los socios, y velar que el mismo, sea un lugar de sano esparcimiento, diversión e
integración de sus afiliados.
OBJETIVO.
Art. 2 – Definir los costos y
criterios para el alquiler de los salones, de acuerdo a las solicitudes tanto
de los socios como del público, según el tipo de actividad, el día de semana,
las oportunidades, el horario y las condiciones para su uso.
Art.3 – Buscar la rentabilidad
del uso de las instalaciones del Club, mediante un manejo responsable, honesto
y transparente de los directivos para su permanente progreso, conservación y
desarrollo.
Art.4 - Los
directivos, el personal involucrado en la administración del Club, deben
vigilar el buen manejo de los eventos, a fin de que se vigile el correcto uso
de las instalaciones, mobiliarios, enseres y maquinarias, así como el cumplimiento de los horarios que
se fije con los Clientes y/o Socios.
DE LAS CARACTERISTICAS DEL SOLICITANTE
Art. 5 – Solo los socios activos
que estén al día en sus cotizaciones, tendrán la prioridad y oportunidad en concesión
de los ambientes del Club para su alquiler, además deberán tener 2 años de
antigüedad como mínimo, para acceder al descuento del 50%
Art, 6 – Los barrios de
piscobamba, solicitaran el alquiler del
Local, mediante un documento por su representante legal, que a su vez deberá
tener como condición de socio hábil y activo del Club. Para tener derecho a un
descuento del 50%, estas instituciones
deberán tener un mínimo de cinco (5) asociados del Club Piscobamba, para
efectos de mantener este beneficio.- Las instituciones de los barrios de
Piscobamba, podrán alquilar solo para actividades inherentes a su institución,
incluidos festividades patronales.
Art. 7 – Las personas naturales y
Jurídicas, son aquellas que no son socios del Club piscobamba y por lo tanto se
le fija la tarifa de la siguiente forma:
·
Salón primer piso S/.1,800.00
·
Salón segundo piso S/.1,000.00
DEL TIPO DE ACTIVIDAD
Art.8- Los socios podrán alquiler
solo para sí mismo, estar al día en sus cotizaciones por lo menos 90 días de
anticipación a la firma del contrato.
TARIFA DIAS DE LA SEMANA
Art.9 – Se entiende días particulares
de la semana, la de lunes a jueves, no los
días de vísperas de feriados, feriados, viernes, sábados y domingos- En estos
días (de lunes a jueves) la tarifa para los socios y sus recomendados, estará
definida de la siguiente manera: SALON
PRIMER PISO – 25% de descuento, o sea pagaran el importe de S/.450.00 y PARA
EL SALON DEL SEGUNDO PISO. 25% de
descuento, o sea el importe de S/. 250.00.
Para los no socios el descuento
por ambos salones por estos días,
será del 50% de la tarifa de fines de semana, esto quiere
decir que para el primer piso pagarán S/.900.00 y para el segundo piso será el
importe de S/.500.00
Art.10- Los alquileres para velatorios, misas,
para los socios titulares será sin costo alguno (gratuito) siempre y cuando estén
en calidad de hábiles y al día en sus cotizaciones. Para los familiares
directos de los socios hábiles, el costo para el segundo piso será de 100 soles
por día y de S/.150 soles por día, por el ambiente del primer piso. El costo
para los NO SOCIOS del ambiente del primer piso será de S/.400.00 por día de
alquiler y el ambiente del segundo piso será de S/.200.00 por día.-En el caso
de las misas con fiesta, la tarifa para los asociados será del 50% del costo
que se cobra al público.
Art.11 – Para lo indicado en el
Art.10, se podrá alquiler los ambientes para los socios, siempre y cuando estén
libres los locales en los días de los fines de semana.
DE LAS OPORTUNIDADES
Art.12 – Los barrios de
Piscobamba a las tarifas establecidas y definidas, tendrán oportunidad alquilar
las instalaciones del Club, solo una vez al año con los beneficios
determinados. Para confirmar la reservación deberá de abonar el 50% de adelanto
del costo del alquiler en el momento de suscribir el contrato. Los no SOCIOS,
deberán cumplir también con esta disposición y una semana antes del evento la
cancelación total del Local.-
Art.13- Las agrupaciones como
clubes deportivos, grupos folclóricos, deportivos, comisiones de trabajo de los
barrios de piscobamba, podrán usar el local para sus reuniones previa solicitud
dirigido al Presidente del Club y podrán accederlo solamente de 3 a 4 horas por día y teniendo como fecha límite
de uso de las instalaciones a horas 10 pm- sin costo alguno.
Art.14 – Las concesiones
mensuales serán negociadas por los miembros de la Junta Directiva, buscando
siempre el bienestar y beneficio de la Institución. Para ello se deberá
suscribir un contrato de servicios, donde no se obligue la contratación de su
empresa, para los socios.-
DE LOS HORARIOS
Art.15- El alquiler de los
ambientes del Club, serán limitados de acuerdo a lo dispuesto por la
Municipalidad de los Olivos. A la fecha hay una ordenanza de limitar las
reniones sociales hasta las 3 am y los domingos hasta las 10 pm.
Art.16 – El uso de las bandas
musicales está permitido hasta las 6 de la tarde.
Art.17 – Según ordenanza
municipal, está prohibido en nuestras instalaciones el uso de juegos
pirotécnicos.
Art.18 – Para alquiler los
ambientes del Local del Club Piscobamba, el solicitante deberá cumplir con los
impuestos y obligaciones de Ley, como el de APDAYC, asi como el permiso a la
Municipalidad de los Olivos y deberá presentarse ante la Oficina de la
Secretaria del Club, una semana antes de la realización del evento. En el caso
de los eventos culturales, folclore, fiestas patronales que organiza el Club y
sus barrios, esta exonerada del pago de APDAYC.
Art.19 – Para los eventos, el
solicitante deberá de contratar por su cuenta y obligatoriamente personal de
seguridad, así como el proveedor que necesite para cubrir sus necesidades.
Art.20- El solicitante, previamente
entregará a la administración del Club Piscobamba, una garantía de S/.300.00 (trescientos
nuevos soles) por el primer piso y S/.200.00(doscientos nuevos soles) por el
segundo piso, para cubrir los gastos por daños y perjuicios que pueden presentarse
durante el evento. Los clientes se responsabilizan de todo lo que ocurra en el
horario alquilado.
DE LAS PROHIBICIONES
Art.21- Los socios que son sorprendidos,
alquilando los ambientes para terceras personas, ya no tendrán opción de
alquilar los locales del Club por dos años. Se le enviará una amonestación
escrita y de persistir con esta falta, se le sancionará con la suspensión definitiva
de alquilar los locales del Club. Por esta falta se le retendrá su garantía que
será destinado para el erario del Club.
Art.22- Los costos fijados en
este reglamento, no podrán ser variados por ningún cuerpo directivo del Club
Piscobamba. En caso de transgresión, el directivo podrá ser sometido a
investigación y se aplicara las medidas disciplinarias tal como lo establece el
estatuto. En cuanto al personal administrativo será considera como falta grave.
Art.23 – Los concesionarios del
Club deberán solicitar el permiso previo a la directiva, para dejar en custodia
sus enseres después del evento contratado. A partir del 02 de Enero del 2017, todo
proveedor de decoración, comidas, toldos, etc., deberá por cada actividad, abonar
una aportación de S/.-300.00 al club por el uso y beneficio de nuestras
instalaciones.- Igualmente el concesionario de Cerveza efectuará un aporte de
S/.100.00 por cada actividad que preste sus servicios en nuestras
instalaciones.-
Art.24 – Para el toldeado y
decoración, deberán realizarlo 24 horas antes de la fecha del evento. El
desarme de los toldos, se realizara una vez culminada la fiesta o en caso
contrario previa coordinación con la directiva, podrá realizarlo el día Lunes a
primera hora. Esta medida se aplica también para los concesionarios de bebidas,
equipo de sonido, etc.- De incumplir esta disposición pagará el importe de
S/.100.00 por cada día que esté en custodia sus enseres.
Art.25 – El alquiler del Equipo
de Sonido del Club está fijado en S/.220.00 que incluye el pago del Operador.
Art.26 – El alquiler de las
sillas del Club, para socios y no socios, está fijado en S/.1.00 por cada uno
de ellas.
Art.27- En las fechas de los
eventos programados, el espacio del estacionamiento debe ser exclusivo para los
clientes. De ello el personal de seguridad contratada para dicha fecha se
encargará de su cumplimiento.
FORMA DE PAGO:
Art.28- Los Clientes deberán de
abonar el pago respectivo, vía depósito a la cuenta de ahorros del Club, en el
Banco de Crédito del Perú, para ello la Secretaria le dará el número de cuenta.
El Cliente para suscribir el contrato respectivo, deberá presentar el voucher
de su depósito bancario. El incumplimiento de este articulo por el personal
administrativo, será sancionado con la destitución y si fuere un directivo será
sancionado de acuerdo al estatuto vigente.
Art.29.- El encargado del control de los eventos
(guardián o persona nominada), deberá tener copia del permiso municipal y del
contrato, para efectos de controlar la hora de inicio y de término.-
Art.30.- Los Artistas de
Piscobamba, tendrán un descuento del 50% de la tarifa del público, siempre y cuando
apoyen con sus presentaciones y sin costo alguno, en las actividades del Club Piscobamba ( almuerzo por aniversario de la provincia –
día de aniversario del club – fiesta patronal san pedro y san pablo – fiesta
patronal de la virgen de las mercedes e inauguración del campeonato deportivo
de inter barrios de piscobamba) De no ser así su tarifa será de S/.1,500.00 - Solo se autoriza eventos de única vez por
año.
DE LA ADMINISTRACION:
Art. 31 – La Presidencia, a través
de su secretaria del interior, remitirá a la Oficina de la Secretaria
administrativa, la información de los acuerdos de este reglamento para su
estricto cumplimiento y aplicación. De no ser así, será sometida a proceso
sancionador de la directiva.
Art.32.- La Secretaria deberá
coordinar con el Guardián, a efectos de que este enterado de las condiciones
del alquiler de los locales, horarios, así como del cumplimiento del pago del
alquiler, la garantía, permiso municipal y el pago de APDAYC si fuese el caso.
Se autoriza el inicio del evento siempre y cuando haya cumplido con todas estas
condiciones. Caso contrario no se dará el permiso para su fiesta.-
Art.33- La Secretaria debe
cumplir con el horario establecido. En caso de ausencia por motivos de fuerza
mayor deberá comunicarse con el Presidente o Secretario del Interior para
justificar su inasistencia y poder suplir su ausencia con otra persona en la
oficina. En el caso de ausencias de mas de un día, deberá notificarlo por
escrito.
Art. 34- La Secretaria debe
informar en las reuniones del consejo directivo, el detalle de las fechas
alquiladas de los locales de recepciones-
Art. 35 – Igualmente el tesorero,
deberá informar al consejo directivo, en el primer martes de cada mes, el
estado económico (INGRESOS, EGRESOS Y SALDO) del mes anterior.
Art. 36 – El tesorero podrá
manejar un efectivo de S/.2,000 soles mensuales como caja chica, a fin de
cubrir gastos de los servicios generales de la Institución.-
Art. 37 – El Fiscal se encargará
de controlar el REGISTRO DE OCURRENCIAS y ASISTENCIA DE VISITANTES que maneja
el guardián. Informando a la Asamblea del Consejo Directivo de alguna
ocurrencia importante para el Club si fuese el caso.-
DE LAS SANCIONES
Art.-38 – El socio que no haya
cotizado la mensualidad administrativa, de un año o más, perderá su condición
de afiliado. Para habilitarse nuevamente,
abonará el importe de inscripción de S/.250.00.-
Art. 39.- El socio que no asista
a una asamblea general, deberá de pagar una multa de S/.20.00
Art. 40.- El socio que no asista
a un acto de sufragio para elegir directivos, deberá pagar una multa de
S/.50.00
DE SUS APORTACIONES
Art. 41- A partir del 02 de Enero
del 2017, el monto de la cuota mensual administrativa será de S/.10.00
Art. 42.- A partir del 02 de Enero
del 2017, el monto de la inscripción para los nuevos asociados, será de
S/.250.00
BENEFICIOS
Art. 43 – A partir del 02 de
Enero del 2017, el socio titular, que esté al día en sus cotizaciones, tendrá
una ASIGNACION POR FALLECIMIENTO de S/.1,000. Este beneficio será cobrado por
su conyugue o hijos y para ello deberá consignar la documentación legal del
caso y estar registrados en el Libro Padrón de Socios del Club
Art. 44 – A partir del 2 de Enero
del 2017, el socio titular, que esté al dia en sus cotizaciones, tendrá una
ASIGNACION POR FALLECIMIENTO de S/.500.00 por el deceso de PADRES, CONYUGUE e
hijos de sangre.
Art. 45.- A partir del año 2017,
los socios hábiles que estén al día en
sus cotizaciones tendrán un paseo turístico gratuito.
Art. 46- Los asociados hábiles
que estén al día en sus cotizaciones, tendrá derecho a la canasta navideña
consistente en un paneton, un champán y un calendario.
Art. 47 – A los socios hábiles
que cumplan años, se les remitirá una tarjeta de saludo a su domicilio, por
redes sociales y vía emisoras de lima norte-
Art. 48 – A los socios hábiles
que consuman los productos en el futuro
bar/cocina del Club tendrán descuentos especiales.
DE LAS TARIFAS
Art. 33.- PRIMER PISO
NO SOCIOS S/.1,800.00
SOCIOS 900.00
ARTISTAS- 1,500.00 u S/. 900.00 (*)
BARRIOS DE PISCOBAMBA 900.00
DISTRITOS DE LA PROV. 1,800.00
LUNES A JUEVES - SOCIOS
450.00
LUNES A JUEVES -
NO SOCIOS
900.00
GARANTIA 300.00
Art.34.- SEGÚNDO PISO
NO SOCIOS S/.
1,000.00
SOCIOS 500.00
ARTISTAS 750.00
S/. 450.00 (*)
BARRIOS DE PISCOBAMBA
450.00
DISTRITOS DE LA PROVINCIA 1,000.00
LUNES A JUEVES – SOCIOS 225.00
LUNES A JUEVES – NO SOCIOS 500.00
GARANTIA 200.00
Para dejar constancia de su aprobación, así como dar de
conocimiento de los alcances de este Reglamento, suscribimos, la Comisión
elaboradora del Reglamento Administrativo del Club Piscobamba, a los 20 días
del mes de Octubre del 2016.-
(*) Significa que se considera este importe siempre y
cuando cumpla con colaborar sin costo alguno en las 5 actividades que organiza
el Club Piscobamba-
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