GESTION DE JUSTO PONTE CRUZ EN EL CLUB PISCOBAMBA


GESTIÓN DE JUSTO PONTE CRUZ EN EL CLUB PISCOBAMBA COMO SECRETARIO DE ACTAS Y ARCHIVOS. 2016- 2018

PRESIDENTE - PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE




PRESENTACIÓN

Estimados(as) asociados(as):

Antes de iniciar este informe memoria bianual de mi gestión, periodo del 5 de junio de 2016 al 04 de junio 2018, deseo transmitirle a nombre mío y de mi Consejo Directivo, el agradecimiento por confiar en mi persona. Asimismo, agradecer a mis padres EPIFANIO OCAÑA VIA y MARIA VALVERDE MORA, por haberme formado en valores, para no robar ni mentir. Igualmente agradecer a los 92 asociados que apostaron por nosotros y apoyaron en el conducir de esta gestión.

Mi mayor fortaleza en el año de las bodas de oro de nuestro Club y para lograr los trabajos en estos dos años de dura tarea.  ha sido la lealtad, la perseverancia y el trabajo en equipo de mi Consejo Directivo, a quienes les doy mi sincero agradecimiento y reconocimiento público. Desde el inicio de nuestra gestión pareciera que no he sido del agrado de algunos socios, quienes nos dieron la espalda en las principales actividades realizadas. 

Recordarles que los hombres pasamos y todos nos debemos al Club Piscobamba sin importar quien esté en el consejo directivo de turno. -

Uno de los principales logros conseguidos, luego de más de 50 años de vida institucional es la confección y aprobación del nuevo ESTATUTO, herramienta legal y guía importante para seguir mejorando como institución y socio(a). Otra obra de beneficio para el Club es el techo parabólico valorizado en S/.51, 500 soles, que dará protección y sombra al patio del primer piso, beneficiando a los socios y clientes que hacen sus actividades sociales. -

Como todo ser humano, estamos susceptibles a cometer errores, pero creo que las buenas tareas lo han superado en creces. En las páginas siguientes les daré la información detallada de las principales tareas realizadas, siempre pensando en la mejora del Club.

                                                    Lima, 4 de junio de 2018.            

PABLO R. OCAÑA VALVERDE.            



INICIO Y TERMINO DE LA GESTIÓN

El Consejo Directivo anterior nos entrega los cargos después de la juramentación de nuestro consejo y asumimos la responsabilidad un 8 de junio de 2016. Nosotros entregamos al nuevo Consejo Directivo la transferencia un sábado 2 de junio de 2018 en clara muestra de transparencia y siempre con el ánimo de colaborar en la gestión de ellos. -

VISIÓN Y MISIÓN:

Recomendamos por el bienestar de la Institución, que los modelos de gestión sean uniformes y logremos en el futuro con la participación de los socios, confeccionar y aprobar un ÚNICO SISTEMA DE GESTIÓN para que sea guía de lo que deseamos en el futuro para el Club. El propósito de este documento, es que sea una herramienta de hoja de ruta para todas las gestiones venideras. Actualmente estamos ubicados en una zona comercial y estratégica para seguir creciendo. Debemos estar preparados en manejo gerencial e  institucional los directivos,  para asumir los nuevos retos y desafíos que exige la competitividad, la modernidad y el mundo globalizado. Asimismo reiterar la necesidad que el propósito principal de nuestro Club, sea de promover y afianzar la unidad y solidaridad de la familia piscobambina, dándole los espacios de esparcimiento y servicios que todos nos merecemos.

CONSEJO DIRECTIVO - 2016- 2018 - Acorde con el nuevo estatuto.

Presidente                                                         Pablo Rómulo Ocaña Valverde
Vicepresidente                                                   Hermenegildo Trujillo Agüero        
Secretario de Actas y Archivo                            Justo Ponte Cruz                           
Sub Secretario de Actas y Archivo                    Jorge Campomanes Apolinario
Secretario de Economía                                    Mesías David Alzamora Manrique
Sub-secretario de Economía                             Eloy Antonio Egusquiza Valverde
Fiscal                                                                  Emiliano Pedro Vargas López
Secretario de Cultura y Turismo                         Luis A. Limas Matta
Secretario de Relaciones Institucionales           Feliciano Apolinario Espíritu
Secretario de Prensa e Imagen Institucional     Oswaldo Cárdenas Apestegui
Secretario de Asistencia Social                          Octavia Vidal de Blas
Secretario de Deportes y Juventudes                Luis Edgardo Valverde Manrique
Vocal                                                                   Emiliano Pastor Neyra.




COMO RECIBIMOS EL CARGO



a)    LA ECONOMÍA. -

Caja Bancos al 31 de mayo 2016                                                       S/. 21,916.84
Gastos originados del 1 al 5 de junio 2016                                         S/.   4,131.10

Saldo de Caja al 6 de junio de 2016                                                   S/.17.785.74

SE COMPONE O SE DISTRIBUYE EN:

A)   Saldo dejado de la directiva de Abraham Lostaunau             S/. 10,839.66
B)   Saldo positivo dejado por Horacio La Torre                            S/.  6,946.08
          Saldo de Caja al 6 de junio de 2016                                    S/. 17,785.74

En su informe contable, la gestión anterior indica como activo corriente el concepto de cuentas por cobrar diversas y que corresponde a S/.4,000 soles que estuvo de garantía en poder de la Asociación de Musga, por el campeonato inter anexos y que fuera devuelta recién el año pasado.

Asimismo, según el balance económico de la gestión anterior, informan que, al 31 de mayo de 2016, el total de ingresos fue de S/. 237,635.60 y en cuanto al total de egreso fue el importe de S/. 226,558.42 más los gastos del 1 de junio al 5 de junio 2016 de S/. 4,131.10 suman un total de egresos de S/. 230,689.52. -

En conclusión, si restamos el ingreso menos el egreso, la utilidad real generada por la gestión anterior (MANUEL HORACIO LA TORRE NEYRA) fue de S/. 6,946.08.

No nos gustan las comparaciones, pero es necesario escribirlo para aclarar y sacar sus propias conclusiones. 

La única obra visible y de utilidad fue el tanque cisterna subterráneo y su moto bomba que equivale a S/.10, 029.30. El resto de los gastos está distribuido en un aporte de S/. 18,252.00 dado a la comisión de ex Presidentes, dirigida por Paulino Julca, para la celebración de las bodas de oro del Club, pago al abogado asesor de S/. 9,498.82, trámites documentarios y otros propios del mantenimiento de nuestro Local.

b)   ACTIVIDADES OFICIALES DEL CLUB




En el mes de junio 2016,  la gestión de HORACIO LA TORRE, nos dejaron sin programa y sin prioste para realizar las actividades de San Pedro y San Pablo, así como de la Virgen de las Mercedes.  Asumimos estas responsabilidades con éxito en el 2016 y 2017 sin pensar en generar utilidades, solo con el propósito de cumplir con la programación obligatoria de las actividades oficiales del Club y por mantener latente nuestras costumbres y tradiciones religiosas. - Así lo establece también el estatuto.
  
c)    DECLARATORIA DE FABRICA

Se continuó la gestión iniciada en tres directivas anteriores. Logrando culminarlo con éxito en nuestra gestión. Gracias también al apoyo del ex presidente Horacio La Torre.
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d)   ASUNTOS LEGALES

Nos dejó la gestión anterior (HORACIO LA TORRE – ex PRESIDENTE) el proceso judicial contra el inquilino precario AMANCIO NORABUENA ZACARIAS y que luego de más de dos años parece que en Julio o agosto 2018, saldrá la sentencia en primera instancia su desalojo. Tuvimos dos denuncias ante la fiscalía con supuestas denuncias falsas de este señor Norabuena.  El gasto pagado por honorarios al abogado en nuestra gestión fue de S/. 2,485.00

Asimismo, nos dejaron la imposición de multa de SUNAFIL- Ministerio de Trabajo por supuestas omisiones y derechos laborales equivalente a S/. 127,000.00. -

DETALLE DE LOS TRABAJOS Y LOGROS CONSEGUIDOS:

INDICE.

1.    PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL DE GESTIÓN
2.    MANUAL Y GUÍA DE ARCHIVOS DOCUMENTARIOS DEL CLUB
3.    DIGITALIZACION EN LA PC DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS SOCIOS
4.    DIGITALIZACION EN LA PC DE LAS COTIZACIONES Y DONACIONES
5.    ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL NUEVO ESTATUTO
6.    ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO DEL ESTATUTO
7.    ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE USO DE LOS SALONES DE RECEPCIONES
8.    REGISTRO DE NUESTRO CLUB EN LA GERENCIA DE PARTICIPACIÓN VECINAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS,
9.    REINVIDICACION DEL VERDADERO NOMBRE DEL PARQUE DE CAJAMARCA A MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA,
10. MINISTERIO TRABAJO - MULTA DE 127,000
11. DECLARATORIA DE FABRICA
12. PROCESO JUDICIAL DE DESALOJO DEL INQUILINO PRECARIO
13. ENCHAPADO CON CERAMICO DEL FRONTIS DEL CLUB
14. PROYECTOS SANEAMIENTO CIUDAD DE PISCOBAMBA
15. CARRETERA LONGITUDINAL DE CONCHUCOS
16. GESTION ANTE EL MINISTERIO DEL INTERIOR- PROSTITUCIÓN
17. REGISTRO DIARIO DE VISITANTES AL CLUB
18. COMPRA DE VENTILADORES PARA EL SEGUNDO PISO
19. CAMBIO NUMERACION DEL CLUB
20. CHIMAYCHE
21. ACTIVIDAD CULTURAL POR PRESENTACION DE REVISTA BODAS DE ORO DEL CLUB Y NATALICIO DE MARISCAL LUZURIAGA
22. PUBLICACIÓN DE SALUDOS DE ONOMÁSTICOS
23. PINTADO DE TODO EL LOCAL INTERNO DEL CLUB
24. CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ACTIVIDADES OFICIALES DEL CLUB
25. TECHO PARABÓLICO PARA EL PRIMER PISO
26. SOCIOS VITALICIOS

DESARROLLO DEL INDICE DE LOGROS Y TRABAJOS REALIZADOS

1-PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL. -



Al iniciar nuestra gestión, nos reunimos todo el Consejo Directivo y comenzamos a debatir y aportar con una lluvia de ideas, que el Secretario de Actas y archivos anotó para preparar e insertarlo en el instrumento de guía de gestión de los dos años y que nos serviría de hoja de ruta para realizar las actividades a desarrollar.

Era necesario que todos tengamos un concepto claro y objetivo de como teníamos que buscar las mejoras que la institución necesitaba. La planificación es un primer paso importante para ello. No era nada fácil debido a que éramos un grupo heterogéneo de personas con distintas experiencias y teníamos que concatenar pensamientos para lograr el consolidado. El Presidente en su campaña electoral consideró como plan de trabajo principal el techado del tercer piso cuyo valor en ese entonces a todo costo equivalía a S/. 60,000 aproximadamente. Posteriormente por recomendación técnica de dos profesionales, era inviable cumplir con esta promesa; el cual fue informado en Asamblea de Socios del mes de diciembre de 2017.-

2-MANUAL DE ARCHIVOS DOCUMENTARIOS DEL CLUB



El Sistema de Archivos es la piedra angular de la actuación administrativa de la institución y que se conserva históricamente y cronológicamente para la toma de decisiones, apoyo en la tramitación y una mejor eficiencia en el cumplimiento de las funciones y objetivos del Estatuto, su Reglamento y acuerdos de Asamblea General de socios.

Al empezar la gestión de nuestro Consejo Directivo, existían solo cuatro archivadores de palanca donde contenía todos los ítems y encontramos diferentes documentos sueltos en folders. En tal sentido para darle más dinamismo a la ubicación inmediata de los documentos hemos dejado al consejo directivo siguiente este importante manual y ordenado la documentación en ítems importantes que se maneja habitualmente:

1.    DOCUMENTOS RECIBIDOS
2.    DOCUMENTOS ENVIADOS
3.    SUNARP /REGISTROS PÚBLICOS- Notarias.
4.    SUNAT
5.    SOCIOS NUEVOS /VITALICIOS NUEVOS
6.    CULTURA- Proyectos – Programas y oficios - Secretaria Cultura
7.    ESTATUTOS – Reglamento del estatuto y de uso de los salones
8.    CONTRATOS – Suscritos con terceros.
9.    MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
10. INDECI –Defensa Civil.
11. DECLARATORIA DE FABRICA
12. PODER JUDICIAL- Expedientes de Juicios -Poder Judicial- Fiscalía- Policial – Laboral
13. PROGRAMAS EVENTOS- MODELOS
14. COMITÉ ELECTORAL
15. APORTES ADMINISTRATIVOS- Reportes de registro histórico de los socios.
16. PRESUPUESTOS – PLAN DE INVERSIONES
17. TESORERIA -Documentación de ingresos y egresos – sec. De economía
18. SECRETARIA DE DEPORTES
19. PROCESOS ADMINISTRATIVOS- FISCAL-TRIBUNAL DE HONOR

Hay que buscar un espacio con anaqueles para el archivo histórico de toda la documentación y libros de todas las gestiones. -

Se espera en el futuro la digitalización de todos los documentos importante del club.

3-DIGITALIZACION EN LA PC DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS SOCIOS



De los tres libros padrones legalizados que contamos hemos dejado registrado en el programa Excel, toda la información relacionada al socio, como apellidos y nombres, el número de libro donde figura su registro, el número de socio asignado, DNI, número de teléfono fijo, celular, procedencia de nacimiento, fecha de nacimiento, fecha de afiliación, dirección domiciliaria, si es socio hábil, si tiene registro en Facebook. -

Se espera en el futuro contar con software para registrar la actividad histórica de cada socio(a).

4.-DIGITALIZACION EN LA PC DE LAS COTIZACIONES Y DONACIONES

De la información que maneja manualmente el Secretario de Economía, el Secretario de Actas y Archivos, de la información encontrada ha digitalizado en hoja Excel el registro histórico de aportaciones administrativas por cada socio, desde el año 1998 hasta el 2018. Ahora con el nuevo estatuto debemos llevar el control de años de aportaciones, así como también para la verificación de los requisitos que establece el estatuto para ser candidato a la Presidencia, Fiscal, Sec. De Economía y el de Actas y Archivos, así como socios vitalicios. De igual manera en el Excel se cuenta con el registro de todos los socios que contribuyeron con sus donaciones a la compra del terreno, contribuciones a Piscobamba y el mejoramiento de nuestro local. -

Se espera en el futuro contar con software para registrar la actividad histórica de cada socio(a).

5.- NUEVO ESTATUTO



En el plan estratégico de gestión se planificó la confección y aprobación de un nuevo estatuto para la institución. Para ello el Consejo Directivo acuerda en su asamblea nombrar una comisión de redacción, integrada por (5) cinco directivos (Pedro Vargas López, Justo Ponte Cruz, Jorge Campomanes Apolinario, Emiliano Pastor y Mesías D. Alzamora M.)  

Luego la Asamblea General de Asociados, nombra una comisión revisora integrada por (5) cinco socios (Julio O. Domínguez Jara, Miguel Neyra Rojas, Javier J. Neyra Valverde y Amadeo León M.). Un 16 de Julio de 2017 en Asamblea Extraordinaria de Socios con el quórum reglamentario en una fecha histórica y luego de más de 51 años se aprueba el nuevo estatuto de la Asociación.

El Consejo Directivo, nombra la comisión revisora de la redacción gramatical integrado por los señores Julio O. Domínguez Jara y Javier Justo Neyra Valverde y actuando de Secretario el Sr. Justo Ponte Cruz. –

Posteriormente se eleva a Registros Públicos y sale observado algunos artículos del estatuto lo cual fue subsanado por un profesional en derecho.
Un 2 de marzo de 2018 se concreta su aprobación y registro de Sunarp.
                                                                      

6.- REGLAMENTO DEL ESTATUTO. -

En cumplimiento de lo establecido en el Art.91 del estatuto, donde fija que dentro de los 60 días de su aprobación debe confeccionarse su reglamento y al no fijarse en este documento los mecanismos de su redacción y aprobación, el Consejo Directivo cumple con realizarlo y aprobarlo en su sesión del 10 de abril de 2018. Esta insertado en el Libro de Actas del Consejo Directivo folios 309 al 314. Se publicó por las redes sociales, correo, vitrina del club y se hizo entrega de un ejemplar al presidente del comité electoral.



7.-ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE USO DE SUS INSTALACIONES

Al iniciar nuestra gestión se revisó el anterior donde solo otorgaban un 30% de descuento a los socios. Tomamos la decisión de rebajar el costo de alquileres para los socios – barrios y darles el beneficio del descuento del 50%. Para los no clientes se elevó el primer piso a 1,800 soles y el segundo piso a 1,000 soles. - También se registró normas y un manual de funciones del personal para la operatividad de las actividades. -

8.- REGISTRO DE NUESTRO CLUB EN LA GERENCIA DE PARTICIPACION VECINAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS


Por vez primera, decidimos ser parte de las organizaciones vecinales del Distrito e hicimos el trámite documentario para ser considerado como tal. Contamos ya con la resolución municipal y cada nuevo consejo directivo deberá renovarlo. Es una de las primeras acciones para buscar la exoneración del impuesto predial acorde con la Ley de Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales. –

9.- REINVIDICACION DEL VERDADERO NOMBRE DEL PARQUE QUE COLINDA CON NUESTRO CLUB – DE CAJAMARCA A MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA

Esta gestión, desde el inicio de su mandato, tramitó ante el Concejo de los Olivos, la rectificación del nombre del parque que se encuentra a lado de nuestras instalaciones. Se adjuntó la resolución de la Municipalidad de Lima (gracias al trámite del finado RICARDO MURGA en el año 1980).
La Gerencia de Catastro en el mes de Agosto del 2016, emitió un documento dando la razón al Club Piscobamba, pero no se hizo efectivo en sus sistemas ni tampoco retiraron el letrero de parque Cajamarca—En un martes del 31 de Octubre de 2017 por decisión del CONSEJO MUNICIPAL, deciden aplicar el cambio en sus sistemas y un 4 de mayo 2018 nuestro Consejo Directivo retira el letrero antiguo y colocan uno nuevo con el nombre correcto de  PARQUE MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA, siendo los padrinos de este acto la socia Lidia A. Cárdenas Apestegui y su esposo.-

10.-ANULACION DE LA MULTA DE S/.127, 000 SOLES - IMPUESTA POR SUNAFIL (MINISTERIO DE TRABAJO)

Recibimos este proceso laboral e inmediatamente hicimos la gestión ante las autoridades de SUNAFIL, hablando primero en la gestión de Humala, con el ex Ministro Daniel Maurate Romero, quien nos derivó ante un gerente de SUNAFIL. En el periodo del presidente PPK con el abogado del Club se remitió sendos escritos solicitando nulidad de la multa por carecer de sustento y falta a la verdad. No habíamos cometido infracciones laborales porque no teníamos personal subordinado y que la secretaria CARMEN ASENCIOS, era socia y directivo a la vez. Anteriormente presentó su declaración jurada desmintiendo que era trabajadora del Club. En el año 2017 SUNAFIL emite la resolución ministerial, ordenando su archivamiento y anulación de la imposición de multa de 127,000 soles; y que fue realmente un gran ahorro para la economía del club.-. 

11.-DECLARATORIA DE FÁBRICA

Este importante documento que consolidad nuestra propiedad, fue iniciada en las tres gestiones anteriores a la nuestra. Gracias al apoyo del ex presidente M. Horacio la Torre, Arquitecto David Estrada, quien conjuntamente con el presidente Pablo R. Ocaña, logran el registro y aprobación de Sunarp en el mes de ENERO 2017. A nuestra gestión le costó cubrir un gasto de S/. 2,226.00.-.

12.- CONTINUAR CON EL PROCESO JUDICIAL DE DESALOJO DEL INQUILINO PRECARIO.

Durante nuestra gestión este señor con argumentos falsos y expedientes de más de 500 folios ha estado entrampando el proceso a fin de dilatar su desalojo. Incluso ha recusado a la jueza por supuesta parcialización con el demandante. Lo cual es falso y se ha hecho acreedor a multas hasta en dos ocasiones. En este año el club decide en contratar al Dr. Néstor Sifuentes Domínguez quien a través de escritos y conversaciones con la jueza nos ha manifestado que en el mes de Julio o agosto 2018 debe salir la sentencia de desalojo en primera instancia.

Se recomienda al nuevo Consejo Directivo, no renegociar su salida del club porque es un tema judicializado.

13.-ENCHAPADO CON CERÁMICO DEL FRONTIS DEL CLUB




Ante el advenimiento de la fiesta patronal de San Pedro y San Pablo del año 2016, decidimos con recursos propios la mejora de la fachada de la puerta principal del primer piso con un cerámico presentable. -

14.-PROYECTOS DE DESARROLLO DE PISCOBAMBA- SANEAMIENTO

Un domingo por la mañana del mes de agosto 2017 en nuestras instalaciones, exigimos al Alcalde que se priorice para la ciudad de piscobamba el proyecto de contar con agua potable y su desagüe acorde con la modernidad actual. En diciembre 2017 presenta la Municipalidad Provincial el proyecto ante PROGRAMA DE PNSU- PRESET DEL MINISTERIO DE VIVIENDA – SEDE HUARAZ.CODIGO SNIP 273767 HOJA DE TRAMITE- Este proyecto fue observada y se regresa a Piscobamba para el levantamiento de corrección. En este año 2018 en el mes de Abril, nos informa el Alcalde que ya fue levantada las observaciones y ha sido derivada a Huaraz para su aprobación y se va a direccionar hacia la oficina principal de Lima de PRESET. -
Esperamos que el nuevo CONSEJO DIRECTIVO, le haga el seguimiento respectivo a fin de que para el año 2019 sea considerada en el presupuesto y su ejecución.

15.- CARRETERA LONGITUDINAL DE CONCHUCOS – HUARI A SIHUAS

En el mes de Julio 2016 nuestra institución envía un oficio felicitando al nuevo Presidente de la República PPK y a su vez pide la ejecución de la Ley 30092 del 13 de octubre de 2013, que determina de necesidad pública nacional la construcción y pavimentación de la carretera longitudinal de conchucos – de Huari – Fiscarrald, Mariscal Luzuriaga, Pomabamba hasta la Provincia de Sihuas. A raíz de este documento, nos derivan de palacio de gobierno al Ministro de Transportes de ese entonces MARTIN VIZCARRA y nos dan cobertura de atención hasta en dos oportunidades con sus principales asesores. Ellos nos manifiestan que el Gobierno anterior, a través de PROVIAS, ha dejado aprobado un presupuesto de 300 millones de soles para el mejoramiento y conservación de esta vía por cinco años y no hay más presupuestos para estas provincias. Se recurre al Congreso de la Republica al Presidente de la Comisión de Transportes y tampoco hubo atención de nuestros reclamos.  

El día SABADO 5 de Noviembre del 2016, a horas 17.00, en las instalaciones del Club Piscobamba, actuando como secretario  el Sr. Justo Ponte,  con la presencia de los Alcaldes de Llumpa, ROSAS FLORES ANTONIO, del distrito de FIDEL OLIVAS ESCUDERO, Lic. Alex Mancicidor Pasco, del Alcalde de Chacas y director de la Mancomunidad de Alcalde de Conchucos, el Lic. ELIAS QUIROZ AGUIRRE, del Sub Prefecto Provincial Sr. ISIDORO MARCELINO VILLACORTA COTILLO, regidores, del Presidente del Club Piscobamba, PABLO OCAÑA VALVERDE, del Presidente de FEDILUZ, Adán Ocaña Domínguez, del Presidente de la FEPIP Don David Ambrosio Dámaso, directivos de estas tres instituciones, así como directivos de las instituciones distritales residentes en Lima se llegaron a constituir la PLATAFORMA colegiada de desarrollo de las Provincias Conchucanas, cuyos acuerdos están fijadas en el acta e  insertada en el Libro de Actas que obra en los archivos del Club Piscobamba.- Se realizaron diferentes gestiones con las tres instituciones y se dejó bien en claro que el gasto del mantenimiento era solo paliativo y una inversión sin futuro para nuestros pueblos.-
Esperamos que el siguiente consejo directivo asuma esta tarea y logremos algún día tener una carretera digna, segura y pavimentada de dos vías que desarrollará el progreso integral de nuestra Provincia.

16.- ERRADICACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN CALLEJERA EN LOS OLIVOS

Cuando asumimos nuestra gestión notamos que, en horas de la noche, la calle Salaverry y nuestra frontera eran invadidas por féminas callejeras que ofrecen sexo en la calle. Ello era perjudicial para nuestra institución y para la vecindad. Se cursó oficios a la Municipalidad, a la Comisaria sol de oro y fue en vano. Hacían operativos de erradicación por algunos días y aparecían nuevamente estas chicas. Se ha cursado con fecha 14 de noviembre de 2017 un Oficio al Ministerio del Interior, solicitando su intervención con sus agentes de inteligencia a fin de ubicar y capturar a los proxenetas que hacen trabajar a las prostitutas. No hubo resultados y vemos como han proliferado las trabajadoras sexuales, originando un gran daño de prestigio e imagen al Club y como consecuencia, disminuye la demanda de alquileres de nuestros salones de recepciones.






17.- REGISTRO DIARIO DE VISITANTES AL CLUB

Apenas empezamos la gestión, decidimos en aperturar un registro de visitantes a nuestras instalaciones a fin de que cada martes en sesión de consejo estemos enterados de las ocurrencias más importantes de la semana. De igual manera para salvaguardar los enseres de la institución. Este trabajo está a cargo del guardián y es supervisado por el Fiscal. -

18.-COMPRA DE VENTILADORES PARA EL SEGUNDO PISO

Notamos que en época de verano hubo quejas de los clientes por el calor intenso e insoportable que se sentía en el salón del segundo piso. Por ello decidimos comprar un ventilador industrial y dos ventiladores normales, lo cual no cubre la demanda de ventilación y aire.  Se sugiere al nuevo consejo directivo comprar un aire acondicionado.
Asimismo se compró una escalera de seis metros con soporte de fierro y madera. Se recomienda al nuevo Consejo Directivo instalar aire acondicionado.

19.- CAMBIO DE NUMERACION DE LA PROPIEDAD

A solicitud de la nomenclatura municipal de la propiedad de la jueza que ve el tema del desalojo del inquilino precario, nos acercamos a la Municipalidad de los Olivos y fue una sorpresa que el Nro. 3545 asignado casi toda una vida institucional no existía en el catastro del distrito. Estaba con el 3501 la entrada principal. Por ello solicitamos que nos den la información correcta domiciliaria y nos confirmaron que efectivamente la puerta principal es Jr. C. Salaverry 3501, la del segundo piso Jr. C. Salaverry 3525 y de la Calle Maldonado era 225.- Se hizo las modificaciones en la cuponera municipal, recibos de agua y luz. No se pudo en lo del teléfono cable, por estar a nombre de Manuel Egusquiza Olivas.

20-CHIMAYCHE

EL Sec. De Cultura Luis A.Limas, presenta un proyecto para solicitar a la Municipalidad de Casca que expida una resolución declarando al género musical del chimayche como patrimonio cultural de Vilcabamba, distrito de Casca, Provincia Mariscal Luzuriaga, Región Ancash.- Viaja a la Sierra y no encuentra apoyo del alcalde Francisco Flores, quien con evasivas dice que ha consultado al Ministerio de Cultura de Huaraz y está esperando los resultados. El Sr. Limas viaja a Huaraz y le manifiestan que no hay ninguna consulta de Casca. Los directivos Emiliano Pastor y Octavia Vidal de Blas viajan también para entrevistarse con el Alcalde de Casca y Piscobamba y tampoco hay eco de apoyo. Por lo que ha quedado solo en proyecto de Lima. Esperamos que el siguiente secretario de cultura del club asuma esta tarea y logremos algún día el reconocimiento cultural del genero chimayche.-




21.-ACTIVIDAD CULTURAL POR NATALICIO DE MARISCAL LUZURIAGA



El Consejo Directivo decide en realizar esta actividad cultural un 16 de abril de 2017, a fin de resaltar el aniversario del natalicio del insigne huaracino MARISCAL TORIBIO DE LUZURIAGA Y MEJIA, en honor a que nuestra provincia lleva su grado y apellido. Contamos con el apoyo de la Asociación de Escritores Ancashinos bajo la presidencia del Dr. JULIO VILLANUEVA SOTOMAYOR.  Tuvimos acogida de los socios y el secretario de actas colaboró con su grupo musical para los intermedios. -

22.-SALUDOS DE ONOMÁSTICOS



Por vez primera en la historia del Club, decidimos hacerlo oficial y encargamos a un responsable para que diariamente emita los saludos institucionales a los socios que cumplen años a través del Facebook y en una emisora de los viernes del programa que se emite por RADIO INDEPENDENCIA AM 1550 de 11 a 1 pm y que esta conducido y dirigido por el socio Sr. Justo Ponte Cruz, sin costo alguno para el Club. -

23. PINTADO DEL LOCAL



En el año 2017 se realiza la remodelación del tarrajeo, curación de salitres y el pintado de todo el local interno del primer piso y fachada interna del segundo piso. La pintura es satinada. Se observa que al lijar hay desprendimiento del tarrajeo porque el cemento es pobre en consistencia. Se saca los espejos del salón del primer piso por estar deteriorados y toda vez que cuando hay eventos lo tapan. Además los espejos en lugares públicos están prohibidos por el tema de defensa civil. Se gastó algo de 4,000 soles entre el pago de mano de obra y la pintura. En el balance de la gestión anterior se observa por el pintado del local algo de S/.16,880.00-

24.- CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS ACTIVIDADES OFICIALES DEL CLUB

Se ha cumplido con éxito los eventos oficiales culturales, deportivos y folclore, programado y organizado por el consejo directivo:
1.-Aniversario de la Provincia- 2017-2018
2.-Homenaje a Mama – 2017-2018
3.- Aniversario del Club – 2017-2018
4.- Homenaje a Papa – 2016-2017
5.- Fiesta de San Pedro San Pablo (2016-2017)
6.- Virgen de las Mercedes (2016)
7.- Campeonato inter barrios (2016-2017)
8.- Fiesta Navideña (2016-2017) con show infantil con entrega de más de 100 regalos para los niños, pastorcillos, chocolatada y obsequios para niños y socios. Se cumplió con entregar panetones de calidad, chocolate y leche para cada socio hábil.-
(nota… poner fotos de cada evento)













25.- TECHO PARABÓLICO PARA EL PATIO DEL PRIMER PISO DEL CLUB.





Luego de más de 30 años el patio del salón del primer piso, consientes de que era indispensable mejorar este ambiente sin techo, EL CONSEJO DIRECTIVO UNÁNIMEMENTE, decide hacer la construcción de 350 mt2, con un moderno techo parabólico de una altura de 12 metros, valorizado en S/. 51,500 soles,  que se encuentra ya instalado y ha sido de buen agrado de todos los usuarios, menos de un pequeño grupo de asociados. Un beneficio importante para la institución, porque nos dará, protección del sol, de las lluvias y que beneficiaran principalmente a los clientes y socios que utilizan este ambiente. Para decidir esta obra se hizo una convocatoria de tres empresas en aras de transparencia


Con esta obra emblemática, los Clientes y asociados,  se ahorrarán la instalación de toldos y sobre todo evitaremos el desgaste de las cerámicas del piso por la plantación de los fierros. - Obra necesaria y de urgencia que se construye, ante la exigencia verbal del Alcalde Lic. Pedro Del Rosario Ramírez, que se reunió con los vecinos, hasta en dos oportunidades en nuestro  Local, para  tratar el tema de la bulla intensa y la prostitución. 

El Consejo Directivo tomó en cuenta la recomendación del burgomaestre el de solucionar y atender el reclamo vecinal por el tema de  la  bulla intensa que los afecta en su tranquilidad y salud. Hoy ha disminuido sustancialmente el ruido, pero se recomienda al nuevo Consejo Directivo en seguir mejorando el sistema acústico para que la bulla sea cero decibeles. -

Se ejecuta este trabajo según las atribuciones por mi calidad de Presidente, toda vez que en el estatuto anterior se señala que puedo autorizar gastos del Club hasta el límite que faculta la Asamblea General o Junta Directiva, en este último caso con cargo a dar cuenta al organismo máximo, así mismo responsabilizarme de todo movimiento económico del Club. Recordarles que mi plan de trabajo de techar el tercer piso tenía un costo aproximado de 60,000 soles y que fuera aprobado en Asamblea de asociados.- 

Se programó la asamblea extraordinaria para informar la decisión de hacer la obra, pero los socios PAULINO JULCA CRUZ, ELIAS OCAÑA OCAÑA y otros,  por dos horas antes del inicio del debate de la agenda se encargaron de boicotear el proceso de la asamblea, argumentando que un acta de diciembre de 2017 estaba mal elaborado por el sub secretario JORGE CAMPOMANES. Pretendían imponer al consejo directivo el nombramiento de  una comisión de socios para la redacción del acta, lo cual es realmente aberrante y una flagrante usurpación de funciones. 

En mi calidad de Presidente suspendí la asamblea por falta de garantías y por infracciones contra el estatuto. El acta de la suspensión esta insertada en el Libro de Asambleas Generales de Socios. -

El contrato con la empresa constructora, se firmó un 24 de febrero de 2018 y fue aprobada por todo el Consejo Directivo según consta en el acta de su asamblea. El contrato y planos esta en el archivo del Club Piscobamba.


Lamentablemente hubo algunos asociados, como MANUEL HORACIO LA TORRE NEYRA, PAULINO JULCA CRUZ, JULIO ORLANDO DOMINGUEZ JARA, MIGUEL NEYRA ROJAS, AMADEO LEON MARTINEZ, ELIAS OCAÑA OCAÑA, ELVA VIDAL RAMIREZ DE MATA,  que se opusieron abiertamente a esta obra emblemática y de beneficio para el club.  Informaron por escrito a la Municipalidad con fecha 9 de abril de 2018 (EXPEDIENTE e-1050618) solicitando la paralización inmediata de la construcción y acusarnos de que carecíamos de autorización municipal. ASOCIADOS en contra de su Institución....de ripley.

Producto de esta denuncia de los socios mencionados, se apersonaron personal de fiscalización y nos imponieron una multa sin asidero legal . Está en proceso de nulidad esta multa de 28,703.15 soles y que es tarea  del nuevo consejo directivo en hacer seguimiento para su anulación y archivamiento.

Esta obra cuenta con el visto bueno escrito de defensa civil y aprobación municipal.  El documento está en la oficina del Club Piscobamba-  archivador de MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS.



Recordarles estimados asociados que las personas pasamos y la institución queda a través del tiempo. Mientras tanto los socios más antiguos dejemos docencia a fin de formar cuadros dirigenciales probos para la conducción de los destinos del club. –

26.- SOCIOS VITALICIOS


En mi calidad de Presidente pido al consejo directivo que el Secretario de Actas y Archivos, Sr. Justo Ponte Cruz, evalué a los candidatos que propongo a fin de darle un reconocimiento en vida de gratitud, derecho por su antigüedad, sus participaciones en la vida institucional, su edad, donaciones y aportaciones.

En asamblea del consejo directivo de fecha 24 de abril de 2018 cuya acta se encuentra insertada en el Libro, folios 317-318 se aprueba la nominación de vitalicios de los socios siguientes:

1.    ABRAHAM ALZAMORA AGÜERO
2.    ALEJANDRO VALVERDE SIFUENTES
3.    JUAN GUALBERTO MURGA LOSTAUNAU
4.    PAULINO JULCA CRUZ
5.    ELMER F. NEYRA VALVERDE
6.    DEMETRIO OBREGON REYNALDO
7.    SOFIA SOLIS BENITES
8.    JAVIER JUSTO NEYRA VALVERDE
9.    AUGUSTO ESTRADA CARRANZA
10. MANUEL HORACIO LA TORRE NEYRA
11. PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE
12. ROSA P. OCAÑA VALVERDE
13. AVELINO REYNALDO VIDAL

En sesión solemne por el 52° aniversario de nuestra institución, realizada el 5 de Junio de 2018, antes de la juramentación del nuevo Consejo Directivo, en calidad de presidente vigente se hizo entrega pública de las resoluciones que los consideran como socios vitalicios.



De acuerdo al estatuto, ellos gozan de exoneraciones de pagos administrativos y tienen todos los derechos de los socios hábiles-- a elegir y ser elegidos. Se entrega el oficio al nuevo Consejo Directivo de este hecho para sus registros respectivos. Se recomienda al nuevo Consejo Directivo a seguir evaluando a los socios antiguos a fin de que en vida tengan el merecido y reconocimiento del caso.

DONACIONES
1.    Sr. Rafael Salinas Cántaro por la fabricación del portón de ingreso principal del Club- Gracias

2.    Sr. Enrique Castillo Matos, por la mejora de las grutas de San Pedro y San Pablo. Gracias

3.    Sr. Emiliano Pastor y Justo Ponte, por la impresión de 1 millar de boletines alusivos al aniversario de la Provincia Mariscal Luzuriaga. - Gracias
4.    Ayuda social humanitaria a socios enfermos
5.    Donación de 100 sillas al Colegio Mariscal Luzuriaga

TRANSFERENCIA DE GESTIÓN:

Conscientes de que no puede parar la institución y esperar la publicación y aprobación de esta memoria que se presentará en asamblea de socios en la primera asamblea ordinaria fijada por el estatuto, hemos entregado por adelantado por escrito al Presidente electo Leopoldo Egusquiza Murga, con fecha 4 de Junio de 2018, mediante un oficio la memoria descriptiva de gestión de mi Consejo Directivo, de los trabajos y logros realizados en nuestra gestión, los trámites pendientes, así como las sugerencias para seguir mejorando las instalaciones del Club.-

INGRESO DE NUEVOS SOCIOS

1.    Ponte Guerrero Jessica Maritza – Abogada       Libro 4 – socio Nro. 468
2.    Cruz Velásquez Marcial –        Ingeniero            Libro 4 – socio Nro. 469
3.    Valverde Apestegui Filber Aquiles-   Transp.      Libro 4 – socio Nro. 470
4.    Portella Medina Julio Cesar -          Econ.          Libro 4 – socio Nro. 473
5.    Portella Medina Ana María –          Docente      Libro 4 – socio Nro. 474
6.    Mendoza Valverde María Celina –  Docente     Libro 4 – socio Nro. 475
7.    Vargas Román Merly –                    Medico       Libro 4 -  socio Nro. 476
8.    Valverde Pastor Lourdes María -     Docente     Libro 4 – socio Nro. 477
9.    Villanueva Portella Lincolm              Docente     Libro 4 – socio Nro. 478
10. Trujillo Sánchez Lissete Heydi           Medico      Libro 4 – socio Nro. 480
11. Valverde Fernández Viviana Margoth                 Libro 4 – socio Nro. 482
12. Valverde Manrique Miguel Ángel                         Libro 4 – socio Nro. 483
13. Ocaña Izquierdo Eduardo                                     Libro 4 – socio Nro. 484
14. Valverde Romero Lenin Cristhian      Ing.           Libro 4 – socio Nro. 485
15. Martínez Manrique Nelson Godofredo  Doc.      Libro 4 – socio Nro. 486
16.Sifuentes Domínguez Néstor Leonell    Abog.     Libro 4 –  socio Nro.487


PROCESO ELECTORAL 2018 - PARA ELIGIR AL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO-


En cumplimiento estricto de lo normado por nuestro estatuto, se hizo la asamblea extraordinaria para elegir al comité electoral integrado por los ex PRESIDENTES: Julio O. Domínguez Jara, Paulino Julca Cruz y Manuel Horacio La Torre Neyra. Se hizo hincapié que este último socio había suscrito una denuncia a la Municipalidad de los Olivos en contra del Club Piscobamba por la obra del techo parabólico. A pesar de ellos los socios lo proclamaron irresponsablemente.

En mi calidad de Presidente y según lo establece el estatuto, con 60 días anticipadas se anunció la fecha del 20 de mayo 2018 como el día del proceso de elecciones. -

Lamentablemente el Comité Electoral se parcializó con una sola lista,  que confirmó su inscripción para estas elecciones, dejando de lado a la lista del Sr. E. Pedro Vargas López por supuestas faltas en la inscripción de su lista. Ello motivó la indignación de los asociados y del Consejo Directivo y los resultados es materia interna del Club Piscobamba y que la historia lo validará o juzgará.



Lima, 04 de Junio de 2020

PABLO R. OCAÑA VALVERDE
Presidente
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ESTATUTO CLUB PISCOBAMBA

  
ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

En Lima, siendo las 10.00 am del día 16 de Julio de 2017, se reunieron en segunda convocatoria los socios de la asociación Club Piscobamba en  Jr. Carlos A. Salaverry 3501-3525 de la  Urbanización Panamericana Norte del distrito de los Olivos, Provincia y  Departamento de Lima, actuando bajo la presidencia del señor PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE,  y actuando como Secretario el Señor JUSTO PONTE CRUZ.
La presente asamblea, conforme al estatuto vigente, ha sido realizada por medio de esquelas de convocatoria personal, prensa, radio y otros medios  de publicidad, con la debida anticipación. Instalada la mesa y existiendo el quórum reglamentario se dio por inició la presente Asamblea Extraordinaria

AGENDA:
A.    Nombramiento a PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE para que formalice con su firma la minuta y escritura pública de modificación total de estatutos de nuestra asociación.

B.  MODIFICACIÓN TOTAL DEL ESTATUTO- El Presidente Pablo Rómulo Ocaña Valverde, manifestó que resultaba necesario modificar todo el estatuto vigente y para ello es necesario otorgar nombramiento a PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE para que formalice con su firma la minuta y escritura pública la modificación total de estatutos de nuestra asociación. Por unanimidad acordó nombrar al Presidente Pablo Rómulo Ocaña Valverde DNI Nro. 40524578 para que realice todas las gestiones a fin de inscribir el estatuto aprobado ante la SUNARP – Lima.

Después de una amplia discusión e intercambio de opiniones por todos los asistentes se acordó por UNANIMIDAD la modificación total de nuestros Estatutos. Siendo su texto literal como sigue:

ESTATUTO DEL CLUB PISCOBAMBA
CAPITULO I
DENOMINACIÓN -  DURACIÓN Y DOMICILIO- EMBLEMA


Art. 1°. La Asociación se denomina “El Club Piscobamba “es una asociación civil con personería jurídica de derecho privado sin fines de lucro; fundado el 5 de junio de 1966 con la unificación del Centro Juventud Evolucionista Hijos de Piscobamba, Club Mariscal Luzuriaga de Piscobamba y Centro Social Piscobamba.

Art. 2°. La duración del Club es indefinida; se rige por el presente Estatuto, por la Ley N° 29363- Ley de Clubes Departamentales, Provinciales, Distritales  y su Reglamento, el Código Civil y demás disposiciones legales pertinentes.

Art. 3°. El Club tiene como domicilio social,  ubicado en el jirón Carlos Augusto  Salaverry N° 3501- 3525 y la Calle Faustino Maldonado  Nro. 225 de la  Urb. Panamericana Norte, del distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.

Art. 4°. El Emblema del Club está inspirado en: La plaza, la Iglesia Matriz, el Eucalipto y el Cerro de  Huancash de Piscobamba.


CAPITULO II
FINES

Art. 5°. El Club tiene los siguientes fines:

          Promover y afianzar la unidad y solidaridad de la familia piscobambina y luzuriaguina.
b.    Rescatar, preservar y difundir los valores de la peruanidad para contribuir a la consolidación de la identidad nacional  mediante la difusión del acervo cultural, histórico, folclórico, económico. gastronómico, social, geográfico, entre otros de nuestra circunscripción.
c.    Defender los intereses de sus socios y de Piscobamba.
d.    Impulsar el progreso de la provincia y de la región en sus aspectos: económico, social y cultural.
e.    Promover el turismo en la provincia y  la región.
f.      Valorar y difundir la historia, el folclor,  la cultura y paisajes de Piscobamba y de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
g.    Asesorar y defender los derechos institucionales.
h.    Organizar en las fechas establecidas las actividades cívico- religiosas y deportivas de Piscobamba y de nuestra provincia, conforme a lo establecido en la Ley N°29363 y su Reglamento.
i.      Organizar, integrar y registrar a las instituciones representativas de los Barrios de la jurisdicción de Piscobamba como órganos de base.
j.      Dar apoyo económico a los socios por enfermedad o fallecimiento.
k.     Mantener relaciones institucionales con clubes distritales, provinciales, y departamentales.

CAPITULO III
BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO SOCIAL
Art. 6°. Constituyen el patrimonio social del Club:
a.   El inmueble ubicado en el Jr. Carlos A. Salaverry N°3501-3525 y la calle Faustino Maldonado Nro. 225 del  distrito de Los Olivos, de la provincia y departamento de Lima.
b.    El terreno en Manzana Pampa de la ciudad de Piscobamba.-
c.     Los inmuebles y muebles que adquiera el  Club.
d.    Las cuotas de afiliación, cotizaciones mensuales, aportes extraordinarios y multas a  sus socios
e.    Los recursos que se obtiene por el alquiler de sus instalaciones inmobiliarias.
f.      Los ingresos provenientes de actividades sociales, deportivas y culturales que realiza el Club.
g.    Las donaciones.
h.    Los créditos obtenidos con la aprobación por mayoría absoluta de la Asamblea General Extraordinaria de los socios.
Art.7°. El Club en concordancia con el artículo 5° de la Ley 29363 se encuentra exonerado del pago de impuesto predial;  asimismo de acuerdo al artículo 6°  de la misma ley también está exonerado al pago de  impuestos a las actividades de conservación, difusión y creación de todas las expresiones de cultura y folclor;  así como las sociales y deportivas vinculadas a ellas debidamente calendarizados con sus fines.


Art. 8°. Los inmuebles y valores que tiene el Club en propiedad sólo pueden ser gravados y/o enajenados  con fines de mejorar el patrimonio, en ampliaciones, remodelaciones y nuevas adquisiciones previo acuerdo del 70% de los socios en Asamblea General Extraordinaria.

CAPITULO IV
LA CONSTITUCIÓN DEL CLUB

Art. 9°. El Club  está constituido por las personas naturales  del distrito de Piscobamba,  cónyuges y descendientes residentes en Lima y Callao.
Art. 10°. El Club  es de carácter social, cultural y deportivo que mantiene la identidad de todos los pueblos de la provincia  de Mariscal Luzuriaga, departamento de Ancash y es ajena a toda actividad política partidaria.
CAPITULO V
FUNCIONAMIENTO DE ORGANOS DEL CLUB

Art.11°. Son Órganos  de Gobierno:
a.    La Asamblea General
b.    El Consejo Directivo
Art. 12°. Son Órganos de Apoyo:
a.    Tribunal de Honor
b.    Comité de Damas
Art.13° Órgano de Control
a.    Junta Revisora de Cuentas.
Art.14°. La Asamblea General es el órgano supremo del Club y sus acuerdos tienen carácter obligatorio e inapelable.
Art.15° Las Asambleas Generales son ordinarias y extraordinarias. Son convocadas por el Presidente con acuerdo del Consejo Directivo ó cuando lo soliciten no menos de la décima parte de los asociados.
Art.16° La Asamblea General Ordinaria se realiza dos veces al año; en los meses de marzo y julio.
Art.17° Para la validez de las reuniones de la asamblea general ordinaria o extraordinaria se requiere en primera convocatoria la concurrencia de más de la mitad de los asociados. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de la mitad más uno de los miembros concurrentes.
Art.18°  Las citaciones para  las asambleas se hace con no menos de ocho días de anticipación, haciendo  constar: lugar, fecha, hora y agenda a tratar  firmado por el Presidente y Secretario de Actas y Archivos.
Art.19°.  Son atribuciones de la Asamblea General  Ordinaria:
a.    Aprobar u observar el Balance del Ejercicio Económico y Financiero Anual y Memoria del Consejo Directivo.

b.    Aplicar las sanciones que establece el Estatuto; previo informe del Fiscal, Tribunal de Honor y/o Junta Revisora  de Cuentas.
c.     Resolver y/o ratificar las sanciones propuestas por el Consejo Directivo.
d.    Otorgar estímulos y ratificar a los socios vitalicios y honorarios
e.    Nombrar las comisiones y/o ratificar las nombradas por el Consejo Directivo.
f.      Resolver los casos no previstos en el Estatuto.
Art.20°. La Asamblea General Extraordinaria es convocada por el Presidente del Club con acuerdo  del Consejo Directivo o a solicitud del 10% de socios  hábiles y vitalicios, para tratar casos específicos consignados en la agenda.
Art.21°. Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria:
a.    Elegir a los miembros del Consejo Directivo.
b.    Aprobar la modificación del Estatuto.
c.     Aprobar la disolución del Club.
d.    Elegir el Comité Electoral cada dos años.  
e.    Aprobar el gravamen y/o enajenación, ampliación de los bienes muebles e inmuebles del Club.
f.      Disponer investigaciones, auditorias y balances extraordinarios.
g.    Resolver los reclamos de los socios contra los actos irregulares del Consejo Directivo y comisiones.
h.    Revocar a uno o todos los miembros de los Órganos elegidos,  previo informe de una comisión especial.
i.      Aprobar la modificación de la cuota mensual y aporte de inscripción de nuevos socios.

CAPITULO VI
DE LAS SESIONES – CONSEJO DIRECTIVO

Art.22°. El Club sesiona en Asamblea General Ordinaria  dos veces al año, conforme el artículo 16°. En forma Extraordinaria cuando lo considere necesario en cumplimiento del artículo 20° del presente Estatuto.  Es convocado por el Presidente o por quien  lo reemplaza. Puede declararse en sesión permanente cuando sea necesario.
Art.23°. El Consejo Directivo sesiona cada quince días y en forma extraordinaria cuando sea necesario. Pudiendo declararse en sesión permanente.
Art.24°. La Asamblea General Ordinaria  seguirá el orden siguiente:
a.    Se establece el quórum reglamentario
b.    Lectura del acta de la sesión anterior.
c.     Despachos.
d.    Informes.
e.    Pedidos.
f.      Orden del día
Art.25°. La Asamblea General Extraordinaria se desarrollará en el siguiente orden:
a.    Se establece el quórum reglamentario.
b.    Lectura del acta de la sesión anterior.
c.     Orden del día.  
Art.26°. Queda terminantemente prohibido hacer   alusiones personales, referencias y ataques de carácter político en asambleas y  sesiones; de presentarse el caso, el Presidente invitará al responsable a  que se retire.
Art.27°. Cada asambleísta puede hacer uso de la palabra por tres minutos hasta por dos veces. El proponente o autor del pedido, lo hará por tres veces de ser necesario.
Art.28°. El Presidente del Consejo  Directivo  tiene la facultad de suspender temporalmente las sesiones cuando se producen  incidentes. En este caso, si es grave suspende la sesión.
Art.29°. El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo del Club; tiene una duración de dos años. El quórum para las sesiones en primera citación es  con el 70% de sus miembros. En segunda citación una hora después con no menos del 50% de sus miembros.
Art.30°. Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere:
a.    No tener ninguna deuda ni poseer bienes y/o enseres del Club.
b.    Estar al día con sus cotizaciones mensuales.
c.     Para Presidente, Fiscal, Secretario de Economía y Secretario de Actas y Archivo, requiere ser piscobambino de nacimiento, y/o descendiente en primer grado de consanguinidad.  
d.    Para el cargo de Presidente, requiere tener cinco años de socio  hábil. Los cargos de Fiscal, Secretaría de Economía, Secretaría de Actas y Archivo, tres años de antigüedad.
e.    Para los demás cargos deben tener dos años de antigüedad.
Art.31° Las atribuciones y obligaciones del Consejo Directivo son:
a.    Inscribir en los Registros Públicos al Consejo Directivo, dentro de los sesenta días posteriores a las elecciones; gestión que es  responsabilidad del Consejo Directivo saliente y entrante.
b.    Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y los Reglamentos, los acuerdos de las asambleas generales y sus propios acuerdos.
c.     Rendir homenaje a las personalidades que hayan destacado en  diferentes ramas del saber.
d.    Orientar, coordinar y evaluar las funciones de las Secretarías y Comisiones.
e.    Aprobar el proyecto del presupuesto anual y dar cuenta en Asamblea General.
f.      Otorgar los premios y estímulos contemplados en el Estatuto.
g.    Editar y publicar medios de información en forma periódica.
h.    Proponer a la Asamblea General  la destitución de socios previo dictamen del Tribunal de Honor, Comisión Revisora de Cuentas o informe documentado del Fiscal.
i.      Declarar  vacante cualquier cargo de uno o más miembros por fallecimiento, renuncia o inasistencia a tres sesiones  consecutivas o cinco  alternas en el periodo de un año.
j.      Proponer a la Asamblea General Extraordinaria el reemplazo de sus miembros  en caso de renuncia, abandono o expulsión e inscribir en los Registros Públicos.
k.     Aprobar el ingreso de socios nuevos.

l.      Entregar bajo responsabilidad al nuevo Consejo Directivo los bienes inventariado y  saneado los fondos económicos patrimoniales y el archivo documentario.

        Publicar y hacer conocer  trimestralmente a los socios el informe económico.
n.    Designar un delegado en Piscobamba, cuyas funciones serán establecidas en el Reglamento Interno.

o.    Formular el plan de trabajo, presupuesto anual y presentar a la Asamblea General.
p.    Aplicar las sanciones que son de su competencia.
Art.32°. El Consejo Directivo se compone de los siguientes miembros:
1-     Presidente                                             
2-     Vicepresidente                                                     
3-     Secretario de Actas y Archivo                                      
4-     Sub Secretario de Actas y Archivo       
5-     Secretario de Economía
6-     Sub-secretario de Economía                
7-     Fiscal                                                     
8-     Secretario de Cultura y Turismo
9-     Secretario de Relaciones Institucionales 
10-Secretario de Prensa e  Imagen Institucional
11-Secretario de Asistencia Social              
12-Secretario de Deportes y Juventudes
13-Vocal.                                                      
Art.33° Las atribuciones del Presidente son:
a.    Representar formal y legalmente al Club.
b.    Cumplir y hacer cumplir el Estatuto, Reglamento, acuerdos de Asamblea General y Consejo Directivo.
c.     Convocar y  presidir la Asamblea General, el Consejo Directivo y participar en las Comisiones.
d.    Coordinar y evaluar las actividades del Tribunal de Honor, secretarías, Comité de Damas, Junta de Delegados de Barrios y Comisiones.
e.    Expedir Resolución y otorgar  credenciales a los integrantes de los Órganos de Apoyo, Control y las Comisiones que se nombren.
f.      Entregar distinciones a socios o particulares mediante una resolución firmado por el Presidente y Secretario de Actas y Archivo.
g.    Abrir y/o cerrar las cuentas bancarias en forma mancomunada con el Secretario de Economía.
h.    Firmar los libros de actas, con el Secretario de Actas y Archivo.
i.      Firmar los contratos y otros convenios que realiza el Club con los demás directivos autorizados por el presente Estatuto y/o Asamblea General.
j.      Presentar su memoria y balance anual, inventario patrimonial y el archivo  documentario al término de su periodo en Asamblea General Ordinaria en el mes de  julio.
Art.34° Las  atribuciones del Vicepresidente son:
a.    Asumir las atribuciones del Presidente en casos de ausencia, impedimento, fallecimiento o renuncia.
b.    Coordinar los trabajos de las Secretarías, Comité de Damas y Comisiones.
c.     Presentar iniciativas en bien del Club.
Art.35° Atribuciones del Secretario de Actas y Archivo son:
a.    Llevar con responsabilidad  los libros  de actas del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales firmando con el Presidente.
b.    Controlar la asistencia de los miembros a sesiones del Consejo Directivo y de los socios a las Asambleas Generales.
c.     Recibir conjuntamente con el Secretario de Economía y el  Fiscal los bienes del Club bajo inventario y hacer entrega al término  de su gestión.
d.    Dar trámite y seguimiento a toda la documentación administrativa.
e.    Redactar y firmar  con el Presidente  toda la documentación que emite el Club.
f.      Supervisar la organización y llevar el control del Libro de Padrón de Socios.
g.    Otorgar el carné de identidad a los socios.
h.    Conservar el archivo general de la documentación,  bajo responsabilidad.
i.      Elaborar el Padrón Electoral para las elecciones, en coordinación con el Secretario de Economía.
j.      Ejecutar las convocatorias a sesiones del Consejo Directivo y de las Asambleas Generales, en coordinación con el Secretario de Prensa e  Imagen Institucional.
Art.36° Las atribuciones del Sub-secretario de Actas y Archivo son:
a.    Asumir las atribuciones del Secretario de Actas y Archivo en casos de ausencia temporal.
b.    Colaborar ampliamente con el Secretario de Actas y Archivo.
Art.37° Las atribuciones del Secretario de Economía son:
a.    Asumir la responsabilidad de los ingresos y egresos económicos del Club y del procedimiento contable.
b.    Formular el proyecto del presupuesto anual del Club.
c.     Realizar los gastos previa aprobación del Consejo Directivo.
d.    Formular trimestralmente el informe económico y anualmente el balance para el conocimiento del Consejo Directivo, Asamblea General de socios  y/o cuando lo solicite un asociado en cualquier momento.
e.    Asumir la responsabilidad  solidariamente con el Presidente y Fiscal del movimiento económico del Club.
f.      Abrir  y/o cerrar la cuenta bancaria del Club  con la firma  con el Presidente. 
g.    Atender económicamente previo acuerdo del Consejo Directivo al Tribunal de Honor, Secretarías, Comité Electoral, Comité de Damas, Barrios, Junta Revisora de Cuentas y Comisiones.
h.    Presentar por escrito el informe económico de las actividades realizadas y publicar en el periódico mural dentro de los quince  días siguientes al evento.
i.      Presentar proyectos para fortalecer el aspecto económico y financiero del Club.
Art.38° Las atribuciones del Sub-secretario de Economía son:
a.    Asumir las funciones del Secretario de Economía en caso de ausencia temporal, renuncia o enfermedad.
b.    Efectuar las cobranzas a los que adeudan al Club.
Art.39°. Las atribuciones del Fiscal son:
a.    Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto, el Reglamento y acuerdos de la Asamblea General.
b.    Mantener el orden en las intervenciones y conducta de los asistentes en la Asamblea General y el Consejo Directivo.
c.     Revisar la cuenta económica que entrega el Consejo Directivo cesante, los archivos de la Tesorería, Secretarías, Comité de Damas, Comisiones y Comité Electoral, en coordinación con el Secretario de Actas y Archivo.
d.    Denunciar ante la Asamblea General y autoridades competentes a los miembros del Consejo Directivo, comisiones y socios por faltas cometidas.
e.    Presidir las sesiones por ausencia del Presidente y Vicepresidente.
f.      Controlar   mensualmente los ingresos y los egresos de los fondos del Club.
g.    Conformar un equipo de trabajo de investigación en los casos que se requiera.
h.    Coordinar acciones con el Tribunal de Honor y la Comisión Revisora de Cuentas.
i.      Fiscalizar todas las actividades que realiza el Club.
j.      Defender y cautelar los intereses del Club.
Art.40°. Atribuciones del Secretario de Cultura y Turismo:
a.    Realizar actividades culturales para conservar la  identidad de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
b.    Organizar: juegos florales, conferencias,  fórums, seminarios, congresos, obras teatrales- literarias, talleres, estampas costumbristas, exposiciones de artesanías, muestras arqueológicas, presentación de libros de autores luzuriaguinos y ancashinos. 
c.     Presentar al Consejo Directivo el cronograma anual de actividades culturales.
d.    Realizar campañas para recolección de libros destinados a las bibliotecas de la capital de la provincia y demás distritos.
e.    Fomentar y difundir el patrimonio cultural y ecológico de la provincia a nivel nacional e internacional. Presentar proyectos para registrar, patentar nuestras danzas y música de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
Art.41°. Las atribuciones del Secretario de Relaciones Institucionales son:
a.    Mantener relaciones institucionales con clubes distritales, provinciales y departamentales.
b.    Representar al Club  como delegado ante otras instituciones.
c.     Mantener actualizado el  registro de instituciones distritales, provinciales y departamentales.
Art.42°. Las atribuciones del Secretario de Prensa e Imagen Institucional son:
a.    Promover  y mantener la buena imagen interna y externa del Club.
b.    Coordinar acciones con los medios de comunicación; así como formular comunicados con el Presidente.
c.     Proponer al Consejo Directivo la conformación del Comité Editorial de la Revista Institucional.
d.     Difundir las actividades culturales por los medios a su alcance.
Art.43°. Las atribuciones del Secretario de Deportes y Juventudes son:
a.    Promover el fomento del deporte dentro y fuera del Club.
b.    Convocar a jóvenes piscobambinos, luzuriaguinos y ancashinos a participar de las actividades del Club.
c.     Mantener actualizado el registro de los deportistas de los Barrios de Piscobamba.
d.    Promocionar la formación de jóvenes dirigentes institucionalistas e invitarlos  a ingresar como socios del Club.
e.    Organizar y realizar giras deportivas de preferencia a la Provincia de Mariscal Luzuriaga.
f.      Presentar un informe documentado de las cuentas de los gastos y utilidades de las actividades deportivas realizadas.
Art.44. Las atribuciones del Secretario de Asistencia Social son:
a.    Establecer acciones de ayuda  en caso de enfermedad y fallecimiento de los socios.
b.    Promover campañas de salud en beneficio de los socios, familiares y  la comunidad.
c.     Mantener la relación mensual del onomástico de los socios.

Art.45°. Las Atribuciones del Vocal son:
a.    Reemplazar a cualquiera de los miembros del Consejo Directivo en ausencia temporal.
b.    Integrar la comisión que asigne el Consejo Directivo.
c.     Colaborar con las secretarías que requieran ayuda.
d.    Realizar labor administrativa como la supervisión del mantenimiento de los bienes patrimoniales.
TRIBUNAL DE HONOR
Art.46°. El Tribunal de Honor es el órgano encargado de velar por el prestigio e integridad moral del Club, actuando como ente arbitral y conciliador por diferencias surgidas entre dirigentes y socios.
Art.47°. El Tribunal de Honor está constituido por tres miembros elegidos en la Asamblea General del mes de julio, entre socios que hayan demostrado conducta intachable e idoneidad comprobada.
Art.48°. El tribunal de Honor  elige entre sus miembros a su Presidente, Secretario y Tesorero. Se reúnen para evaluar los casos que son sometidos a su consideración y emite el dictamen correspondiente en un plazo no mayor a sesenta días. Se reunirán en sesión una vez por semana o cuando así lo juzgue necesario el Presidente, quien será el que suscriba la convocatoria o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los asuntos  tratados, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La convocatoria a sus sesiones será realizada con una anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la validez de las sesiones del tribunal de honor lo constituye en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
COMITÉ DE DAMAS
Art.49°. El Comité de Damas está constituido por tres miembros, que sean socias (mujeres) conyugues de los miembros varones, del Consejo Directivo o de cualquier asociado y son elegidas en Asamblea General Extraordinaria. Sus atribuciones son:
a)    Colaborar en forma estrecha con el consejo directivo para el logro de los fines del Club.
b)    Designar entre sus integrantes a su Presidenta, Secretaria y Tesorera y acreditar ante el Consejo Directivo para coordinar acciones.
Las demás socias mujeres y las conyugues de los socios varones podrán colaborar y apoyar las funciones del Comité de Damas.
Art.49A. El Comité de Damas, se reunirá en sesión una vez por semana o cuando así lo juzgue necesario la Presidenta, quien será la que suscriba la convocatoria, o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los asuntos  tratados, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La convocatoria a sus sesiones será realizada con una anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la validez de las sesiones del Comité de Damas lo constituye en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
JUNTA DE DELEGADOS DE BARRIOS
Art.50°. Se considera Barrio a aquel espacio geográfico que tiene existencia real en el distrito de Piscobamba.
Art.51. La Junta de Delegados de los Barrios de Piscobamba no constituye un órgano de la asociación y está integrada por los presidentes y/o delegados. Su Presidente, Secretario y Tesorero son elegidos democráticamente entre ellos. Sus atribuciones son:
a.    Mantener la unidad de la familia piscobambina  en todas sus actividades institucionales, debiendo acreditar un delegado ante el Consejo Directivo del Club.
b.    Realizar su inscripción en el Club, presentando la nómina de sus directivos.
c.     Dar a conocer al Club cada vez que realiza elecciones de sus directivos
LAS COMISIONES
Art.52°. Las comisiones son creadas por la Asamblea General, el Consejo Directivo y por las Secretarías con fines específicos y no constituyen órganos de la asociación. Pueden conformar su Directiva para su mejor funcionamiento, el secretario del área correspondiente puede integrar la comisión.  Al terminar su misión se extingue su existencia.
Art.53°. Las Comisiones, cumplida su misión  presentarán el informe y la cuenta documentada ante el Órgano que los eligió.
ORGANO DE CONTROL
JUNTA REVISORA DE CUENTAS
Art.54°. La Junta Revisora de Cuentas es un órgano de auditoría Interna encargada de revisar y dictaminar los estados económicos y financieros.
Art. 55°. La Junta Revisora de Cuentas, está constituido por tres miembros elegidos entre los socios vitalicios o activos hábiles con no menos de dos  años de antigüedad; uno de ellos preferentemente contador público colegiado o profesión afín. Son elegidos en Asamblea General Ordinaria del mes de julio posterior a las elecciones. Se reunirán en sesión una vez por semana o cuando así lo juzgue necesario el Presidente, quien será el que suscriba la convocatoria, o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los asuntos  tratados, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La convocatoria a sus sesiones serán realizadas con una anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la validez de las sesiones de la Junta Revisora de Cuentas lo constituye en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
Arto.56°. Elevará su dictamen anualmente y será presentado en la Asamblea General Ordinaria del mes de julio.





CAPITULO  VII
DE  LOS SOCIOS

Art.57°. Son socios los inscritos en el Libro Padrón de Socios que está a cargo del Secretario de Actas y Archivo.
Art.58°.Para ser asociado se requiere:
a.    Ser ciudadano con solvencia moral en ejercicio de sus derechos civiles.
b.    Ser persona natural de Piscobamba, descendiente o cónyuge.
Art.59. Para ser asociado del Club debe ser propuesto por dos socios Vitalicios o Hábiles, con un minino de dos años de antigüedad.
Art.60°. El postulante deberá llenar el formato de una solicitud, la misma que será  evaluada por el Consejo Directivo.

CAPITULO VIII
DE LA CATEGORIA DE SOCIOS

Art.61°. Existen tres categorías de socios:
a.    Activos.
b.    Vitalicios.
c.     Honorarios.
Art. 62°. Son socios activos los que están debidamente aceptados por el Consejo Directivo, inscritos en el padrón  y prestados el juramento de estilo.
Art.63°. Los socios activos gozan de todos los derechos que señala el Estatuto siempre que estén al día en sus cotizaciones mensuales y obligaciones adquiridas  que le permita su condición de socio hábil.
Art.65°. Los socios vitalicios gozan de los mismos derechos que los socios activos  hábiles. No están obligados al pago de la cotización mensual.
Art.66°. Son socios honorarios los ciudadanos a quienes la Asamblea General les confiere tal distinción,  a propuesta del  Consejo Directivo a razón de sus méritos y prestigio personal, así como por su interés en el progreso material y cultural de la institución y de la provincia de Mariscal Luzuriaga.
Art.67°. Los socios honorarios gozan de los mismos derechos que los socios hábiles; con la excepción que no pueden elegir ni ser elegidos.
CAPITULO IX
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Art.68°. Son derechos de los socios:
a.    Elegir y ser elegido, con excepción de los socios honorarios.
b.    Tener voz y voto en las Asambleas Generales.
c.     Gozar de los servicios y beneficios que brinda la institución.
d.    Ser informado de la marcha económica y administrativa del Club y denunciar las irregularidades que observa.
e.    Recibir un trato adecuado a su condición de socio, por ser la célula fundamental de la Institución.
f.      Recibir con antelación las invitaciones y/o citaciones para las actividades programadas por el Consejo Directivo.
g.    Intervenir en las sesiones del Consejo Directivo con derecho a voz, pero sin voto.
Art.69°. Son obligaciones de los socios:
a.    Cumplir las disposiciones del Estatuto y Reglamento del Club.
b.    Abonar las cuotas ordinarias y extraordinarias acordadas por la Asamblea General.
c.     Cumplir con los cargos en las Comisiones y delegaciones conferidas por acuerdo del Consejo Directivo y/o  Asamblea General.
d.    Asistir puntualmente a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias; así como a las fechas jubilares que celebra el Club.
e.    Cuidar el patrimonio del Club.
f.      Defender el honor y prestigio del Club, de Piscobamba y de la Provincia de Mariscal Luzuriaga.
g.    Observar conducta honorable dentro y fuera del Club.
h.    El socio activo que ha dejado de  cotizar las cuotas ordinarias por más de dos años podrá habilitarse pagando los dos últimos años.
CAPITULO X
PERDIDA DE CALIDAD DE SOCIOS

Art.70°. Se pierde la calidad de asociado por:
a.    Fallecimiento
b.    Renuncia escrita
c.     Expulsión.
Art.71°. De acuerdo a la gravedad de la falta  se puede aplicar las sanciones siguientes:
a.    Amonestación.
b.    Suspensión o separación temporal.
c.     Expulsión.
Art.72°. La amonestación lo hace el Consejo Directivo por escrito y tiene  la calidad de invocación.
Art.73°. La suspensión o separación temporal aplica el Consejo Directivo con cargo a dar cuenta a la Asamblea General:
a.    Por reiteradas faltas sin causa justificada.
b.    Por retención injustificada de bienes y enseres del Club.
Art.74°. La expulsión es impuesta por la Asamblea General a propuesta del Consejo Directivo previo dictamen del Tribunal de Honor y/o Órgano de Control en los siguientes casos:
a.    Por daño comprobado a los bienes muebles, inmuebles, a la economía del Club; sin perjuicio a la reparación correspondiente.
b.    Por actos que agravian al Club dentro del local  como escándalos graves, conducta inmoral o agresión a  los miembros directivos y/o  a los socios.
c.     Por condena de tribunales comunes con pena privativa de libertad mayor a un año.
d.    Por actos de proselitismo político partidario en el local institucional.
e.    Por grave infracción o flagrante incumplimiento al mandato estatutario.
f.      Por utilizar el nombre del Club sin conocimiento del Consejo Directivo y de la Asamblea General que signifique beneficio personal o agravie la imagen de la institución.
g.    Por actuar en contra de los intereses económicos del Club en beneficio de terceros
h.    Los miembros del Consejo Directivo que al final de su mandato no entreguen los libros de actas, libros contables, cuentas bancarias y patrimonio del Club, conforme a Ley.

CAPITULO XI
MODIFICACION DEL ESTATUTO- DISOLUCION Y LIQUIDACION DEL CLUB
Art.75°. El Estatuto podrá ser modificado en los siguientes casos:
a.    Cuando estime conveniente el Consejo Directivo o el   15%  de los socios hábiles y vitalicios.
b.    La aprobación de la modificación del Estatuto de acuerdo a la necesidad del Club; se hará con quórum de 65% de socios  hábiles y vitalicios.
c.     El Consejo Directivo presentará ante la Asamblea General los motivos fundamentales para su modificación.
Art.76°. El Club se disolverá por las siguientes causas:
a.    Por acuerdo adoptado por mayoría calificada de los socios en Asamblea General Extraordinaria con  asistencia de 85% de los socios activos hábiles y vitalicios.
b.    Por sentencia judicial firme.
Art.77°. Acordada la disolución del Club se abrirá el periodo de liquidación por la Comisión ad-hoc,  quienes se convierten en  liquidadores, salvo lo  que designe expresamente el juez.
Art.78°. El patrimonio resultante después de atender sus obligaciones  pasará a ser propiedad de otra asociación civil del distrito de Piscobamba cuyos fines sean similares al Club.
CAPITULO XII
LAS ELECCIONES – CONVOCATORIA Y FECHA DE ELECCIONES.

Art.79°. El Presidente del Consejo Directivo del Club convoca a elecciones  con anticipación de sesenta  días al aniversario del Club.
Art.80°. El primer domingo de abril en Asamblea General, se elige al Comité Electoral, conformado por tres miembros: Presidente, Secretario y Vocal. Deben ser socios vitalicios y/o  hábiles con más de dos años de antigüedad y no ser miembro del Consejo Directivo en ejercicio.
Art.81°. Las elecciones se realizan cada dos años, la que se lleva a cabo el tercer domingo de mayo. Si el Presidente no convocara a elecciones del Consejo Directivo dentro de los plazos establecidos; el 10% de los socios vitalicios y/o  hábiles solicitan la convocatoria dándole un plazo de quince días. En su defecto la convocatoria se solicitará al  Juez.
Art.82°. El Padrón Electoral se cierra indefectiblemente treinta  días antes de las elecciones. Para tal efecto el Secretario de Actas y Archivo, el Secretario de Economía y el Fiscal; presenta la lista de los socios vitalicios y hábiles para sufragar, la misma que es publicado y entregado al Comité Electoral.
Art.83°. Las inscripciones se hacen por listas completas figurando todos los miembros señalados en el Artículo 32° del presente Estatuto.
EL COMITÉ ELECTORAL
Art.84°. El Comité Electoral es autónomo y cuenta con la máxima autoridad en la organización y la ejecución del proceso electoral. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción al presente Estatuto y el Reglamento de Elecciones. El Comité Electoral resuelve en última instancia los recursos  de impugnación. Se reunirán en sesión una vez por semana o cuando así lo juzgue necesario el Presidente, quien será el que suscriba la convocatoria, o lo solicite uno o más de sus miembros por escrito, por alguna necesidad urgente. Las sesiones deberán constar en un libro de actas, con las indicaciones de la fecha de la reunión, nombre de los concurrentes, los asuntos  tratados, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por los miembros concurrentes. La convocatoria a sus sesiones será realizada con una anticipación de dos días, mediante citaciones escritas personales, mediante esquelas. El quórum para la validez de las sesiones del Comité Electoral lo constituye en primera convocatoria la asistencia de dos de sus miembros. En segunda convocatoria basta la presencia de cualquier número de miembros. Los acuerdos se adoptaran por mayoría simple de votos de los miembros concurrentes.
     DEL PROCESO ELECTORAL
Art.85°. El proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones por el Presidente del Consejo Directivo efectuándose de la siguiente forma:
a.    El Comité Electoral  tiene la responsabilidad de inscribir la lista de candidatos; para cuyo efecto, solicita al Consejo Directivo, el padrón de socios.
b.    El Comité Electoral publica la nómina  del padrón de socios en los espacios de publicidad del local del Club con quince días de anticipación al acto electoral.
c.     Dentro de los tres  días siguientes a la publicación de la lista de candidatos; cualquier socio hábil del Club o personero, puede formular  tacha contra cualquier candidato que estime pertinente. La tacha contra los candidatos, es resuelto en última instancia por el Comité Electoral en término de dos  días. Si la tacha  a uno o más miembros de la lista de candidatos es declarada  fundada; no inhabilita la lista, pudiendo  ser reemplazado por nuevos candidatos.
d.    No son hábiles para ser candidatos los que hayan cancelado sus cotizaciones atrasadas por más de un año faltando solamente tres  meses para las elecciones. 
e.     La lista de candidatos  acreditará un personero que lo represente en el proceso electoral.
f.      La votación es por lista completa de trece miembros.
g.    El voto es personal, secreto y obligatorio.
h.    Los socios nuevos deben tener seis meses de antigüedad, para estar en el padrón electoral.
Art.86°. La votación se inicia a las ocho  de la mañana con la instalación de la mesa de sufragio y termina a las cuatro de la tarde.
Art.87°.Terminada la votación los miembros del Comité Electoral proceden a realizar el escrutinio en el mismo local donde se efectuó la votación; la misma que debe superar a más del 50% de socios  hábiles y vitalicios para que la elección  sea válida. Luego proclamar  a la lista ganadora. Caso contrario dentro de siete  días siguientes se realizarán nuevas elecciones.
Art.88°. El Comité Electoral dentro de los tres  días siguientes al proceso electoral debe entregar el resultado de las elecciones al Consejo Directivo en ejercicio, con las   credenciales  correspondientes. La juramentación se lleva a cabo en acto público el cinco  de junio, fecha de aniversario de la fundación del Club.
Art.89°. No pueden ser reelegidos al mismo cargo, por lo menos hasta después de un periodo: el presidente, el fiscal y el secretario de economía.
Art.90°. El Comité Electoral cesa en sus funciones después de la juramentación del Consejo Directivo. Entrega el informe  documentado de su gestión acompañando el padrón de socios y el Libro de Actas utilizado en el proceso electoral en concordancia con el artículo 88°.

CAPITULO XIII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art.91°. El presente Estatuto debe ser reglamentado dentro de los sesenta días a partir de su fecha de inscripción en los Registros Públicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art.92°. Los socios activos registrados en el padrón a la fecha de la aprobación del presente Estatuto, que no cumplieran el requisito establecido en el Art.9° tendrán la oportunidad de confirmar como socios  hábiles, pagar sus cuotas atrasadas, hasta tres meses calendarios de vigencia del nuevo Estatuto. Para tal efecto el importe a cancelar será conforme a lo establecido en el Art.69° inciso h.
Art.93° El nuevo  Estatuto entra en vigencia al ser inscrito en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos de Lima y Callao; quedando derogado el Estatuto anterior.
El Presidente señala que como último punto de agenda, se nombre al apoderado especial para la protocolización del acuerdo adoptado y por unanimidad se aprueba que el señor PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE Presidente  de la Institución, suscriba la minuta y escritura pública respectiva, así como efectuar los trámites necesarios que permitan la inscripción de la modificación total del estatuto en el Registro de Personas Jurídicas de la IX Zona Registral Sede, Lima, Sunarp.
Siendo la 3.05  p.m., del dia  dieciséis de julio de dos mil diecisiete, luego de que fuera leída y aprobada la presente acta, se dio por concluida la presente asamblea general extraordinaria,  firmando el Presidente y el Secretario del Interior en señal de conformidad por los acuerdos adoptados.
                                  
PABLO ROMULO OCAÑA VALVERDE         JUSTO PONTE CRUZ
       DNI Nro. 40524578                                DNI Nro.09040235
             Presidente                                             Sec. Del Interior

INSCRITO EN SUNARP EL 2 DE MARZO 2018- PARTIDA 02295598- TITULO 2018-00128094- TOMO DIARIO 0492-ESCRITURA PÚBLICA NOTARIA GOMEZ VERASTEGUI


SU REGLAMENTO

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB PISCOBAMBA

DE LA ASOCIACION EN GENERAL - FINES
Artículo 1°. El Club Piscobamba se rige por la Ley de Clubes Departamentales, Provinciales – Distritales, del código civil y demás normas legales, por su estatuto aprobado en asamblea de socios con fecha 16 de Julio de 2017, registrado y aprobado por la SUNARP el 02 de Marzo del 2018, por el presente reglamento de régimen interno. Piscobamba es la capital de la Provincia Mariscal Luzuriaga de la Región Ancash
Artículo 2°. El presente reglamento desarrolla los contenidos expresados en los Estatutos de la asociación, fijando detalles operativos y en ningún caso podrá ir contra la filosofía y articulado de los citados Estatutos.

DENOMINACION- DURACION Y DOMICILIO- EMBLEMA

Artículo 3°. El domicilio social principal, se establece en Jr. A. Carlos Salaverry 3501 de la Urbanización Panamericana Norte – Del Distrito de los Olivos - El acceso al Local del segundo piso es por el Jr. Carlos A. Salaverry 3525 y la puerta de emergencia y para los pisos superiores es por la Calle Carlos Maldonado 225 del distrito de los Olivos de la Provincia y Departamento de Lima.-

Artículo 4°. Se establece como logotipo- emblema el indicado en el estatuto y que deberá insertarse en los documentos oficiales, estandarte e indumentarias deportivas, etc.
FINES
Artículo 5°. El Consejo Directivo podrá fijar nuevos fines y objetivos.
BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO SOCIAL
Artículo 6. El Club podrá agregar en el futuro nuevas propiedades a la que se indica en el artículo 6 del estatuto.
LA CONSTITUCION DEL CLUB
Artículo 7. Se califica a hijos y nietos como socios descendientes de los naturales de piscobamba,
DE LA SESIONES – CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 8. Con relación al artículo 21, inciso a, del Estatuto, se aclara que la complementación de uno o más miembros del consejo directivo es potestad del Consejo Directivo con cargo a dar cuenta a la Asamblea General de Socios. En cuanto a la elección de los miembros de un nuevo Consejo Directivo, se refiere a que son elegidos mediante un proceso electoral cada dos años.
Artículo 9. El Consejo Directivo podrá separar de sus funciones a uno de sus miembros o socios, si éste, atenta contra el estatuto y el presente reglamento. La medida podrá ser suspensión por un tiempo máximo de seis meses y  expulsión por falta grave, con cargo a dar cuenta de la próxima Asamblea General de Socios.
Artículo 10. El derecho a voto en la asamblea de socios, está condicionado a estar al día en sus cotizaciones. Pueden los socios 72 horas antes del inicio de la asamblea, cumplir con sus obligaciones para ser hábiles.
Artículo 11. A propuesta del Presidente, de los socios o directivos del Consejo Directivo por mayoría simple, podrá elegir a un moderador o director de debates, si amerita el caso, quien será el responsable de la conducción de la asamblea.
El moderador tendrá las siguientes funciones:
• Dar el inicio del tema en debate.
• Someter a votación en la sección de orden del día.
• dar recesos.
• Interpretar los estatutos y el presente reglamento y solventar todas aquellas dudas reglamentarias.
Artículo 12. Se autoriza al Consejo Directivo, el uso moderado del fondo económico del Club, para la atención de los socios y/o del consejo directivo en sus asambleas.
Artículo 13. Las solicitudes o cartas de socios o terceros, no serán recepcionados ni tomados en cuenta, si es que se presentan el mismo día de la asamblea. En la sección despachos solo se dará lectura de los documentos más relevantes para la institución.
Artículo 14. Para las asambleas generales de socios, el procedimiento de votación para aprobar el tema de la agenda o de las estaciones de despachos, informes y/o pedidos, en la estación de la orden del día, será a mano alzado y el fiscal será el encargado de verificar el conteo. El Presidente deberá también pedir la votación de las abstenciones. En caso de empate, el presidente tiene el voto dirimente. 
Artículo 15. Durante la celebración de la asamblea podrá existir cuestión previa o de orden que podrán ser solicitados por los socios hábiles y que tendrá prioridad frente a lo que se esté tratando, excepto durante una votación, salvo que dicha cuestión de orden se refiera a la votación en curso.
La cuestión previa o de orden se referirá a los siguientes temas:
• Al funcionamiento de la asamblea o al debate y no al tema que se debate.
• Revisión de una decisión del Presidente o moderador
• Cuando desea previamente informar algún hecho que no está en agenda.
TRIBUNAL DE HONOR
Artículo 16. El Tribunal de honor es elegido en la Asamblea General Ordinaria del mes de julio y los integrantes deben gozar conducta intachable e idoneidad comprobada en el tiempo de asociado. Su duración culmina conjuntamente con el consejo directivo que lo eligió. El socio involucrado en investigación tiene todo el derecho a su defensa y se debe seguir con un proceso transparente y justo. Su decisión debe ser elevada al Consejo Directivo.-Es causa de vacancia de uno o demás miembros por incumplimiento de obligaciones fijadas en el estatuto.

JUNTA DE DELEGADOS DE BARRIOS
Artículo 17. El Presidente o delegado deberá ser socio hábil del Club. Es obligatorio presentar la nómina de su Consejo Directivo para efectos de registro. Para el beneficio del descuento por uso de los salones de recepciones, mínimo 10 integrantes deben ser socios del Club Piscobamba. Todos los enseres adquiridos para el campeonato deportivo interbarrios, quedarán en custodia en las instalaciones del Club Piscobamba y en calidad de patrimonio de los Clubes.
Artículo 18. La Junta de Delegados de Barrios se refiere a los clubes deportivos y sociales de Piscobamba.-
DE LAS COMISIONES
Artículo 19. El Consejo Directivo podrá convocar profesionales y técnicos para que sean el soporte técnico del Club, apoyando las funciones administrativas, legal, contable, etc.-
ORGANO DE CONTROL – JUNTA REVISORA DE CUENTAS

Artículo 20. Esta Junta Revisora deberá contar con el apoyo del Presidente, del Secretario de Economía y del Fiscal. Sus decisiones serán informadas en una Asamblea General Ordinaria de Socios del mes de Julio del año siguiente.

DE LOS SOCIOS
Artículo 21. Podrán ingresar en la asociación todas aquellas personas mayores de 18 años, y con los requisitos establecidos en el estatuto y el presente reglamento.
Artículo 22. El Secretario de Actas y Archivos deberá previamente evaluar la solicitud de ingreso, copia de su DNI y/o familiar natural, con el aval de dos socios hábiles o vitalicios para posteriormente ser informada y aprobada en sesión del Consejo Directivo para su aprobación. En caso de no cumplir requisitos, será informado(a).
De aprobarse su ingreso, el Secretario de Actas y Archivo procederá a comunicar al postulante para que abone la cuota de inscripción al secretario de economía; luego de ello, deberá de entregar dos fotos y registrarse en el Libro Padrón de Socios. En la sesión solemne por el aniversario de la Provincia Mariscal Luzuriaga o en el aniversario del Club, prestará el juramento de estilo y se le entregará una resolución del consejo directivo y su carnet de asociado.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS.
Artículo 23. Los socios tendrán los siguientes derechos en el Club:
• Para conocimiento y su aplicación, poseer un ejemplar de los estatutos, del presente reglamento y del reglamento de alquileres de los salones, desde su ingreso en la asociación.
• Solicitar por escrito, el acceso a la documentación interna de la asociación.
Artículo 24. Los socios tendrán las siguientes obligaciones:
• Abonar, además de las cuotas fijadas en el Estatuto, una penalidad económica por falta injustificada de asistencia a las Asambleas y Elecciones del nuevo Consejo Directivo. El importe debe ser fijado por el Consejo Directivo y puesto en conocimiento en la Asamblea General Ordinario de Socios.
• Cooperar en el desarrollo del trabajo de la asociación y en la buena ejecución de las actividades que se determinen.
• Desempeñar las funciones que les sean encomendadas por el CONSEJO DIRECTIVO para la buena marcha de la asociación.
DE LA PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIO.
Artículo 25. Los socios y/o miembros del Consejo Directivo, podrán solicitar en cualquier momento su renuncia voluntaria en el Club. Esta petición deberá realizarse por escrito y deberá tratarse en reunión del Consejo Directivo, que acordará su cese sin más trámites.
Artículo 26. Los socios y/o miembros del Consejo Directivo, podrán ser expulsados de la asociación por alguna de las siguientes causas:
·         Por incumplimiento grave de los estatutos y del presente reglamento. Cuyo procedimiento debe seguirse según el estatuto.
·         Cuando impida deliberadamente el cumplimiento de los fines de la asociación así como el actuar ejecutivo del Consejo Directivo.
·         Por solicitar las instalaciones del Club, a su nombre para uso de terceras personas o instituciones ajenas al Club.
·         Por usurpación de funciones y afectar la economía del Club.
Artículo 27. En cualquier caso, los expedientes de expulsión deberán ser tratados por el Comité del tribunal de honor, donde el socio o miembro del consejo directivo deberá de tener un debido proceso. Su decisión deberá informarse al Consejo Directivo, quienes elevarán el dictamen a la Asamblea General Ordinaria de Socios.- En el caso de no haber Comité del tribunal de honor, el Fiscal asumirá sus funciones.-
LAS ELECCIONES – CONVOCATORIA Y FECHA DE ELECCIONES
Artículo 28. Las funciones del Comité Electoral están normadas en el Estatuto y su Reglamento.
Artículo 29. Del Comité Electoral: Es un órgano autónomo en sus funciones, que se encarga de organizar, conducir y controlar los procesos de elecciones, con transparencia y justicia. Han sido propuestos y elegidos en la Asamblea General Extraordinaria de socios del Club, convocado por el Presidente. Se encargan de elaborar su propio reglamento electoral y sus decisiones son inapelables.
Artículo 30. El padrón no podrá ser modificado y será la base única para el proceso electoral.- Asimismo, recibirá del Consejo Directivo, la logística necesaria para el solventar los gastos del proceso electoral.-
Artículo 31. De los requisitos para postular.- Para ser candidato y elegido como miembro del Consejo Directivo del Club, debe reunir los requisitos siguientes:
• Para Presidente, requiere tener cinco (5) años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• Para Fiscal, Secretario de Economía, Secretaria de Actas y Archivos se requiere tener tres (3) años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• Para los otros cargos se requiere tener dos años de socio hábil continuado y estar registrado en los Libros Padrones del Club.
• No tener antecedentes policiales, judiciales.
Artículo 32. De las Elecciones: El Comité Electoral aplicará correctamente y estrictamente lo estipulado en el Estatuto-
Del proceso de las elecciones:
a) En caso de empate entre dos listas o más, se procederá a realizar las elecciones, también dentro de los siete días siguientes.
Artículo 33. El Comité Electoral bajo responsabilidad, dentro de los tres días siguientes al proceso electoral; entrega el resultado de las elecciones al Consejo Directivo en ejercicio y credenciales correspondientes. Asimismo el informe documentado de su gestión, acompañando el padrón de socios y el libro de actas del Comité Electoral, utilizado durante el proceso de elecciones.
CAPITULO VII. DE LA DISOLUCION.
Artículo 34. En caso de disolución, la Comisión Liquidadora estará acompañada y supervisada por el Consejo Directivo en ejercicio y una comisión de socios profesionales elegidos en una Asamblea General.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 35. El Consejo Directivo se hace responsable de la Administración de las Instalaciones del Club. Está facultado en reglamentar los alquileres de sus ambientes, así como normar las funciones del personal.
Artículo 36. El Consejo Directivo está facultado para realizar contratos con empresas terceras que den servicio a los eventos del Club. En las cláusulas de este convenio debe fijarse las condiciones de uso y beneficios que el club tendrá durante la vigencia de sus servicios.
Artículo 37. Con relación al dinero que se destina a las Comisiones, si estas son considerables, serán aprobadas por el Consejo Directivo hasta un tope máximo de 3 UIT. Si lo supera, deberá ser aprobada por la Asamblea General Extraordinaria de Socios.
Artículo 38. Se establece que el Club, asuma totalmente los gastos de la defensa legal, costas y gastos judiciales diversos, hasta el término del proceso, por las denuncias que pueda recibir el Consejo Directivo, de parte de socios y terceros y que no tienen sustento y fundamento alguno.
Artículo 39. El Club designará a dos delegados propuestos por el Consejo Directivo, ante la solicitud de las Asociaciones de mayor jerarquía.
Artículo 40. Por todo lo que no está previsto en el presente Reglamento rige el Estatuto, las disposiciones del Código Civil sobre Asociaciones, Ley de Clubes Departamentales, Provinciales y Distritales, La Constitución Política del país, normas legales actuales y futuras y por la Asamblea General de Socios.
Artículo 41. De acuerdo a las normas legales del código civil y tributario, nuestra Asociación sin fines de lucro se encuentra inafectada al Impuesto a la Renta, Donaciones, así como de otros impuestos vigentes y futuros.
Se aprueba en asamblea del Consejo Directivo de fecha 10 de Abril de 2018 y se elevara a la Asamblea General Extraordinaria de Socios para su conocimiento. Se entrega a los socios un ejemplar. Publíquese, regístrese y aplicase el presente Reglamento Interno del Estatuto del Club Piscobamba, a los 10 días del mes de Abril de 2018.-

CONSEJO DIRECTIVO
FIRMA DEL PRESIDENTE Y DE TODO EL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO.


 REGLAMENTO ADMINISTRATIVO

REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DEL CLUB PISCOBAMBA
DEFINICION
Art. 1 – El presente Reglamento, al amparo de las facultades conferidas por el Estatuto al Consejo Directivo, presenta este documento que  tiene por objeto de controlar y normar la utilización de los salones de recepciones del Club Piscobamba, así como de dar a conocer las obligaciones, derechos y beneficios de los socios, y velar que el mismo,  sea un lugar de sano esparcimiento, diversión e integración de sus afiliados.
OBJETIVO.
Art. 2 – Definir los costos y criterios para el alquiler de los salones, de acuerdo a las solicitudes tanto de los socios como del público, según el tipo de actividad, el día de semana, las oportunidades, el horario y las condiciones para su uso.
Art.3 – Buscar la rentabilidad del uso de las instalaciones del Club, mediante un manejo responsable, honesto y transparente de los directivos para su permanente progreso, conservación y desarrollo.
Art.4  -  Los directivos, el personal involucrado en la administración del Club, deben vigilar el buen manejo de los eventos, a fin de que se vigile el correcto uso de las instalaciones, mobiliarios, enseres y maquinarias,  así como el cumplimiento de los horarios que se fije con los Clientes y/o Socios.
DE LAS CARACTERISTICAS DEL SOLICITANTE
Art. 5 – Solo los socios activos que estén al día en sus cotizaciones, tendrán la prioridad y oportunidad en concesión de los ambientes del Club para su alquiler, además deberán tener 2 años de antigüedad como mínimo, para acceder al descuento del 50%
Art, 6 – Los barrios de piscobamba,  solicitaran el alquiler del Local, mediante un documento por su representante legal, que a su vez deberá tener como condición de socio hábil y activo del Club. Para tener derecho a un descuento del 50%,  estas instituciones deberán tener un mínimo de cinco (5) asociados del Club Piscobamba, para efectos de mantener este beneficio.- Las instituciones de los barrios de Piscobamba, podrán alquilar solo para actividades inherentes a su institución, incluidos festividades patronales.
Art. 7 – Las personas naturales y Jurídicas, son aquellas que no son socios del Club piscobamba y por lo tanto se le fija la tarifa de la siguiente forma:
·         Salón primer piso                                           S/.1,800.00
·         Salón segundo piso                                        S/.1,000.00


DEL TIPO DE ACTIVIDAD
Art.8- Los socios podrán alquiler solo para sí mismo, estar al día en sus cotizaciones por lo menos 90 días de anticipación a la firma del contrato.
TARIFA DIAS DE LA SEMANA
Art.9 – Se entiende días particulares de la semana, la  de lunes a jueves,  no los días de vísperas de feriados, feriados, viernes, sábados y domingos- En estos días (de lunes a jueves) la tarifa para los socios y sus recomendados, estará definida de la siguiente manera: SALON PRIMER PISO – 25% de descuento, o sea pagaran el importe de S/.450.00 y PARA EL SALON DEL SEGUNDO PISO. 25% de descuento, o sea el importe de S/. 250.00.
Para los no socios el descuento por ambos salones  por estos días, será  del 50%  de la tarifa de fines de semana, esto quiere decir que para el primer piso pagarán S/.900.00 y para el segundo piso será el importe de S/.500.00
 Art.10- Los alquileres para velatorios, misas, para los socios titulares será sin costo alguno (gratuito) siempre y cuando estén en calidad de hábiles y al día en sus cotizaciones. Para los familiares directos de los socios hábiles, el costo para el segundo piso será de 100 soles por día y de S/.150 soles por día, por el ambiente del primer piso. El costo para los NO SOCIOS del ambiente del primer piso será de S/.400.00 por día de alquiler y el ambiente del segundo piso será de S/.200.00 por día.-En el caso de las misas con fiesta, la tarifa para los asociados será del 50% del costo que se cobra al público.
Art.11 – Para lo indicado en el Art.10, se podrá alquiler los ambientes para los socios, siempre y cuando estén libres los locales en los días de los fines de semana.
DE LAS OPORTUNIDADES
Art.12 – Los barrios de Piscobamba a las tarifas establecidas y definidas, tendrán oportunidad alquilar las instalaciones del Club, solo una vez al año con los beneficios determinados. Para confirmar la reservación deberá de abonar el 50% de adelanto del costo del alquiler en el momento de suscribir el contrato. Los no SOCIOS, deberán cumplir también con esta disposición y una semana antes del evento la cancelación total del Local.-
Art.13- Las agrupaciones como clubes deportivos, grupos folclóricos, deportivos, comisiones de trabajo de los barrios de piscobamba, podrán usar el local para sus reuniones previa solicitud dirigido al Presidente del Club y podrán accederlo  solamente  de 3 a 4 horas por día y teniendo como fecha límite de  uso de las instalaciones a horas  10 pm- sin costo alguno.
Art.14 – Las concesiones mensuales serán negociadas por los miembros de la Junta Directiva, buscando siempre el bienestar y beneficio de la Institución. Para ello se deberá suscribir un contrato de servicios, donde no se obligue la contratación de su empresa, para los socios.-



DE LOS HORARIOS
Art.15- El alquiler de los ambientes del Club, serán limitados de acuerdo a lo dispuesto por la Municipalidad de los Olivos. A la fecha hay una ordenanza de limitar las reniones sociales hasta las 3 am y los domingos hasta las 10 pm.
Art.16 – El uso de las bandas musicales está permitido hasta las 6 de la tarde.
Art.17 – Según ordenanza municipal, está prohibido en nuestras instalaciones el uso de juegos pirotécnicos.
Art.18 – Para alquiler los ambientes del Local del Club Piscobamba, el solicitante deberá cumplir con los impuestos y obligaciones de Ley, como el de APDAYC, asi como el permiso a la Municipalidad de los Olivos y deberá presentarse ante la Oficina de la Secretaria del Club, una semana antes de la realización del evento. En el caso de los eventos culturales, folclore, fiestas patronales que organiza el Club y sus barrios, esta exonerada del pago de APDAYC.
Art.19 – Para los eventos, el solicitante deberá de contratar por su cuenta y obligatoriamente personal de seguridad, así como el proveedor que necesite para cubrir sus necesidades.
Art.20- El solicitante, previamente entregará a la administración del Club Piscobamba, una garantía de S/.300.00 (trescientos nuevos soles) por el primer piso y S/.200.00(doscientos nuevos soles) por el segundo piso, para cubrir los gastos por daños y perjuicios que pueden presentarse durante el evento. Los clientes se responsabilizan de todo lo que ocurra en el horario alquilado.
DE LAS PROHIBICIONES
Art.21- Los socios que son sorprendidos, alquilando los ambientes para terceras personas, ya no tendrán opción de alquilar los locales del Club por dos años. Se le enviará una amonestación escrita y de persistir con esta falta, se le sancionará con la suspensión definitiva de alquilar los locales del Club. Por esta falta se le retendrá su garantía que será destinado para el erario del Club.
Art.22- Los costos fijados en este reglamento, no podrán ser variados por ningún cuerpo directivo del Club Piscobamba. En caso de transgresión, el directivo podrá ser sometido a investigación y se aplicara las medidas disciplinarias tal como lo establece el estatuto. En cuanto al personal administrativo será considera como falta grave.
Art.23 – Los concesionarios del Club deberán solicitar el permiso previo a la directiva, para dejar en custodia sus enseres después del evento contratado. A partir del 02 de Enero del 2017, todo proveedor de decoración, comidas, toldos, etc., deberá por cada actividad, abonar una aportación de S/.-300.00 al club por el uso y beneficio de nuestras instalaciones.- Igualmente el concesionario de Cerveza efectuará un aporte de S/.100.00 por cada actividad que preste sus servicios en nuestras instalaciones.-




Art.24 – Para el toldeado y decoración, deberán realizarlo 24 horas antes de la fecha del evento. El desarme de los toldos, se realizara una vez culminada la fiesta o en caso contrario previa coordinación con la directiva, podrá realizarlo el día Lunes a primera hora. Esta medida se aplica también para los concesionarios de bebidas, equipo de sonido, etc.- De incumplir esta disposición pagará el importe de S/.100.00 por cada día que esté en custodia sus enseres.
Art.25 – El alquiler del Equipo de Sonido del Club está fijado en S/.220.00 que incluye el pago del Operador.
Art.26 – El alquiler de las sillas del Club, para socios y no socios, está fijado en S/.1.00 por cada uno de ellas.
Art.27- En las fechas de los eventos programados, el espacio del estacionamiento debe ser exclusivo para los clientes. De ello el personal de seguridad contratada para dicha fecha se encargará de su cumplimiento.
FORMA DE PAGO:
Art.28- Los Clientes deberán de abonar el pago respectivo, vía depósito a la cuenta de ahorros del Club, en el Banco de Crédito del Perú, para ello la Secretaria le dará el número de cuenta. El Cliente para suscribir el contrato respectivo, deberá presentar el voucher de su depósito bancario. El incumplimiento de este articulo por el personal administrativo, será sancionado con la destitución y si fuere un directivo será sancionado de acuerdo al estatuto vigente.
 Art.29.- El encargado del control de los eventos (guardián o persona nominada), deberá tener copia del permiso municipal y del contrato, para efectos de controlar la hora de inicio y de término.-
Art.30.- Los Artistas de Piscobamba, tendrán un descuento del 50%  de la tarifa del público, siempre y cuando apoyen con sus presentaciones y sin costo alguno,  en las actividades del Club Piscobamba  ( almuerzo por aniversario de la provincia – día de aniversario del club – fiesta patronal san pedro y san pablo – fiesta patronal de la virgen de las mercedes e inauguración del campeonato deportivo de inter barrios de piscobamba) De no ser así su tarifa será de S/.1,500.00 -  Solo se autoriza eventos de única vez por año.
DE LA ADMINISTRACION:
Art. 31 – La Presidencia, a través de su secretaria del interior, remitirá a la Oficina de la Secretaria administrativa, la información de los acuerdos de este reglamento para su estricto cumplimiento y aplicación. De no ser así, será sometida a proceso sancionador de la directiva.
Art.32.- La Secretaria deberá coordinar con el Guardián, a efectos de que este enterado de las condiciones del alquiler de los locales, horarios, así como del cumplimiento del pago del alquiler, la garantía, permiso municipal y el pago de APDAYC si fuese el caso. Se autoriza el inicio del evento siempre y cuando haya cumplido con todas estas condiciones. Caso contrario no se dará el permiso para su fiesta.-
Art.33- La Secretaria debe cumplir con el horario establecido. En caso de ausencia por motivos de fuerza mayor deberá comunicarse con el Presidente o Secretario del Interior para justificar su inasistencia y poder suplir su ausencia con otra persona en la oficina. En el caso de ausencias de mas de un día, deberá notificarlo por escrito.
Art. 34- La Secretaria debe informar en las reuniones del consejo directivo, el detalle de las fechas alquiladas de los locales de recepciones-
Art. 35 – Igualmente el tesorero, deberá informar al consejo directivo, en el primer martes de cada mes, el estado económico (INGRESOS, EGRESOS Y SALDO) del mes anterior.
Art. 36 – El tesorero podrá manejar un efectivo de S/.2,000 soles mensuales como caja chica, a fin de cubrir gastos de los servicios generales de la Institución.-
Art. 37 – El Fiscal se encargará de controlar el REGISTRO DE OCURRENCIAS y ASISTENCIA DE VISITANTES que maneja el guardián. Informando a la Asamblea del Consejo Directivo de alguna ocurrencia importante para el Club si fuese el caso.-
DE LAS SANCIONES
Art.-38 – El socio que no haya cotizado la mensualidad administrativa, de un año o más, perderá su condición de afiliado. Para habilitarse nuevamente,  abonará el importe de inscripción de S/.250.00.-
Art. 39.- El socio que no asista a una asamblea general, deberá de pagar una multa de S/.20.00
Art. 40.- El socio que no asista a un acto de sufragio para elegir directivos, deberá pagar una multa de S/.50.00
DE SUS APORTACIONES
Art. 41- A partir del 02 de Enero del 2017, el monto de la cuota mensual administrativa será de S/.10.00
Art. 42.- A partir del 02 de Enero del 2017, el monto de la inscripción para los nuevos asociados, será de S/.250.00
BENEFICIOS
Art. 43 – A partir del 02 de Enero del 2017, el socio titular, que esté al día en sus cotizaciones, tendrá una ASIGNACION POR FALLECIMIENTO de S/.1,000. Este beneficio será cobrado por su conyugue o hijos y para ello deberá consignar la documentación legal del caso y estar registrados en el Libro Padrón de Socios del Club
Art. 44 – A partir del 2 de Enero del 2017, el socio titular, que esté al dia en sus cotizaciones, tendrá una ASIGNACION POR FALLECIMIENTO de S/.500.00 por el deceso de PADRES, CONYUGUE e hijos de sangre.
Art. 45.- A partir del año 2017, los socios  hábiles que estén al día en sus cotizaciones tendrán un paseo turístico gratuito.
Art. 46- Los asociados hábiles que estén al día en sus cotizaciones, tendrá derecho a la canasta navideña consistente en un paneton, un champán y un calendario.
Art. 47 – A los socios hábiles que cumplan años, se les remitirá una tarjeta de saludo a su domicilio, por redes sociales y vía emisoras de lima norte-
Art. 48 – A los socios hábiles que consuman  los productos en el futuro bar/cocina del Club tendrán descuentos especiales.
DE LAS TARIFAS
Art. 33.- PRIMER PISO
NO SOCIOS                                                                                       S/.1,800.00
SOCIOS                                                                                                       900.00         
ARTISTAS-                                                                                           1,500.00 u      S/. 900.00 (*)
BARRIOS DE PISCOBAMBA                                                                900.00
DISTRITOS DE LA PROV.                                                                 1,800.00       
LUNES A JUEVES  -     SOCIOS                                                          450.00
LUNES A JUEVES  -     NO SOCIOS                                                   900.00
GARANTIA                                                                                           300.00
                                                                                                                                     
Art.34.- SEGÚNDO  PISO
NO SOCIOS                                                                                       S/. 1,000.00
SOCIOS                                                                                                      500.00
ARTISTAS                                                                                                 750.00         S/.  450.00 (*)
BARRIOS DE PISCOBAMBA                                                                 450.00
DISTRITOS DE LA PROVINCIA                                                         1,000.00
LUNES A JUEVES –        SOCIOS                                                            225.00
LUNES A JUEVES – NO SOCIOS                                                            500.00
GARANTIA                                                                                                200.00
Para dejar constancia de su aprobación, así como dar de conocimiento de los alcances de este Reglamento, suscribimos, la Comisión elaboradora del Reglamento Administrativo del Club Piscobamba, a los 20 días del mes de Octubre del 2016.-
(*) Significa que se considera este importe siempre y cuando cumpla con colaborar sin costo alguno en las 5 actividades que organiza el Club Piscobamba-

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